¿Necesitas aclarar un trámite de extranjería?Empieza contándonos qué ha pasado

Residencia, trabajo, familia y trámites de extranjería.

Abogados de extranjería. Cuéntanos tu situación.

Un trámite de extranjería no empieza sólo con un formulario. Importa saber qué situación tienes reconocida, qué quieres hacer en España y qué requisitos puedes acreditar. Una primera autorización, una renovación, una solicitud familiar o un recurso frente a una denegación siguen caminos distintos y pueden tener efectos diferentes sobre tu permanencia y tu trabajo.

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¿Cómo puede ayudarte un abogado de extranjería?

Esta guía te ayuda a ordenar las preguntas esenciales antes de actuar: qué permiso corresponde, qué documentación falta, qué fecha cuenta y si existe una comunicación que debas contestar. Recoge el Reglamento aplicable desde mayo de 2025 y su reforma de abril de 2026, distinguiendo las vías ordinarias de la regularización extraordinaria cuyo plazo terminó el 30 de junio de 2026.

La nacionalidad y la protección internacional se explican como vías separadas, no como permisos intercambiables. El estudio de tu caso debe concretar las opciones y el alcance del encargo; la decisión de la Administración, las citas y el tiempo real de respuesta no pueden darse por asegurados.

Un abogado puede ayudarte a comparar las vías que encajan en tu situación, ordenar los documentos y responder a una incidencia. El estudio debe explicar los requisitos, los efectos del trámite y el coste de las actuaciones propuestas.

El servicio jurídico lo presta bajo su responsabilidad el abogado colegiado que acepte el asunto. Antes de contratar conocerás su identidad, el trabajo incluido, los honorarios y los posibles gastos.

01

Identificar la autorización adecuada

Distinguir residencia, trabajo, estudios, arraigo o un régimen familiar, comprobando tu situación actual y dónde puede presentarse la solicitud.

02

Preparar documentos y acreditar requisitos

Relacionar cada documento con lo que debes probar y revisar, cuando proceda, traducciones, apostilla o legalización y pruebas de vínculos, actividad o permanencia.

03

Revisar renovaciones y cambios

Comprobar el vencimiento, las condiciones de continuidad o modificación y si el expediente mantiene o produce alguna habilitación para trabajar.

04

Responder a una notificación

Entender un requerimiento o una denegación, valorar el recurso posible y estudiar medidas de suspensión cuando la actuación administrativa lo haga necesario.

Situaciones y vías diferentes

Qué necesitas resolver en extranjería.

Una primera autorización, una renovación y un recurso no tienen los mismos requisitos. Estas áreas ayudan a situar la consulta sin sustituir el estudio de tu expediente.

Residencia, trabajo y estudios

Primeras autorizaciones y análisis de la actividad que quieres desarrollar. La estancia de estudios, el trabajo por cuenta ajena o propia y la residencia no lucrativa tienen condiciones diferentes.

Arraigo y expedientes extraordinarios previos

Revisión de la modalidad ordinaria que pueda encajar y seguimiento de solicitudes extraordinarias de 2026 ya presentadas. El plazo de nuevas solicitudes extraordinarias terminó el 30 de junio de 2026.

Residencia por vínculos familiares

Diferencias entre familiares de españoles, régimen UE y reagrupación, con los documentos y requisitos del vínculo que realmente corresponda.

Renovaciones, modificaciones y larga duración

Continuidad del título, cambios de actividad o situación y revisión de periodos computables. La renovación de una tarjeta no sustituye el análisis de la autorización.

Requerimientos, denegaciones y medidas de salida

Respuesta al expediente y revisión de recursos. Salida obligatoria, devolución y expulsión son medidas diferentes y pueden exigir una actuación con plazos propios.

Nacionalidad y protección internacional

Identificación de vías con finalidades y requisitos distintos de los permisos ordinarios. La nacionalidad por residencia exige su propia residencia computable; el asilo y la protección subsidiaria responden a necesidades de protección.

Ley Orgánica 4/2000, derechos y libertades de los extranjeros en España (abre otra pestaña)

Identificar tu situación

Qué necesitas para residir, trabajar o estudiar en España

La finalidad de tu estancia, tu documentación y tu situación actual ayudan a elegir la vía. No todas las autorizaciones producen los mismos efectos.

