Comprobar la prestación
Revisar saldo y anteriores capitalizaciones.
Orientación jurídica
Revisa el pago único antes de iniciar la actividad
La capitalización permite destinar una prestación contributiva pendiente a determinados proyectos de actividad. Solicitud, alta e inversión deben encajar en el orden y los requisitos de la modalidad elegida.

Empecemos por lo que te preocupa
Información para decidir
El abogado puede revisar una denegación o un requerimiento y detectar incompatibilidades entre la memoria presentada, la actividad y su justificación.
Revisar saldo y anteriores capitalizaciones.
Contrastar actividad, participación y modalidad solicitada.
Relacionar solicitud, alta, pagos e inicio.
Aportar memoria y justificantes o impugnar la decisión.
Preparación
La solicitud debe preceder al inicio de la actividad en los términos exigidos por el SEPE.
Se revisan mensualidades pendientes, capitalizaciones previas y otras incompatibilidades. No todo subsidio puede cobrarse mediante pago único.
Autónomo, cooperativa, sociedad laboral o mercantil tienen condiciones distintas. Una inversión admisible en una modalidad no sirve necesariamente para otra.
Resolución
La respuesta debe centrarse en el motivo exacto y en las fechas acreditadas.
Si la controversia es temporal, se compara la solicitud registrada con el inicio declarado y la documentación de Seguridad Social.
La memoria debe explicar actividad, inversión y financiación; un presupuesto genérico puede no acreditar el destino permitido.
Justificación
El cobro no cierra las obligaciones de justificación.
Facturas, transferencias y aportaciones deben permitir seguir el uso efectivo de los fondos, dentro de los plazos aplicables.
Un proyecto distinto requiere revisar su encaje y comunicar la modificación con la documentación pertinente. No se presume que todo cambio obliga a devolver ni que cualquier destino sirve.
Para aprovechar la consulta
Puedes escribirnos aunque te falte algún documento. Explica qué tienes y qué necesitas aclarar.
Resolución y cuantía pendiente.
Versión registrada y justificante de entrada.
Alta y documentos de sociedad o cooperativa.
Facturas, presupuestos, pagos y requerimiento recibido.
Un primer paso sencillo
No necesitas conocer el nombre del procedimiento. Explica qué ha pasado, qué te gustaría resolver y si hay alguna fecha próxima.
Recibimos tu consulta y comprobamos la disponibilidad de un abogado que pueda estudiar el asunto. Indica también la localidad relacionada con el caso.
Antes de contratar se confirma la identidad del abogado, el trabajo incluido, los honorarios y los posibles gastos. Podrás aclarar qué cubre cada fase del encargo. Podrás confirmar su colegiación en el Censo General de Letrados de la Abogacía Española.
El servicio jurídico lo presta bajo su responsabilidad el abogado colegiado que acepte el asunto. Una vez formalizado el encargo, acordaréis la documentación necesaria y el siguiente paso.
Preguntas frecuentes
Información general para preparar tu consulta. La valoración de tu caso corresponde al abogado que lo estudie.
Como regla, la solicitud debe ser anterior al inicio; el SEPE deniega si ya existe alta al solicitar. Deben comprobarse la modalidad y las fechas exactas.
El SEPE contempla esa posibilidad. Hacerlo no garantiza la concesión y exige cumplir el resto de requisitos.
No. Debe destinarse y justificarse para la finalidad admitida en la modalidad concedida.
No puede decidirse sin estudiar el cambio. El SEPE prevé aportar nueva memoria cuando la nueva actividad siga ajustándose a la normativa.
Empezamos por escucharte
El portal recibe tu consulta inicial. Confirmaremos si hay un abogado disponible para valorarla. Antes de contratar conocerás al profesional, el alcance y las condiciones del encargo.
WhatsApp 24h · 620 367 008Puedes dejarnos tu mensaje a cualquier hora.
Si prefieres el correo: info@rubenpolabogados.com
El servicio jurídico lo presta el abogado colegiado que acepte tu asunto.