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Orientación jurídica

Abogados para sanciones del SEPE

Comprueba qué te imputan y desde cuándo puedes responder

Una comunicación del SEPE puede iniciar una sanción, suspender cautelarmente un pago o reclamar un cobro indebido. Identificar el acto permite presentar la respuesta adecuada dentro de plazo.

Con tus palabras Servicio por abogados colegiados Conoce los honorarios
Ilustración de una persona con una carpeta
Explícalo con tus palabrasNosotros te ayudamos a situar el primer paso.
Información para orientarte antes de contratar

Información para decidir

Cómo puede ayudarte un abogado

La defensa se centra en los hechos atribuidos, su prueba y las garantías del expediente, sin confundir sanción con pérdida de requisitos.

01

Leer la notificación completa

Precisar órgano, fecha y fase del expediente.

02

Solicitar antecedentes

Contrastar citaciones, registros y hechos imputados.

03

Preparar alegaciones

Exponer prueba de cumplimiento o causa justificada.

04

Revisar la resolución

Valorar reclamación previa y demanda cuando procedan.

Expediente

No todas las suspensiones son sanciones

El mismo pago interrumpido puede responder a procedimientos distintos.

Propuesta y decisión

Una propuesta abre la defensa; una resolución determina la sanción adoptada y las vías para combatirla.

Reintegro separado

La devolución de cantidades puede coexistir con una sanción, pero hay que impugnar los fundamentos y actos que correspondan.

Alegaciones

Qué prueba puede cambiar el expediente

La defensa necesita responder al incumplimiento concreto, no solo explicar dificultades personales.

Citación o comunicación

Comprueba si la convocatoria fue notificada y si constaba una comunicación de trabajo, rentas o cambio relevante.

Causa justificada

Informes médicos, incidencias del servicio o justificantes de registro deben relacionarse con el día y la obligación incumplida.

Impugnación

Plazos y efectos sobre la prestación

No debe esperarse a la siguiente mensualidad para revisar una carta recibida.

Trámite inicial

El SEPE informa de quince días hábiles para alegar frente a determinadas propuestas. Debe contrastarse el plazo de la notificación concreta.

Defensa posterior

La resolución puede exigir reclamación previa antes de acudir al orden social. Reclamar no restablece por sí solo el pago cautelarmente suspendido.

Para aprovechar la consulta

Qué documentación conviene reunir

Puedes escribirnos aunque te falte algún documento. Explica qué tienes y qué necesitas aclarar.

  1. 01

    Notificación

    Incluye anexos y prueba de recepción.

  2. 02

    Expediente y citaciones

    Actos previos y forma de comunicación.

  3. 03

    Justificantes

    Cumplimiento, imposibilidad o aviso efectuado.

  4. 04

    Prestación y cobros

    Resolución inicial y periodos afectados.

Un primer paso sencillo

Nos cuentas, lo situamos y decides.

No necesitas conocer el nombre del procedimiento. Explica qué ha pasado, qué te gustaría resolver y si hay alguna fecha próxima.

01

Cuéntanos tu situación

Recibimos tu consulta y comprobamos la disponibilidad de un abogado que pueda estudiar el asunto. Indica también la localidad relacionada con el caso.

02

Conoce al profesional y las condiciones

Antes de contratar se confirma la identidad del abogado, el trabajo incluido, los honorarios y los posibles gastos. Podrás aclarar qué cubre cada fase del encargo. Podrás confirmar su colegiación en el Censo General de Letrados de la Abogacía Española.

03

Decide cómo seguir

El servicio jurídico lo presta bajo su responsabilidad el abogado colegiado que acepte el asunto. Una vez formalizado el encargo, acordaréis la documentación necesaria y el siguiente paso.

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

Información general para preparar tu consulta. La valoración de tu caso corresponde al abogado que lo estudie.

¿La carta ya es una sanción firme?

No necesariamente. Puede tratarse de una propuesta con plazo de alegaciones; hay que leer el encabezado, contenido y pie de recursos.

¿Una baja de pago demuestra fraude?

No. Suspensión, extinción por falta de requisitos y sanción responden a presupuestos diferentes.

¿Puedo aportar documentación después?

Depende de la fase y del cauce. Conviene aportar pronto toda la prueba disponible y explicar lo que se ha solicitado y aún falta.

¿Recurrir obliga al SEPE a pagar de inmediato?

No produce ese efecto automático. La continuidad del pago y las posibles medidas deben revisarse aparte.

Empezamos por escucharte

Indica qué comunicación del SEPE has recibido

El portal recibe tu consulta inicial. Confirmaremos si hay un abogado disponible para valorarla. Antes de contratar conocerás al profesional, el alcance y las condiciones del encargo.

WhatsApp 24h · 620 367 008Puedes dejarnos tu mensaje a cualquier hora.

Si prefieres el correo: info@rubenpolabogados.com

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Contar qué duda quieres resolver
  • Indicar si has recibido una comunicación

El servicio jurídico lo presta el abogado colegiado que acepte tu asunto.

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