Comprobar edad y grado
Revisar resolución de discapacidad y sus efectos.
Seguridad Social y prestaciones · Servicio
Revisa edad, grado y reconocimiento
¿Necesitas solicitar la prestación por un hijo con discapacidad o revisar una denegación? Comprobamos el grado reconocido, la edad y la situación de hijo a cargo, sin confundir esta asignación con una pensión no contributiva.

Empecemos por lo que te preocupa
Información para decidir
El encargo puede incluir solicitud, actualización por cambios o reclamación de la resolución. El reconocimiento de discapacidad es un expediente distinto, aunque sus efectos pueden ser decisivos para esta asignación.
Revisar resolución de discapacidad y sus efectos.
Contrastar convivencia, dependencia y circunstancias de la familia.
Identificar trabajo y otras prestaciones relevantes.
Solicitar, comunicar cambios o impugnar el punto discutido.
El encaje
Los umbrales cambian cuando el hijo alcanza la mayoría de edad.
La información oficial contempla, con los demás requisitos, al menos un 33 por ciento de discapacidad para menores de 18 años y un 65 por ciento para mayores. No basta mantener la resolución infantil sin comprobar el umbral aplicable al cumplir la edad.
Se revisan convivencia y dependencia económica conforme a las reglas de la prestación, incluidas las excepciones pertinentes. Tener filiación acreditada no resuelve por sí solo todos los requisitos de residencia y responsabilidad familiar.
Los cambios
Cada cambio debe analizarse por su efecto concreto, no como pérdida automática.
Para esta modalidad por discapacidad no se aplica un límite general de ingresos del beneficiario como en otras ayudas, pero eso no elimina la revisión de la condición de hijo a cargo y de las incompatibilidades. La actividad del hijo debe examinarse con sus circunstancias.
Una pensión no contributiva u otra prestación puede afectar al derecho o exigir una opción según el supuesto. No debe solicitarse un segundo pago suponiendo que todas las ayudas por discapacidad son acumulables.
El expediente
Conviene comparar la resolución de discapacidad con la de prestación.
Se revisan grado, fecha de efectos y, cuando proceda, necesidad de ayuda de otra persona en los términos exigidos. Un informe médico puede apoyar la valoración, pero no sustituye automáticamente el reconocimiento administrativo requerido.
La negativa puede referirse al grado, a la situación familiar o a una concurrencia. Se identifica qué documento o argumento responde al motivo, y si hay que actuar sobre la prestación o sobre el reconocimiento de discapacidad.
Para aprovechar la consulta
Puedes escribirnos aunque te falte algún documento. Explica qué tienes y qué necesitas aclarar.
Certificados de filiación, guarda o acogimiento pertinentes.
Resolución completa, grado, fecha de efectos y revisión prevista.
Convivencia, actividad e ingresos relevantes del hijo y circunstancias familiares.
Otras pensiones, solicitud y respuesta recibida de la entidad.
Un primer paso sencillo
No necesitas conocer el nombre del procedimiento. Explica qué ha pasado, qué te gustaría resolver y si hay alguna fecha próxima.
Recibimos tu consulta y comprobamos la disponibilidad de un abogado que pueda estudiar el asunto. Indica también la localidad relacionada con el caso.
Antes de contratar se confirma la identidad del abogado, el trabajo incluido, los honorarios y los posibles gastos. Podrás aclarar qué cubre cada fase del encargo. Podrás confirmar su colegiación en el Censo General de Letrados de la Abogacía Española.
El servicio jurídico lo presta bajo su responsabilidad el abogado colegiado que acepte el asunto. Una vez formalizado el encargo, acordaréis la documentación necesaria y el siguiente paso.
Preguntas frecuentes
Información general para preparar tu consulta. La valoración de tu caso corresponde al abogado que lo estudie.
No. El umbral general para mayores de esa edad es distinto. Debe revisarse el grado y el resto de requisitos antes de dar por hecha la continuidad.
No. La asignación familiar tiene requisitos y naturaleza propios. Además, las posibles incompatibilidades deben revisarse si se plantea otra prestación.
No se aplica sin más el límite de rentas de otras ayudas. En esta modalidad por discapacidad se revisan sus reglas específicas, incluida la condición de hijo a cargo.
Depende del motivo del problema. Si el grado reconocido no alcanza el requisito, el expediente de discapacidad puede ser decisivo; si el grado ya es adecuado, la controversia puede estar en la prestación.
Empezamos por escucharte
El portal recibe tu consulta inicial. Confirmaremos si hay un abogado disponible para valorarla. Antes de contratar conocerás al profesional, el alcance y las condiciones del encargo.
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El servicio jurídico lo presta el abogado colegiado que acepte tu asunto.