Tu situación actual y la autorización que buscas

Antes de escoger un formulario, aclara qué nacionalidad tienes, dónde te encuentras y qué documentos están vigentes. No se tramita igual una primera residencia desde el extranjero que la renovación de una autorización ya concedida o el cambio desde una estancia de estudios. El NIE es un número de identificación: tenerlo no acredita por sí solo residencia ni permiso de trabajo. La TIE documenta la situación en los casos en que corresponde y tampoco debe confundirse con el certificado de registro de ciudadano de la Unión. Reúne las resoluciones anteriores, además de las tarjetas, para conocer el alcance del título y las condiciones que siguen pendientes.

Trabajar por cuenta ajena, emprender o residir sin trabajar

La residencia y trabajo por cuenta ajena exige algo más que una oferta: se revisan los requisitos de la persona, del empleador y del puesto, así como la situación nacional de empleo cuando deba tenerse en cuenta. En una actividad por cuenta propia importan el proyecto, la cualificación y las licencias e inversión exigibles. La residencia no lucrativa responde a otra finalidad, sin actividad laboral o profesional y con sus condiciones de medios y cobertura sanitaria. Por eso conviene explicar qué trabajo quieres realizar y desde dónde: constituir una empresa, firmar un contrato o disponer de ahorros no sustituye la autorización adecuada ni asegura su concesión.

Estudiar y comprobar la compatibilidad con el trabajo

La estancia por estudios depende de que la formación y el centro encajen en los supuestos admitidos y de cumplir los demás requisitos. No basta matricularse en cualquier curso. Los estudios superiores del artículo 52.1.a tienen una habilitación laboral automática compatible con los estudios; otros supuestos pueden necesitar una autorización adicional o seguir reglas específicas de formación y prácticas. El límite general de trabajo es de treinta horas semanales, con la excepción prevista para formación profesional intensiva y las restantes condiciones aplicables. Si después quieres cambiar a residencia y trabajo, hay que revisar la titulación obtenida y la vía de modificación, sin dar por hecho que toda estancia puede convertirse del mismo modo.

Documentos extranjeros, presentación y fechas

Organiza una cronología con entradas y salidas, autorizaciones, solicitudes y notificaciones. Aporta pruebas relacionadas con la vía elegida, como contratos, medios económicos, formación o vínculos familiares, según lo que deba acreditarse. Los certificados extranjeros pueden necesitar apostilla o legalización y una traducción admitida; existen exenciones y no se exigen ambas formalidades a todos los documentos. Conserva el resguardo de registro y comprueba quién puede presentar y qué actuaciones son personales. Pedir cita no equivale a registrar una solicitud. Si vas a viajar durante una renovación, revisa también la documentación de salida y regreso: el justificante de tramitación no resuelve por sí solo todos los controles fronterizos.

Ley Orgánica 4/2000, derechos y libertades de los extranjeros en España (abre otra pestaña) Real Decreto 1155/2024, Reglamento de Extranjería (abre otra pestaña) Real Decreto 240/2007, libre circulación y residencia de ciudadanos UE y familiares (abre otra pestaña) Ley 39/2015, Procedimiento Administrativo Común (abre otra pestaña) Real Decreto 135/2021, Estatuto General de la Abogacía Española (abre otra pestaña) Real Decreto 316/2026, de 14 de abril (abre otra pestaña) Ministerio de Inclusión: Hoja 61, legalización y traducción de documentos (abre otra pestaña)

Revisar requisitos y continuidad

Arraigo, vínculos familiares y continuidad de la residencia

El tiempo en España, los vínculos y la autorización anterior se valoran según el procedimiento. Las reformas y sus fechas también importan.

El Reglamento actual y la regularización de 2026

El Reglamento de Extranjería de 2024 comenzó a aplicarse el 20 de mayo de 2025 y fue reformado en abril de 2026. La fecha de presentación importa: hay reglas transitorias para solicitudes anteriores y para determinados expedientes pendientes, mientras que los títulos que seguían válidos conservan su vigencia en los términos previstos. A 8 de septiembre de 2026, el plazo de nuevas solicitudes de la regularización extraordinaria está cerrado: terminó el 30 de junio. Quien presentó una solicitud puede necesitar atender un requerimiento, completar pruebas o revisar una resolución. Esas actuaciones no reabren el plazo ni convierten las condiciones extraordinarias en requisitos del arraigo ordinario.

