Leer operación y acto
Contrastar escritura, autoliquidación y propuesta o liquidación.
Fiscal · Consulta jurídica
Antes de discutir la cuota, aclaremos por qué te la exigen.
¿Te han liquidado ITP o AJD por una compra, una escritura u otra operación? Revisaremos qué hecho se grava, qué normativa se aplica y si la liquidación responde a lo que realmente ocurrió.

Empecemos por lo que te preocupa
Información para decidir
El recurso puede discutir que la operación tribute por esa modalidad, quién debe pagar o un beneficio fiscal. Si el único desacuerdo es el valor del inmueble, se coordina con la revisión específica de valoraciones.
Contrastar escritura, autoliquidación y propuesta o liquidación.
Distinguir transmisiones patrimoniales, operaciones societarias y AJD.
Revisar fecha, territorio, requisitos y compatibilidades.
Preparar alegaciones, rectificación o recurso y valorar el pago.
Qué grava Hacienda
No toda operación documentada tributa de la misma forma.
Se analizan transmisión, adjudicación, préstamo, modificación u otro negocio, además de la condición de las partes. La relación con el IVA y las incompatibilidades entre modalidades impide resolver el caso sólo por el título de la escritura.
El sujeto pasivo se determina legalmente. Que comprador y vendedor hayan distribuido gastos entre ellos no cambia por sí solo a quién puede exigir el tributo la Administración.
Cuota y requisitos
Las reglas autonómicas y regímenes especiales no son iguales en toda España.
Se comprueban requisitos personales, destino del bien, documentación y condiciones que deben mantenerse. Una ventaja que se aplicó a un familiar o en otra comunidad no demuestra que corresponda en este expediente.
Puede discutirse sujeción, base, tipo o pérdida de un beneficio. Separar cada motivo permite aportar prueba útil y evitar un escrito centrado en el valor cuando Hacienda está cuestionando otro requisito.
Cómo actuar
La notificación y su fecha orientan el siguiente paso.
Se identifica si procede alegar, rectificar una autoliquidación o impugnar una liquidación y ante qué órgano. La vía depende también de la administración competente y no debe duplicarse indiscriminadamente con recursos simultáneos.
Presentar un recurso no suspende por sí solo cualquier deuda. Se estudian pago, suspensión y garantías, así como posibles intereses. El presupuesto concreta la fase administrativa, una eventual reclamación económico-administrativa y la vía judicial si fuera necesaria.
Para aprovechar la consulta
Puedes escribirnos aunque te falte algún documento. Explica qué tienes y qué necesitas aclarar.
Escritura, contratos y anexos.
Autoliquidaciones y pagos de ITP, AJD o IVA relacionados.
Documentos personales y del destino exigido.
Propuesta, liquidación y notificaciones.
Un primer paso sencillo
No necesitas conocer el nombre del procedimiento. Explica qué ha pasado, qué te gustaría resolver y si hay alguna fecha próxima.
Recibimos tu consulta y comprobamos la disponibilidad de un abogado que pueda estudiar el asunto. Indica también la localidad relacionada con el caso.
Antes de contratar se confirma la identidad del abogado, el trabajo incluido, los honorarios y los posibles gastos. Podrás aclarar qué cubre cada fase del encargo. Podrás confirmar su colegiación en el Censo General de Letrados de la Abogacía Española.
El servicio jurídico lo presta bajo su responsabilidad el abogado colegiado que acepte el asunto. Una vez formalizado el encargo, acordaréis la documentación necesaria y el siguiente paso.
Preguntas frecuentes
Información general para preparar tu consulta. La valoración de tu caso corresponde al abogado que lo estudie.
Son modalidades con hechos imponibles y reglas diferentes dentro del impuesto. Su relación depende de la operación.
Puede existir una vía de rectificación o devolución, pero hay que examinar procedimiento, plazo y actos administrativos previos.
No. Deben comprobarse territorio, fecha y normativa específica.
No automáticamente. La suspensión se estudia y, cuando corresponde, se solicita por su cauce.
Empezamos por escucharte
El portal recibe tu consulta inicial. Confirmaremos si hay un abogado disponible para valorarla. Antes de contratar conocerás al profesional, el alcance y las condiciones del encargo.
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Si prefieres el correo: info@rubenpolabogados.com
El servicio jurídico lo presta el abogado colegiado que acepte tu asunto.