¿Necesitas empezar de nuevo con tus deudas?Empieza contándonos qué ha pasado

Segunda Oportunidad · España

Abogados para la Ley de Segunda Oportunidad. Entiende tus opciones.

Cuando las cuotas y las reclamaciones se acumulan, lo primero es saber qué opciones tienes. Si no puedes afrontar regularmente tus obligaciones, un abogado puede estudiar si la segunda oportunidad encaja en tu situación. Te ayudará a ordenar deudas, ingresos y patrimonio, comparar las vías y conocer sus consecuencias. Cuéntanos qué ha ocurrido y desde qué localidad nos escribes: comprobaremos la disponibilidad de un profesional para estudiar tu caso, con el trabajo y los honorarios claros antes de contratar.

Con tus palabras Servicio por abogados colegiados Honorarios claros
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Explícalo con tus palabrasNosotros te ayudamos a situar el primer paso.
Información para orientarte antes de contratar

Información para decidir

Cómo te ayuda un abogado de segunda oportunidad.

La Ley de Segunda Oportunidad permite solicitar judicialmente la exoneración de pasivo insatisfecho cuando una persona física cumple los requisitos. No consiste en rellenar un formulario ni en dejar de pagar por decisión propia.

El abogado estudia si la vía encaja contigo, qué créditos podrían quedar afectados y qué consecuencias tendría para tus bienes y las personas que hayan firmado contigo.

01

Reconstruir la situación económica

Se ordenan acreedores, cantidades, ingresos, gastos, patrimonio y procedimientos abiertos. Las deudas discutidas o públicas también deben identificarse, aunque todavía falte algún certificado.

02

Comprobar insolvencia y buena fe

Se revisa la imposibilidad de cumplir regularmente las obligaciones y las circunstancias que pueden impedir la exoneración. La conducta, la información facilitada y los antecedentes relevantes necesitan un análisis documentado.

03

Comparar plan de pagos y liquidación

El profesional explica ambas vías, su viabilidad y sus consecuencias. Si no hay bienes suficientes, se estudia el régimen de concurso sin masa: esa situación tampoco convierte la exoneración en automática.

04

Preparar y seguir la solicitud

Una vez contratado, el abogado prepara las actuaciones de su encargo, atiende requerimientos y valora posibles oposiciones. La resolución debe identificar qué créditos se exoneran y qué obligaciones permanecen.

Antes de tomar una decisión

Qué conviene saber sobre la segunda oportunidad.

Los efectos dependen de tu situación y de la vía elegida. Estos son los puntos que interesa aclarar antes de presentar la solicitud.

Requisitos: algo más que tener deudas

La exoneración está prevista para el deudor persona física de buena fe en el marco concursal. La ley contempla circunstancias que pueden impedirla: determinados antecedentes, sanciones, conductas y falta de colaboración, entre otras. Su aplicación exige revisar el caso y la jurisprudencia. Ocultar bienes, acreedores o información dificulta esa valoración; conviene reconstruir lo ocurrido con datos completos desde el principio.

Plan de pagos sin liquidación previa

Esta vía permite proponer un plan conforme a las exigencias legales, sin liquidar previamente el patrimonio. No significa elegir una cuota libremente ni garantizar la conservación de todos los bienes. Hay que estudiar los ingresos previsibles, las obligaciones no exonerables, la vivienda y la posición de los acreedores. El abogado debe explicar cuándo la exoneración es provisional y qué se necesita para obtener la definitiva.

Liquidación y concurso sin masa

La liquidación supone realizar los bienes en los términos del procedimiento. Cuando no existe masa suficiente se aplica un régimen específico, con posibilidad de actuaciones de los acreedores y revisión judicial de los requisitos. Que no tengas vivienda ni ahorros no basta para afirmar que las deudas desaparecerán. La documentación sobre patrimonio, ingresos y obligaciones sigue siendo necesaria para preparar y justificar la solicitud.

Deudas que no desaparecen sin más

La ley establece exclusiones, como las obligaciones por alimentos, ciertas responsabilidades por daños o delito y deudas garantizadas dentro de los límites legales. El crédito público requiere además considerar la jurisprudencia vigente. El abogado debe identificar cada crédito, su clasificación y su tratamiento: no sirve una promesa genérica de borrar todas las deudas ni una lista incompleta que deje acreedores fuera del estudio.

Ley Concursal: exoneración del pasivo insatisfecho (abre otra pestaña)

Hacienda, Seguridad Social y otras administraciones

Crédito público: hay que revisar cada deuda.

La doctrina del Tribunal Supremo de febrero de 2026 obliga a mirar quién es el acreedor y cómo se clasifica el crédito. No basta con prometer una cifra de cancelación.