Cinco modalidades de arraigo, no un permiso automático por tiempo

El arraigo ordinario distingue segunda oportunidad, sociolaboral, social, socioformativo y familiar. La regla general de permanencia es de dos años, pero el familiar está exento de ese mínimo y siempre deben revisarse los demás requisitos. En el sociolaboral se estudian contratos, jornada conjunta y salario; el social atiende a los vínculos, medios e integración previstos; el socioformativo requiere formación elegible y tiene una habilitación laboral limitada. La segunda oportunidad exige comprobar una autorización anterior y por qué no se renovó. Si existe una solicitud de protección internacional u otro expediente pendiente, su relación con el arraigo necesita un análisis previo: cambiar o abandonar una vía puede tener consecuencias que no se resuelven contando años de padrón.

Familiares de españoles, familiares UE y reagrupación

El parentesco orienta la consulta, pero no determina por sí solo qué autorización corresponde. El régimen general de reagrupación, el de familiares de españoles y el de familiares incluidos en la libre circulación UE tienen requisitos y procedimientos diferentes. Pueden importar dónde está cada persona, el vínculo acreditado, la edad y, sólo cuando se exija, la dependencia, convivencia o apoyo. El arraigo familiar ordinario también tiene destinatarios concretos y no sustituye a todos esos regímenes. Si se produce una ruptura o fallecimiento, hay que revisar las opciones de conservación o de residencia independiente y las comunicaciones exigibles, sin suponer ni una pérdida inmediata ni una continuidad automática.

Renovar, modificar y saber si puedes seguir trabajando

Revisa la fecha de vencimiento con antelación y distingue renovación de autorización, modificación y expedición de tarjeta. Por ejemplo, la renovación de residencia y trabajo por cuenta ajena admite presentación en los dos meses anteriores o los tres posteriores al vencimiento; la presentada en esos periodos prorroga la autorización anterior hasta resolver, sin excluir una posible sanción por la presentación tardía. No es una regla universal para todos los trámites. Perder un empleo o cambiar de actividad obliga a comprobar los supuestos disponibles, no a anticipar una respuesta. Tampoco toda solicitud pendiente habilita a trabajar: algunas mantienen un derecho previo y otras sólo producen determinados efectos tras la admisión o bajo condiciones específicas.

Real Decreto 1155/2024, Reglamento de Extranjería (abre otra pestaña) Real Decreto 316/2026, de 14 de abril (abre otra pestaña) Ministerio: finaliza el plazo de solicitudes de la regularización extraordinaria (abre otra pestaña) Ley Orgánica 4/2000, derechos y libertades de los extranjeros en España (abre otra pestaña) Real Decreto 240/2007, libre circulación y residencia de ciudadanos UE y familiares (abre otra pestaña)

Entender la respuesta y las opciones

Qué hacer ante un requerimiento, una denegación o una necesidad de protección

Una solicitud, un requerimiento y una denegación exigen respuestas diferentes. Nacionalidad y protección internacional tienen finalidades y reglas propias.

Seguir el expediente sin perder de vista las notificaciones

Guarda la solicitud registrada, la resolución completa y la constancia de cuándo se notificó cada comunicación. Como interesado puedes acceder al expediente y conocer su estado en los términos legales. Un requerimiento debe contestarse atendiendo a lo que pide, a su plazo y a las consecuencias indicadas; entregar documentos no significa que la autorización ya esté concedida. Tampoco existe un único plazo de resolución ni un silencio común a toda extranjería. La vía concreta, el registro competente y las suspensiones previstas determinan el cómputo y sus efectos. Una consulta de estado o una queja no sustituye el escrito que corresponda ni debe tomarse como una paralización de las fechas pendientes.

