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Laboral · Defensa del trabajador

Abogados para trabajadores afectados por un ERTE

Tu inclusión y la aplicación real de la medida

¿Te han suspendido el contrato o reducido la jornada mediante un ERTE? La revisión se centra en la medida que te afecta, los criterios utilizados y lo que ocurre realmente durante su aplicación.

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Explícalo con tus palabrasNosotros te ayudamos a situar el primer paso.
Información para orientarte antes de contratar

Información para decidir

Separar la decisión empresarial de los problemas de desempleo

El ERTE no extingue por sí mismo el contrato. Puede suspender temporalmente la prestación de servicios o reducir la jornada dentro del régimen aplicable. La consulta del trabajador no consiste en preparar el expediente de la empresa, sino en valorar cómo le afecta y si procede discutirlo.

Una resolución del SEPE y una comunicación de la empresa pueden exigir actuaciones distintas y simultáneas. Aportar ambas evita que una gestión sobre la prestación deje sin atender la impugnación laboral.

01

Precisar la medida

Suspensión o reducción, causa alegada, fechas y porcentaje.

02

Revisar la afectación individual

Puesto, funciones, criterios de selección y trato comparado acreditable.

03

Contrastar su aplicación

Calendario, horas trabajadas, nóminas y comunicaciones de retorno.

04

Elegir la vía

Valorar acción individual, dimensión colectiva e incidencias de prestaciones.

La comunicación

Qué puede discutirse sobre tu inclusión

Discrepar de un ERTE requiere concretar qué decisión se cuestiona y con qué fundamento.

Causa, alcance y selección

Conserva la comunicación que identifica periodos y condiciones. Interesa conocer si hubo consultas, acuerdo o constatación de fuerza mayor y qué criterios se aplicaron a tu puesto. Que otros compañeros sigan trabajando no demuestra por sí solo una irregularidad: hay que contrastar funciones, necesidades y criterios; una selección discriminatoria exige examinar sus indicios.

Reclamación individual y colectiva

La existencia de representantes o de un acuerdo colectivo no elimina toda posibilidad de revisión individual, pero puede modificar su alcance y coordinación. Antes de iniciar una acción debe comprobarse si existe un procedimiento colectivo y cómo afecta a la cuestión concreta. No se promete anular el expediente completo a partir de una sola comunicación.

Mientras dura

El calendario debe corresponderse con el trabajo realizado

La prueba puede estar en registros de jornada, encargos y comunicaciones, no sólo en la nómina.

Suspensión o reducción efectiva

Anota días y horas en los que se solicita actividad y conserva los mensajes completos. Una suspensión no debe aplicarse como si el contrato siguiera prestándose con normalidad. En una reducción importa distinguir la jornada prevista de la realmente exigida; debe valorarse también cualquier cambio formal de afectación.

Retorno y cambios

Una llamada de reincorporación, una ampliación temporal o una desafectación parcial deben ponerse en relación con las comunicaciones del expediente. Solicita claridad sobre fecha, jornada y centro, y conserva la respuesta. No se aconseja dejar de acudir sin estudiar la instrucción: el siguiente paso debe evitar mezclar el desacuerdo jurídico con una incidencia disciplinaria.

Vía y alcance

No todas las reclamaciones pasan por conciliación previa

La modalidad procesal determina plazos y actuaciones.

Decisión empresarial

La impugnación de suspensión o reducción se encauza por la modalidad de la jurisdicción social que corresponda. La LRJS prevé un plazo de caducidad de veinte días hábiles ligado a la notificación escrita y excepciona estas materias del intento previo de conciliación. Debe calcularse el plazo con la documentación, sin confiar en que una consulta o una reclamación informal lo detenga.

Prestación y presupuesto

Si el problema es una denegación, cobro indebido o error de prestación, se estudia su propia resolución y vía previa. El encargo puede separar revisión de la medida, demanda, coordinación con representantes y gestión de prestaciones. No se da por hecho que una actuación ante el SEPE resuelva también la controversia con la empresa.

Para aprovechar la consulta

Documentos del ERTE y de su aplicación

Puedes escribirnos aunque te falte algún documento. Explica qué tienes y qué necesitas aclarar.

  1. 01

    Decisión recibida

    Carta, correo y fecha acreditada de notificación.

  2. 02

    Calendario

    Periodos suspendidos, porcentaje y cambios comunicados.

  3. 03

    Actividad real

    Registros, órdenes de trabajo y mensajes de reincorporación.

  4. 04

    Efectos económicos

    Nóminas, resoluciones del SEPE y comunicaciones presentadas.

Un primer paso sencillo

Nos cuentas, lo situamos y decides.

No necesitas conocer el nombre del procedimiento. Explica qué ha pasado, qué te gustaría resolver y si hay alguna fecha próxima.

01

Cuéntanos tu situación

Recibimos tu consulta y comprobamos la disponibilidad de un abogado que pueda estudiar el asunto. Indica también la localidad relacionada con el caso.

02

Conoce al profesional y las condiciones

Antes de contratar se confirma la identidad del abogado, el trabajo incluido, los honorarios y los posibles gastos. Podrás aclarar qué cubre cada fase del encargo. Podrás confirmar su colegiación en el Censo General de Letrados de la Abogacía Española.

03

Decide cómo seguir

El servicio jurídico lo presta bajo su responsabilidad el abogado colegiado que acepte el asunto. Una vez formalizado el encargo, acordaréis la documentación necesaria y el siguiente paso.

Preguntas frecuentes

Preguntas del trabajador afectado

Información general para preparar tu consulta. La valoración de tu caso corresponde al abogado que lo estudie.

¿Estar en ERTE equivale a estar despedido?

No. La suspensión o reducción es temporal. Si recibes además una extinción, debe analizarse separadamente su causa y su plazo.

¿Puedo reclamar aunque lo hayan acordado los representantes?

Puede haber cuestiones individuales revisables, pero el acuerdo y los posibles procedimientos colectivos condicionan el análisis. Es necesario conocer su contenido.

¿La papeleta de conciliación siempre es el primer paso?

No. Estas impugnaciones están entre las excepciones legales a la conciliación previa. Debe elegirse la vía antes de presentar escritos que no correspondan.

¿Se analiza también un error del SEPE?

Puede incluirse o presupuestarse aparte. La resolución de prestaciones tiene su propia vía y no debe confundirse con la impugnación de la medida de la empresa.

Empezamos por escucharte

Indica qué te han comunicado y cómo se está aplicando

El portal recibe tu consulta inicial. Confirmaremos si hay un abogado disponible para valorarla. Antes de contratar conocerás al profesional, el alcance y las condiciones del encargo.

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Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Contar qué duda quieres resolver
  • Indicar si has recibido una comunicación

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