El límite no se aplica a todo de la misma manera

El Supremo distingue los créditos públicos subordinados del resto: la limitación del artículo 489.1.5.º no alcanza a los subordinados. Para los demás, interpreta la exoneración parcial para toda clase de crédito de Derecho público, no solo el recaudado por la AEAT o la Seguridad Social. La clasificación del crédito y las restantes exclusiones legales deben estudiarse en el caso concreto.

El cálculo se hace por acreedor público

Según esa doctrina, para el crédito al que se aplica el límite se exonera íntegramente el primer tramo de 5.000 euros y el 50 % de lo que excede, hasta un máximo de 10.000 euros exonerados por acreedor público. Se comprueban naturaleza, clasificación, acreedor y requisitos. La ley reserva la exoneración del crédito público a la primera exoneración: las sucesivas no incluyen crédito público.

La resolución debe concretar los créditos

El deudor debe detallar todas sus deudas y el órgano judicial identificar las exoneradas. Por eso conviene conseguir certificados con conceptos, períodos e importes, y no limitarse a una suma aproximada. La información completa permite valorar el alcance de la solicitud y qué obligaciones permanecerían después.

Tribunal Supremo: criterios sobre exoneración, febrero de 2026 (abre otra pestaña) Ley Concursal: exoneración del pasivo insatisfecho (abre otra pestaña)

Lo importante en tu situación

Orientación y preparación de tu expediente.

Los recursos de orientación pueden ayudarte a situar la consulta. El análisis de insolvencia, la solicitud judicial y la contratación del servicio son pasos diferenciados.

Preparar una fotografía económica completa

El punto de partida no es una cifra mínima de deuda elegida por una publicidad. Importa la situación de insolvencia y cómo se cumplen los requisitos legales. Reúne una relación de obligaciones, ingresos, gastos y bienes, incluyendo deuda pública y garantías. Para completar la información bancaria puede servir el informe CIRBE, sin confundirlo con el listado total de acreedores ni con un fichero de morosos. El abogado te indicará qué certificados y justificantes faltan.

Valorar el resultado antes de elegir la vía

Pide que te expliquen qué deudas se pretende incluir, cuáles podrían quedar fuera y qué ocurriría con tus bienes y avalistas. Conviene comparar escenarios por escrito: negociación, plan de pagos y liquidación no tienen las mismas consecuencias. Si ya hay reclamaciones, las notificaciones y los plazos deben estudiarse junto con el procedimiento concursal. Haber enviado una consulta o estar preparando documentos no permite dar por suspendidos los cobros ni los embargos.

Qué revisar cuando se concede la exoneración

La resolución concreta los créditos afectados. Si hay anotaciones de impago vinculadas a deudas exoneradas, la ley prevé la comunicación de la resolución a los sistemas de información crediticia y permite al deudor obtener testimonio para pedir la actualización. Eso no supone recuperar automáticamente acceso a financiación. También existen causas legales de revocación; el abogado debe explicar las obligaciones del plan, cuando lo haya, y qué circunstancias posteriores pueden ser relevantes.

Tribunal Supremo: criterios sobre exoneración, febrero de 2026 (abre otra pestaña) Banco de España: solicitar tu informe CIRBE (abre otra pestaña)

A tu ritmo, con el siguiente paso claro

Nos cuentas, lo situamos y decides.

Para empezar no necesitas conocer el nombre del procedimiento. Explica lo que ha ocurrido y qué te gustaría aclarar. Si hay una notificación, su fecha es importante.

La modalidad de atención y la disponibilidad del profesional se confirman antes de contratar.

01

Cuéntanos tu situación

Recibimos tu consulta, tu localidad y la fase en la que te encuentras. Con esa información comprobamos la disponibilidad de un abogado para estudiar el asunto.

02

Conoce el trabajo y los honorarios

Antes de contratar se identifica al profesional y se concretan el alcance, las fases, los honorarios y los posibles gastos. Podrás preguntar qué incluye cada actuación.

03

El abogado lleva el encargo

El servicio jurídico lo presta bajo su responsabilidad el abogado colegiado que acepte el asunto. Una vez formalizado el encargo, te indicará qué necesita y cómo avanzar.

Para aprovechar la consulta

Qué documentación suele ayudar al estudio inicial.

No hace falta tenerlo todo para escribirnos. Puedes empezar contando qué documentos tienes y cuáles faltan.

  1. 01

    Listado completo de deudas

    Acreedor, origen, importe, vencimientos y garantías. Añade certificados de deuda pública, contratos y datos de los procedimientos abiertos. No omitas una obligación por estar discutiéndola.

  2. 02

    Ingresos, gastos y actividad

    Nóminas, prestaciones, actividad profesional y gastos familiares. Las declaraciones tributarias exigibles y su período se concretarán según la vía elegida.