Recurrir una denegación y valorar la suspensión

Ante una denegación, revisa los motivos y el pie de recursos junto con la prueba aportada. La reposición no es un paso obligatorio en todos los casos y el acceso a la vía judicial depende del acto. Los plazos de un mes para determinados recursos administrativos contra actos expresos y de dos meses para el contencioso contra un acto expreso que agota la vía son referencias condicionadas, no un calendario válido para cualquier procedimiento. Recurrir tampoco suspende siempre la decisión. Si existe una advertencia de salida, devolución o expulsión, se necesita identificar la medida y valorar su régimen de ejecución y las cautelares posibles. La negociación previa propia de ciertos juicios civiles no se impone automáticamente a estos recursos.

Nacionalidad y asilo tienen finalidades diferentes

La nacionalidad por residencia exige residencia legal, continuada e inmediatamente anterior, además de los otros requisitos; los diez años generales tienen excepciones legales de cinco, dos o un año según el supuesto. No equivale a renovar una tarjeta ni se obtiene automáticamente por casarse. El asilo y la protección subsidiaria, por su parte, atienden a persecución o daños graves y requieren examinar la necesidad de protección, no sólo la voluntad de residir o trabajar. En 2026 también importa el cambio normativo europeo: el procedimiento para solicitudes formalizadas desde el 12 de junio y el régimen de reconocimiento aplicable desde el 1 de julio tienen reglas propias y transitorias. Su asistencia, recursos y efectos sobre la permanencia deben estudiarse por separado.

El encargo profesional y los gastos que debes conocer

No toda solicitud administrativa exige abogado, aunque puede ser útil para elegir la vía, ordenar la prueba o responder a una incidencia. En el contencioso se aplican reglas de defensa y representación según el órgano judicial, con procurador cuando corresponda. La asistencia letrada y el intérprete tienen garantías específicas en determinados procedimientos de extranjería y protección internacional; eso no convierte todas las gestiones en servicios gratuitos. Antes de contratar, conoce al abogado colegiado que acepte el encargo, las actuaciones incluidas y su coste. Separa honorarios de tasas, traducciones y posibles gastos procesales. También debe explicarse el riesgo de costas si se acude a juicio, sin prometer la aprobación del permiso o una fecha de resolución.

Ley 39/2015, Procedimiento Administrativo Común (abre otra pestaña) Ley Orgánica 4/2000, derechos y libertades de los extranjeros en España (abre otra pestaña) Real Decreto 1155/2024, Reglamento de Extranjería (abre otra pestaña) Ley Orgánica 1/2025, eficiencia del Servicio Público de Justicia (abre otra pestaña) Ley 29/1998, Jurisdicción Contencioso-administrativa (abre otra pestaña) Código Civil: adquisición de nacionalidad española (abre otra pestaña) Real Decreto 1004/2015, adquisición de nacionalidad por residencia (abre otra pestaña) Ley 12/2009, asilo y protección subsidiaria (abre otra pestaña) Reglamento (UE) 2024/1347: requisitos y contenido de la protección internacional (abre otra pestaña) Reglamento (UE) 2024/1348: procedimiento de protección internacional (abre otra pestaña) Reglamento (UE) 2026/463: concepto de tercer país seguro (abre otra pestaña) Reglamento (UE) 2026/464: lista de países de origen seguros (abre otra pestaña) Ley 1/1996, asistencia jurídica gratuita (abre otra pestaña) Real Decreto 135/2021, Estatuto General de la Abogacía Española (abre otra pestaña)

Lo importante en tu situación

Dos cuestiones importantes desde el principio.

La situación que tienes reconocida y la siguiente fecha del expediente deben revisarse juntas.

Qué documento tienes y qué efectos produce

El NIE identifica a la persona, pero no concede por sí solo residencia ni trabajo. Comprueba la resolución, la autorización vigente y los efectos de cualquier solicitud pendiente. Algunas vías mantienen o reconocen una habilitación bajo condiciones; una cita o cualquier justificante de presentación no permiten presumirla.

Qué actuación necesitas y qué coste tiene

Aclarar una vía, preparar una solicitud, contestar un requerimiento y llevar un recurso son actuaciones distintas. El encargo debe concretar qué incluye y separar honorarios de tasas, traducciones y posibles gastos procesales. Si se plantea un juicio, también debe explicarse el riesgo de costas.

A tu ritmo, con el siguiente paso claro

De tu situación al siguiente paso.

La revisión puede organizarse en cuatro pasos, adaptados a si vas a iniciar un trámite o ya tienes un expediente abierto.

