¿Tienes dudas después de un accidente laboral?Empieza contándonos qué ha pasado

Después del accidente, un paso cada vez.

Abogados de accidentes laborales. Aclaremos qué necesitas resolver.

¿Has sufrido un accidente trabajando y no sabes qué pasos dar? Cuéntanos qué ha ocurrido y qué respuesta has recibido de la empresa o la mutua. Podemos empezar por la baja, una resolución o las secuelas que te preocupan.

Con tus palabras Servicio por abogados colegiados Honorarios claros
Ilustración de una persona con una carpeta
Explícalo con tus palabrasNosotros te ayudamos a situar el primer paso.
Información para orientarte antes de contratar

Información para decidir

¿Cómo puede ayudarte un abogado tras un accidente laboral?

Un accidente puede abrir cuestiones diferentes: su origen, la baja, una prestación, las secuelas o posibles responsabilidades. El abogado puede ordenar esos frentes y comprobar cuáles existen realmente en tu caso.

El análisis jurídico no sustituye la asistencia médica. Su función es revisar documentos, identificar el procedimiento adecuado y preparar la actuación profesional que se acuerde.

Indica también si trabajas por cuenta ajena o por cuenta propia. La protección y las responsabilidades deben estudiarse según el régimen aplicable; no se trasladan automáticamente todas las reglas de una relación laboral a un trabajador autónomo.

01

Reconstruir los hechos

Revisar dónde y cómo ocurrió, qué tarea se realizaba, quién intervino y qué se comunicó después. Las circunstancias y la documentación ayudan a valorar su relación con el trabajo.

02

Distinguir resoluciones y procedimientos

Identificar si se discute una contingencia, un alta, una prestación o una posible responsabilidad. Cada cuestión puede tener requisitos, organismos y plazos distintos.

03

Preparar la reclamación que corresponda

Estudiar la prueba y el alcance de la actuación, sin dar por sentada una indemnización. Antes del encargo se concretan las fases, los honorarios y los posibles gastos.

Cuestiones relacionadas, derechos diferentes

Un accidente no se reduce a una indemnización.

Conviene separar qué se reconoce, qué prestación se discute y si existen responsabilidades adicionales.

Reconocimiento del origen laboral

Se analiza la conexión de la lesión con el trabajo y las circunstancias previstas legalmente. Que el accidente ocurra fuera del centro no lo excluye siempre, y que coincida con un desplazamiento no lo convierte automáticamente en laboral.

Baja y prestaciones temporales

La asistencia, la situación de incapacidad temporal y el pago de la prestación plantean cuestiones propias. Hay que revisar las comunicaciones de la mutua, del servicio público de salud o del INSS, sin tratarlas como si todas decidieran lo mismo.

Secuelas e incapacidad permanente

Si persisten limitaciones, puede ser necesario estudiar su repercusión sobre la capacidad laboral. La incapacidad permanente tiene requisitos específicos; no surge por el mero hecho de haber sufrido un accidente o de mantener un diagnóstico.

Posibles responsabilidades y recargo

Una indemnización por daños y un recargo de prestaciones no son conceptos intercambiables. El recargo exige los presupuestos legales de incumplimiento preventivo y afecta a prestaciones económicas. Reconocer el accidente no demuestra automáticamente todas esas responsabilidades.

LGSS: accidente de trabajo y prestaciones (abre otra pestaña)

Lo importante en tu situación

Si no estás de acuerdo con la mutua o con una resolución.

Lo primero es identificar qué decisión concreta necesitas revisar. El nombre del documento cambia el enfoque.

Determinar la contingencia

Cuando se discute si una incapacidad temporal deriva de contingencia común o profesional, puede solicitarse al INSS la determinación de contingencia. Conviene aportar los informes y antecedentes que permitan explicar la relación entre la lesión y el trabajo.

Impugnar un alta es otra cuestión

Revisar un alta médica no equivale a pedir que se reconozca el origen laboral. Las vías y los plazos dependen del emisor y del tipo de resolución. Hay que comprobar sus efectos: iniciar una reclamación no permite asumir sin más que el alta queda suspendida.

