Jubilación denegada
Se revisan la modalidad, las cotizaciones y el motivo de rechazo antes de preparar la reclamación que proceda. Si la duda está en el importe, consulta el cálculo de la pensión de jubilación.
Tus dudas, explicadas con claridad
Entiende qué puedes hacer.
¿Una pensión, una prestación o una comunicación de la Tesorería? Cuéntanos qué ha ocurrido y qué necesitas aclarar. El primer paso es poner orden a tu situación.

No todas las dudas empiezan igual
No necesitas conocer el nombre jurídico del trámite para explicar lo que te está pasando.
Pensiones del INSS
En general se solicitan al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Lo primero es saber qué prestación es y qué dice la resolución: el motivo y la fecha de notificación marcan el paso siguiente.
Se revisan la modalidad, las cotizaciones y el motivo de rechazo antes de preparar la reclamación que proceda. Si la duda está en el importe, consulta el cálculo de la pensión de jubilación.
Se revisan el vínculo con la persona fallecida (matrimonio, pareja de hecho, separación o divorcio), si estaba de alta o qué había cotizado, la documentación y el motivo concreto de la resolución. Cuéntanos qué dice la tuya.
Se revisan la edad y la situación del hijo o la hija, los requisitos de la persona fallecida y lo que dice la resolución. Si la pide otro familiar, consulta las prestaciones en favor de familiares.
Con carácter general, antes de ir a juicio hay que presentar una reclamación previa ante el órgano que resolvió, en 30 días desde la notificación. Si también la deniegan, la demanda se presenta en 30 días desde esa denegación o desde que se entienda denegada por silencio.
BOE: viudedad (art. 219) (abre otra pestaña) BOE: parejas de hecho (art. 221) (abre otra pestaña) BOE: orfandad (art. 224) (abre otra pestaña) BOE: reclamación previa (art. 71) (abre otra pestaña)
Información para decidir
Si un abogado acepta estudiar tu asunto, su intervención se adapta a la documentación, la fase del expediente y el trabajo que acordéis. No hace falta empezar pensando en un juicio.
Revisar la decisión o incidencia, los antecedentes y los documentos disponibles. Identificar qué necesitas aclarar y qué información falta antes de proponer una actuación.
Estudiar qué alternativas corresponden a la materia y explicarte su alcance, sus límites y los pasos posibles con palabras que puedas entender.
Asesorar, preparar una solicitud o reclamación, o intervenir en el procedimiento que se contrate. El encargo debe concretar las fases incluidas, los honorarios y los posibles gastos. Antes de contratar podrás conocer al profesional y confirmar su colegiación en el Censo General de Letrados de la Abogacía Española.
Situar el asunto cambia el enfoque
El organismo que aparece en el documento y la decisión que contiene ayudan a identificar por dónde empezar.
Una consulta puede referirse a jubilación, viudedad, orfandad u otra prestación, a su reconocimiento o a una decisión posterior. El INSS gestiona prestaciones económicas del sistema con las excepciones que establece la ley.
El abogado necesita conocer qué prestación se ha solicitado y qué se discute: el derecho, los datos utilizados, los efectos de la resolución o una comunicación recibida. Cada cuestión requiere su propio estudio.
Si la duda está en la cuantía, consulta el cálculo de la pensión de jubilación. Si ya está reconocida pero no la cobras, consulta la ayuda para una pensión reconocida y no pagada.
LGSS: entidades gestoras y prestaciones (abre otra pestaña)La Tesorería General de la Seguridad Social gestiona materias como afiliación, altas y bajas, cotización y recaudación. Aquí pueden aparecer diferencias en los datos, cuotas reclamadas o dudas sobre una actuación administrativa.
Conviene distinguir una incidencia de cotización de una denegación de pensión. No se resuelven automáticamente con el mismo escrito ni por la misma vía.
Según lo que necesites aclarar, puedes consultar la rectificación de la vida laboral o la revisión de deudas con la TGSS.
TGSS: materias y consultas (abre otra pestaña)Del documento al siguiente paso
Antes de elegir una reclamación, hay que comprender qué se ha decidido y por qué. Prestaciones y determinados actos de la Tesorería no siguen necesariamente la misma vía.
La comunicación completa importa. Conserva también sus anexos y los justificantes de recepción o presentación.
Quién la emite, qué materia trata y si pide información, reconoce un derecho, lo deniega o comunica otra actuación.
Relacionar la comunicación con tu solicitud, los documentos aportados y las respuestas anteriores, sin quedarse solo con una frase aislada.
El abogado comprobará la vía, los requisitos y los plazos aplicables al expediente antes de proponer el trabajo que podáis acordar.