La modalidad de atención y la disponibilidad del profesional se confirman antes de contratar.

01

Explicar tu objetivo y las fechas

Indica qué necesitas, dónde te encuentras, qué autorización tienes y si hay una caducidad, cita o notificación pendiente.

02

Revisar antecedentes y documentos

Ordenar pasaporte, resoluciones, registros y pruebas de la vía estudiada; detectar qué falta y qué formalidades corresponden a documentos extranjeros.

03

Acordar la actuación y su alcance

Valorar la solicitud, aportación o recurso adecuado y concretar el encargo, los honorarios y los gastos antes de continuar.

04

Presentar y seguir el expediente

Conservar justificantes, atender las notificaciones y revisar los efectos de cada respuesta, incluida la necesidad de una actuación adicional.

Para aprovechar la consulta

Qué documentos ayudan a estudiar tu situación.

La documentación depende del procedimiento. Estos grupos ayudan a preparar la consulta; el abogado concretará lo necesario para estudiar tu caso.

  1. 01

    Identidad y situación actual

    Pasaporte o documento de viaje, NIE si lo tienes, tarjetas, visados y resoluciones anteriores que permitan entender qué situación está reconocida.

  2. 02

    Historia del expediente

    Solicitudes, resguardos de registro, requerimientos, resoluciones y pruebas de su notificación, con las fechas de entrada, salida o vencimiento relevantes.

  3. 03

    Pruebas de la vía que estudias

    Contratos y actividad, medios, formación, vínculos familiares o permanencia, según los requisitos que haya que acreditar y sin una lista única para todos los trámites.

  4. 04

    Certificados y formalidades

    Certificados extranjeros que procedan, traducciones admitidas y apostilla o legalización cuando sean exigibles, comprobando las exenciones aplicables.

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes sobre extranjería.

Respuestas para situar la consulta, sin complicarte el primer paso.

Información general actualizada el 8 de septiembre de 2026. La valoración de tu caso corresponde al abogado que lo estudie.

¿Qué Reglamento de Extranjería se aplica en 2026?

El aprobado por el Real Decreto 1155/2024, aplicable desde el 20 de mayo de 2025, con la reforma del Real Decreto 316/2026 vigente desde el 16 de abril de 2026. Para expedientes antiguos hay que revisar las disposiciones transitorias: la fecha de presentación puede cambiar las reglas aplicables. Tampoco todos los asuntos siguen el régimen general; ciudadanía UE, nacionalidad y protección internacional tienen normas propias.

¿Qué diferencia hay entre NIE, TIE, visado y autorización?

El NIE identifica a la persona. La autorización reconoce la situación de estancia, residencia o trabajo en los términos concedidos; la TIE la documenta cuando corresponde. El visado cumple una función de entrada o estancia según su clase y no debe confundirse con esos documentos. Para conocer tu situación hay que revisar también la resolución, su vigencia y las condiciones de eficacia, no sólo el número o la tarjeta.

¿Cualquier solicitud pendiente me permite trabajar?

No. Los efectos dependen de la vía y de si se ha presentado, admitido o resuelto. Algunas renovaciones prorrogan un título que ya permitía trabajar; otras autorizaciones o modificaciones tienen efectos provisionales bajo condiciones expresas. La solicitud, la comunicación de admisión y la resolución deben leerse conjuntamente. Pedir cita o disponer de una oferta de empleo no equivale a estar autorizado.

¿Qué modalidades de arraigo existen y qué debo acreditar?

El arraigo ordinario puede ser de segunda oportunidad, sociolaboral, social, socioformativo o familiar. La regla general es una permanencia continuada de dos años, con excepción del mínimo para el familiar, pero hay condiciones adicionales y reglas de cómputo. Según la modalidad pueden importar una autorización anterior, contratos, vínculos, medios, integración o formación elegible. Un expediente de asilo u otra solicitud pendiente exige revisar además las incompatibilidades; no conviene cambiar de vía sin estudiar sus consecuencias.

¿Puedo presentar ahora una solicitud de la regularización extraordinaria de 2026?