  3. 03

    Bienes y responsabilidades compartidas

    Vivienda, vehículos, cuentas y otros bienes, con sus cargas. Indica avales, cotitulares y régimen económico matrimonial para valorar a quién afecta cada obligación.

  4. 04

    Antecedentes y comunicaciones

    Resoluciones, embargos, acuerdos, concursos anteriores y otros datos relevantes. El abogado te dirá qué certificados faltan y cómo completar el expediente.

Preguntas frecuentes

Preguntas sobre la Ley de Segunda Oportunidad.

Respuestas para situar la consulta, sin complicarte el primer paso.

Información general actualizada el 6 de septiembre de 2026. La valoración de tu caso corresponde al abogado que lo estudie.

¿La Ley de Segunda Oportunidad sirve para particulares y autónomos?

La exoneración se dirige a personas físicas, sean o no empresarias, que cumplan los presupuestos y requisitos legales. No es un mecanismo de cancelación automática para sociedades. Si has sido autónomo, además de tus deudas personales habrá que ordenar las relacionadas con la actividad, posibles avales y obligaciones públicas. El abogado determinará la vía concursal aplicable y qué información necesita para estudiar tu situación.

¿Es obligatorio negociar antes con todos mis acreedores?

El régimen vigente de exoneración no impone el antiguo acuerdo extrajudicial de pagos como paso general obligatorio. Eso no significa que negociar nunca sea útil ni que todos los asuntos sigan el mismo procedimiento. El abogado comparará una solución negociada con la vía concursal y comprobará los requisitos de la actuación concreta, sin confundir los trámites de una reclamación civil con los de la segunda oportunidad.

¿Puedo conservar la vivienda si solicito la segunda oportunidad?

Puede estudiarse la vía de un plan de pagos sin liquidación previa, pero conservar la vivienda no es un resultado garantizado. Importan su valor, la hipoteca, la cuota, los ingresos, las otras deudas y los derechos de los acreedores. La exoneración no elimina sin más una garantía hipotecaria. El abogado debe comparar escenarios y explicar las consecuencias de cada alternativa antes de elegir la vía.

¿Cuánto dura un procedimiento de segunda oportunidad?

No hay una duración total única: influyen la vía, la documentación, la existencia de bienes y las posibles oposiciones. El plan de pagos tiene una duración general legal de tres años y de cinco en determinados supuestos, como cuando no se realiza la vivienda habitual; ese plazo se cuenta desde su aprobación judicial y no equivale al tiempo total de tramitación. Conviene distinguir preparación, concurso y exoneración.

¿La exoneración también libera a mi avalista o a mi pareja?

No se extiende automáticamente a otras personas. Los acreedores conservan sus derechos frente a obligados solidarios, fiadores y avalistas en los términos legales. Tampoco debe suponerse que la exoneración de un cónyuge libera al otro de las deudas que le correspondan. Identificar quién firmó y con qué responsabilidad es esencial para estudiar las consecuencias familiares y patrimoniales del procedimiento.

¿Cuánto cuesta tramitar la segunda oportunidad?

El coste depende de la vía, la complejidad y las actuaciones necesarias. Pide un presupuesto que distinga honorarios de abogado, procurador y otros gastos cuando correspondan, y que indique qué sucede si hay oposición, incidentes o recursos. El servicio jurídico lo presta el abogado colegiado que acepte el asunto; antes de contratar se concretan su identidad, el alcance y la forma de pago.

¿Puedo solicitarla si no tengo bienes?

La falta de masa activa tiene un régimen específico dentro del concurso. Deben comprobarse los presupuestos, aportar la información necesaria y tramitar la solicitud de exoneración en su momento. El juez verifica los requisitos aunque no exista oposición de los acreedores. No tener propiedades no equivale por sí solo a obtener la cancelación.

¿Puede revocarse una exoneración ya concedida?

La ley contempla causas de revocación, entre ellas determinados supuestos de ocultación de bienes o derechos y circunstancias posteriores expresamente previstas. En la vía de plan de pagos también importa su cumplimiento. No cualquier mejora de ingresos produce automáticamente la revocación: el abogado debe revisar el hecho concreto, el plazo aplicable y la resolución.

Segunda Oportunidad por localidad

Consulta recursos de orientación y aspectos de preparación de tu localidad. La disponibilidad y la modalidad de atención se confirman para cada asunto.

Empezamos por escucharte

No necesitas saber por dónde empezar. Cuéntanos qué te preocupa.

El portal recibe tu consulta inicial. Confirmaremos si hay un abogado disponible para valorarla. Antes de contratar conocerás al profesional, el alcance y las condiciones del encargo.

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Si prefieres el correo: info@rubenpolabogados.com

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente tu situación
  • Contar qué duda quieres resolver
  • Indicar si has recibido una resolución o comunicación

El servicio jurídico lo presta el abogado colegiado que acepte tu asunto.

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