Una consulta mejor preparada
No hace falta tenerlo todo para empezar a preguntar. Saber qué existe y qué falta también permite avanzar.
La resolución, el requerimiento o la reclamación recibida, con sus anexos y la referencia del expediente.
Cuándo recibiste la comunicación y qué solicitudes o respuestas has presentado, conservando sus resguardos.
Vida laboral, bases de cotización o documentación de la prestación, según la cuestión que quieras revisar.
Resoluciones anteriores, comunicaciones con la Administración y documentos que expliquen las diferencias que has detectado.
Un resumen sencillo: qué ha ocurrido, con qué no estás de acuerdo y qué pregunta te gustaría resolver primero.
Ordenar los documentos por fecha ayuda a reconstruir lo que ha ocurrido.
Si vas a solicitarla, has recibido una denegación o tienes dudas sobre una revisión, encontrarás los pasos y la documentación en su página específica.
Si tu consulta trata de un despido, salarios o condiciones de trabajo, consulta la información de abogados laboralistas.
Para el reconocimiento o revisión de un grado, consulta la información sobre discapacidad. Si la duda nace de un siniestro trabajando, puedes situarla en accidentes laborales.
También puedes ampliar tu consulta sobre jubilación y pensiones en Barcelona o jubilación y pensiones en Madrid.
Encuentra tu consulta
En cada servicio encontrarás qué puede revisar un abogado, qué documentación ayuda y qué opciones conviene valorar.
Revisión de una jubilación contributiva denegada: modalidad, cotizaciones, motivo de rechazo y preparación de la reclamación que proceda.
Revisión de viudedad denegada: vínculo, situación del fallecido, documentación y reclamación según el motivo concreto de la resolución.
Revisión del IMV denegado o inadmitido: ingresos, patrimonio, unidad de convivencia, documentación y vía de reclamación aplicable.
Solicitud y revisión del cese de actividad: modalidad, causa, prueba y denegaciones de la mutua o entidad gestora, sin confundirlo con una baja fiscal.
Revisión de acceso, base, efectos y mantenimiento de un convenio especial con la TGSS para continuar cotizando en los supuestos previstos.
Revisión del impago de una pensión ya reconocida: resolución, mensualidades pendientes, incidencias de abono y cumplimiento de sentencias.
Cuando el asunto es penal
No todo problema con la Seguridad Social es un delito. Una deuda de cuotas o una prestación cobrada de más se reclaman, en general, por la vía administrativa. La vía penal solo entra en los casos que describe el Código Penal, y conviene saber en cuál estás antes de declarar o de pagar.
Eludir el pago de las cuotas y conceptos de recaudación conjunta, obtener devoluciones indebidas o disfrutar de deducciones indebidas es delito cuando lo defraudado supera 50.000 euros, sumando lo de cuatro años naturales. La pena es de prisión de uno a cinco años y multa del tanto al séxtuplo, además de perder ayudas e incentivos de tres a seis años (artículo 307).
Prisión de dos a seis años y multa del doble al séxtuplo si lo defraudado supera 120.000 euros, si se comete dentro de una organización o grupo criminal, o si se usan personas o sociedades interpuestas o paraísos fiscales para ocultar al responsable o la cuantía (artículo 307 bis).
Conseguir una prestación, alargarla sin derecho o ayudar a otro a obtenerla simulando o tergiversando hechos, u ocultando lo que había obligación de comunicar, se castiga con prisión de seis meses a tres años; si no reviste especial gravedad, con multa del tanto al séxtuplo. Por encima de 50.000 euros, prisión de dos a seis años (artículo 307 ter).
En las cuotas, reconocer y pagar por completo la deuda antes de que te notifiquen una inspección dirigida a ella, o antes de la querella o denuncia, deja la conducta fuera del delito. En las prestaciones, queda exento quien devuelve lo cobrado con el interés legal más dos puntos antes de esos mismos momentos.
Si el delito se comete desde una sociedad, la propia empresa puede responder penalmente con multas proporcionales a lo defraudado y la pérdida de ayudas e incentivos, además de la persona que actuó (artículo 310 bis).
Tienes derecho a guardar silencio y a declarar asistido de abogado (artículo 118 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal). Reúne la citación, las actas de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y las liquidaciones o resoluciones de reintegro que hayas recibido.
BOE: Código Penal, art. 307 (abre otra pestaña) BOE: art. 307 bis (abre otra pestaña) BOE: art. 307 ter (abre otra pestaña) BOE: art. 310 bis (abre otra pestaña)
Preguntas frecuentes
Estas respuestas ayudan a preparar la consulta y a entender qué puedes pedir al profesional.
Información general actualizada el 2 de noviembre de 2026. La valoración de un caso corresponde al abogado que lo estudie.