A la fecha de esta revisión, 8 de septiembre de 2026, el plazo de nuevas solicitudes ya terminó el 30 de junio. Si solicitaste a tiempo, pueden quedar trámites de aportación documental, requerimientos o una resolución pendiente. Atiende a las comunicaciones de tu expediente y conserva el registro original. La existencia de un canal de subsanación no significa que se haya reabierto la convocatoria ni que sus requisitos sirvan para un arraigo ordinario.

¿Puedo renovar si he cambiado de trabajo o tengo la tarjeta caducada?

Puede haber opciones, pero dependen de la autorización y de los requisitos que puedas acreditar. La renovación por cuenta ajena contempla distintos supuestos y admite presentación en los dos meses anteriores o los tres posteriores al vencimiento, con los efectos de prórroga y la posible sanción por tardanza previstos en su artículo 80. No traslades esa ventana a cualquier tarjeta o trámite. Un cambio de finalidad también puede requerir modificación, y la larga duración tiene su propio régimen.

¿Cómo cambia el trámite si mi familiar es español o ciudadano de la Unión?

Hay que distinguir los regímenes y comprobar también si existe una situación de libre circulación. El Reglamento regula familiares de españoles; el régimen UE tiene condiciones propias de residencia y documentación, y la reagrupación general es otra vía. Se valoran los vínculos admitidos y los requisitos de cada supuesto, sin imponer dependencia económica a todos los familiares. La ubicación de las personas puede determinar si existe fase consular o solicitud desde España.

¿Una estancia de estudiante permite trabajar y luego cambiar a residencia?

No existe una respuesta única para toda formación. Los estudios superiores del artículo 52.1.a habilitan para trabajar si es compatible con los estudios; otros supuestos tienen condiciones o trámites diferentes. Se aplica un límite general de treinta horas semanales, con la excepción sectorial de FP intensiva y los demás límites reglamentarios. El cambio a residencia y trabajo exige una modalidad de modificación admisible y sus requisitos: la matrícula o la finalización de cualquier curso no bastan.

¿Cuándo puedo solicitar la nacionalidad por residencia?

La regla general exige diez años de residencia, pero el Código Civil contempla supuestos de cinco, dos o un año. En todos los casos debe revisarse la residencia legal, continuada e inmediatamente anterior y el resto de condiciones, incluidas conducta e integración. Los años de empadronamiento no sustituyen ese análisis y el matrimonio no concede nacionalidad automáticamente. Los documentos, pruebas y dispensas tienen un procedimiento específico, distinto de renovar el permiso.

¿El asilo es otra forma de pedir un permiso de residencia?

No es una vía intercambiable con una autorización ordinaria. El asilo y la protección subsidiaria responden a persecución o riesgo de daños graves según sus requisitos. Además, el marco europeo cambió en 2026 y la fecha de formalización importa para el procedimiento. Deben revisarse por separado la protección solicitada, la asistencia, los recursos y sus efectos. Si ya has pedido protección internacional, cualquier relación con un posible arraigo exige valorar antes tu expediente y las consecuencias de cambiar de vía.

¿Qué plazo tengo para recurrir y se suspende una salida o expulsión?

Depende del acto y del procedimiento. Como referencias condicionadas, alzada y reposición contra actos expresos tienen un mes cuando proceden, y el contencioso contra un acto expreso que pone fin a la vía administrativa tiene como regla dos meses desde el día siguiente a su notificación o publicación. Hay especialidades que impiden usar esas cifras para todo asunto. El recurso no suspende siempre la ejecución: la medida concreta, sus garantías y la necesidad de pedir suspensión o cautelares deben revisarse de inmediato.

¿Necesito abogado, procurador y un presupuesto separado para cada fase?

No toda solicitud administrativa exige abogado. En el contencioso se aplican las reglas de defensa y representación del órgano competente, con procurador cuando corresponda. El encargo debe aclarar si comprende estudio, presentación, seguimiento, respuesta a requerimientos o recursos y diferenciar honorarios, tasas, traducciones y posibles costas judiciales. Antes de contratar conocerás la identidad del abogado colegiado que acepte el asunto. La asistencia gratuita existe en los supuestos y con los requisitos legales, no para toda gestión de extranjería.

Extranjería: información por localidad y territorio

Consulta los recursos de tu zona. La disponibilidad del abogado y la modalidad de atención se confirman al estudiar el asunto; este directorio no identifica oficinas físicas.

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