Seguridad Social: control de la incapacidad temporal (abre otra pestaña) LGSS: recargo por incumplimientos preventivos (abre otra pestaña)

A tu ritmo, con el siguiente paso claro

Nos cuentas, lo situamos y decides.

Para empezar no necesitas conocer el nombre del procedimiento. Explica lo que ha ocurrido y qué te gustaría aclarar. Si hay una notificación, su fecha es importante.

La modalidad de atención y la disponibilidad del profesional se confirman antes de contratar.

01

Cuéntanos tu situación

Recibimos tu consulta, tu localidad y la fase en la que te encuentras. Con esa información comprobamos la disponibilidad de un abogado para estudiar el asunto.

02

Conoce el trabajo y los honorarios

Antes de contratar se identifica al profesional y se concretan el alcance, las fases, los honorarios y los posibles gastos. Podrás preguntar qué incluye cada actuación.

03

El abogado lleva el encargo

El servicio jurídico lo presta bajo su responsabilidad el abogado colegiado que acepte el asunto. Una vez formalizado el encargo, te indicará qué necesita y cómo avanzar.

Para aprovechar la consulta

Los documentos que ayudan a ordenar el accidente.

No hace falta tenerlo todo para escribirnos. Puedes empezar contando qué documentos tienes y cuáles faltan.

  1. 01

    Relato de lo ocurrido

    Fecha, lugar, tarea, circunstancias y posibles testigos. Si ocurrió en un desplazamiento, explica el recorrido y su motivo.

  2. 02

    Informes y partes

    Asistencia recibida, baja, alta, informes de la mutua y documentación sobre la evolución o las secuelas.

  3. 03

    Resoluciones y notificaciones

    Conserva el texto completo y la fecha de recepción. Indica si ya has presentado una reclamación.

  4. 04

    Información del trabajo y prevención

    Contrato, tareas y comunicaciones sobre el accidente. Añade la documentación preventiva relacionada que tengas disponible.

Preguntas frecuentes

Dudas frecuentes después de un accidente.

Respuestas para situar la consulta, sin complicarte el primer paso.

Información general actualizada el 5 de septiembre de 2026. La valoración de tu caso corresponde al abogado que lo estudie.

¿También puede ser laboral un accidente al ir o volver del trabajo?

Puede encajar como accidente in itinere, pero deben revisarse las circunstancias y su conexión con el trabajo. No cualquier desplazamiento queda cubierto. Explica el origen, destino, recorrido y motivo, además de los documentos que acrediten lo sucedido.

¿Qué puedo hacer si la mutua lo considera enfermedad común?

Conviene revisar su informe y la baja emitida. Puede solicitarse al INSS la determinación de contingencia para resolver el origen de la incapacidad temporal. Esa solicitud tiene una finalidad distinta de reclamar una indemnización o impugnar un alta.

¿Tener un accidente laboral significa que cobraré una indemnización?

No automáticamente. Deben distinguirse las prestaciones, las lesiones permanentes indemnizables cuando procedan y las posibles responsabilidades por daños. Cada vía exige su propio análisis. Tampoco pueden sumarse importes sin revisar qué conceptos cubren y si son compatibles.

¿El recargo es lo mismo que una indemnización?

No. Es un incremento de prestaciones económicas en los supuestos legales de falta de medidas de seguridad y salud, a cargo del empresario infractor. No es un porcentaje que se aplique a cualquier indemnización ni una consecuencia automática de todo accidente.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar?

Depende de la actuación y de la resolución. No hay un plazo único que sirva para la contingencia, el alta, una prestación y todas las posibles responsabilidades. Cuenta qué documento has recibido y cuándo para que el abogado pueda comprobar la vía y el calendario adecuados.

Empezamos por escucharte

Cuéntanos qué ocurrió y en qué punto estás.

El portal recibe tu consulta inicial. Confirmaremos si hay un abogado disponible para valorarla. Antes de contratar conocerás al profesional, el alcance y las condiciones del encargo.

WhatsApp 24 h · 620 367 008Puedes dejarnos tu mensaje a cualquier hora.

Si prefieres el correo: info@rubenpolabogados.com

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente tu situación
  • Contar qué duda quieres resolver
  • Indicar si has recibido una resolución o comunicación

El servicio jurídico lo presta el abogado colegiado que acepte tu asunto.

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