No. El INSS y la TGSS tienen funciones distintas. El primero gestiona prestaciones económicas con las excepciones legales; la Tesorería se ocupa, entre otras materias, de afiliación, cotización y recaudación. Identificar quién emite tu comunicación ayuda a enfocar la consulta.
Sí. Puedes explicar qué prestación o trámite te preocupa y qué documentación tienes. Si un abogado acepta estudiar el asunto, podrá concretar qué necesita revisar y si su intervención incluirá solo asesoramiento o también la preparación de una actuación.
Una denegación requiere estudiar los motivos y la notificación. En materia de prestaciones, la reclamación previa es, con carácter general, un requisito antes de acudir a la vía judicial, con excepciones. El paso concreto se decide sobre el expediente. LRJS: reclamación previa, artículo 71 (abre otra pestaña)
Depende de quién resuelve. Contra una prestación denegada, la reclamación previa se presenta, con carácter general, en 30 días desde la notificación, y la demanda en 30 días desde que se deniega esa reclamación; en las altas médicas los plazos son más cortos. Contra una reclamación de deuda o una providencia de apremio de la Tesorería cabe recurso de alzada, con carácter general en un mes. Mira la fecha de notificación y los recursos que indica tu documento. BOE: reclamación previa (art. 71) (abre otra pestaña) BOE: reclamaciones de deuda (art. 33) (abre otra pestaña) BOE: providencia de apremio (art. 38) (abre otra pestaña) BOE: recurso de alzada (art. 122 de la Ley 39/2015) (abre otra pestaña)
Importass permite consultar el informe de bases y solicitar la incorporación o modificación de datos si detectas errores. Conviene identificar el periodo y la discrepancia y reunir los documentos que la expliquen. La solicitud no supone que la modificación ya esté aceptada. Importass: informe de bases de cotización (abre otra pestaña)
No son lo mismo una consulta, una solicitud, una reclamación administrativa y un procedimiento judicial. El abogado explicará las opciones que puedan estudiarse y el alcance de cada actuación. Contratar una fase no significa que las demás estén incluidas.
Depende del trabajo y de las fases que se acuerden. Antes de contratar, aclara los honorarios, los posibles gastos y si el encargo incluye estudiar la documentación, presentar escritos o intervenir en un procedimiento. Así sabrás qué servicio estás contratando.
Indícalo al explicar tu consulta. El Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez tiene reglas propias y no debe revisarse como una jubilación ordinaria. Para la pensión de vejez importan, entre otros requisitos, la afiliación al Retiro Obrero o las cotizaciones al SOVI anteriores a 1967 y la posible concurrencia con otras pensiones. Reúne la resolución completa, los antecedentes de cotización y las pensiones que tengas reconocidas para situar qué se discute. Seguridad Social: pensión de vejez del SOVI (abre otra pestaña)
No por sí sola. No pagar cuotas genera una deuda que la Tesorería reclama por la vía administrativa, con recargos y, si no se paga, apremio y embargo. Solo puede ser delito cuando hay defraudación (eludir el pago, devoluciones o deducciones indebidas) por más de 50.000 euros en cuatro años naturales, o cuando se obtienen prestaciones con engaño.
Revisa la citación, las actas de la Inspección y las cuantías que se atribuyen, comprueba si la conducta encaja en el delito o es solo una deuda administrativa, valora si cabe regularizar o reintegrar y te asiste en la declaración y en el procedimiento. Antes de encargarlo, pide que te expliquen el trabajo y los honorarios.
También puedes consultar las páginas informativas de Seguridad Social organizadas por localidad.
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Explora los servicios y las dudas que puedes aclarar antes de decidir cómo seguir.
Ordena periodos cotizados en varios países y revisa el marco de coordinación, certificados, solicitudes y cálculos de jubilación.
Revisión de una pensión de jubilación reconocida: bases, periodos, porcentajes y vías para discutir una cuantía que puede ser incorrecta.
Revisa el motivo, los meses y el importe de una devolución de prestaciones. Distingue alegaciones, reclamación y actuaciones de cobro.
Prepara la corrección de altas, periodos o bases de cotización con documentos concretos y coordina sus efectos sobre prestaciones.
Revisión de cuotas, liquidaciones, apremios y embargos de TGSS. Identifica la deuda y distingue recurso, suspensión y aplazamiento.
Estudia el origen común o profesional de una baja con sus informes y antecedentes laborales, sin confundirlo con alta o indemnización.
Antes de interrumpir la actividad, revisa cotización, prestaciones y cobertura. Distingue excedencia, dimisión y posible convenio especial.
Reúne periodos y bases de ambos regímenes, marca solapamientos y prepara un estudio de jubilación sin presumir dos pensiones.
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