Conciliar importes
Comparar declaración, liquidación, pagos y devolución recibida.
Fiscal y aduanero · Servicio
recuperar un ingreso tributario
¿Has pagado un impuesto dos veces, ingresado de más o recibido una devolución inferior a la que esperabas? Revisamos de dónde viene el importe y qué procedimiento permite reclamarlo, con los justificantes y el cálculo bien ordenados.

Empecemos por lo que te preocupa
Información para decidir
El servicio distingue el derecho a devolver de la vía necesaria para reconocerlo y ejecutarlo.
Comparar declaración, liquidación, pagos y devolución recibida.
Separar duplicidad, exceso de ingreso y devolución propia del impuesto.
Comprobar rectificación, solicitud de devolución o recurso procedente.
Presentar la prueba y revisar principal, intereses y ejecución cuando correspondan.
EL DINERO
No todas las devoluciones tributarias tienen el mismo origen.
Un pago duplicado o superior a la deuda puede justificar una devolución. El expediente debe identificar quién pagó, por qué concepto y qué parte no debía haberse ingresado; un movimiento bancario aislado puede ser insuficiente.
Un resultado a devolver en una declaración no equivale necesariamente a un ingreso indebido. Esa diferencia influye en el procedimiento, la comprobación de la Administración y las reglas sobre intereses.
EL PROCEDIMIENTO
Una solicitud genérica no sustituye siempre a la rectificación o al recurso necesario.
Se comprueba el sistema de corrección previsto para ese impuesto y periodo. En ámbitos donde existe autoliquidación rectificativa no debe utilizarse automáticamente una antigua solicitud escrita, y también pueden existir excepciones a ese sistema.
Si el ingreso procede de un acto firme, pedir la devolución no elimina su firmeza. Es necesario estudiar si existe una vía especial de revisión legalmente admisible; no todo error permite reabrir una liquidación cerrada.
LA RECLAMACIÓN
La respuesta se prepara sobre la cantidad y el motivo concretos.
Se separa lo ya devuelto de la parte discutida y se revisa la motivación de la resolución. Esto evita reclamar de nuevo un importe satisfecho o dejar sin contestar la razón por la que se denegó el resto.
Cuando procedan intereses, su régimen y periodo dependen del tipo de devolución. Si el derecho ya está reconocido, el trabajo puede centrarse en su ejecución en lugar de iniciar otra vez la discusión de fondo.
Para aprovechar la consulta
Puedes escribirnos aunque te falte algún documento. Explica qué tienes y qué necesitas aclarar.
El documento del que salió el pago.
NRC, cargo, fecha e identificación de cada ingreso.
Qué se pagó, qué correspondía y qué se ha devuelto.
Solicitudes, requerimientos y resoluciones anteriores.
Un primer paso sencillo
No necesitas conocer el nombre del procedimiento. Explica qué ha pasado, qué te gustaría resolver y si hay alguna fecha próxima.
Recibimos tu consulta y comprobamos la disponibilidad de un abogado que pueda estudiar el asunto. Indica también la localidad relacionada con el caso.
Antes de contratar se confirma la identidad del abogado, el trabajo incluido, los honorarios y los posibles gastos. Podrás aclarar qué cubre cada fase del encargo. Podrás confirmar su colegiación en el Censo General de Letrados de la Abogacía Española.
El servicio jurídico lo presta bajo su responsabilidad el abogado colegiado que acepte el asunto. Una vez formalizado el encargo, acordaréis la documentación necesaria y el siguiente paso.
Preguntas frecuentes
Información general para preparar tu consulta. La valoración de tu caso corresponde al abogado que lo estudie.
Debe comprobarse que existe duplicidad real y quién tiene derecho a solicitarla. Los justificantes permiten vincular ambos ingresos con una misma obligación.
No. Importan el origen de la devolución, las fechas y el procedimiento aplicable.
No siempre. Hay que elegir la corrección prevista para ese impuesto y periodo, evitando duplicar obligaciones o usar un modelo inadecuado.
No. Su revisión tiene causas y vías limitadas que deben estudiarse antes de solicitar una devolución.
Empezamos por escucharte
El portal recibe tu consulta inicial. Confirmaremos si hay un abogado disponible para valorarla. Antes de contratar conocerás al profesional, el alcance y las condiciones del encargo.
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