Cuéntanos qué deudas tienes y qué pago ya no puedes afrontarEmpieza contándonos qué ha pasado

Cuando las deudas ya no encajan

Abogados de insolvencias

¿No puedes seguir pagando o te debe dinero una empresa en dificultades? Te ayudamos a encontrar un abogado que estudie tu situación y la vía que corresponde.

Con tus palabras Servicio por abogados colegiados Honorarios claros
Ilustración de una persona con una carpeta
Explícalo con tus palabrasNosotros te ayudamos a situar el primer paso.
Información para orientarte antes de contratar

Primero, una visión completa

Qué puede hacer un abogado ante una insolvencia

El objetivo de la primera revisión es saber qué está pasando y qué decisiones necesitas tomar. Refinanciar, negociar y acudir a un procedimiento no son soluciones intercambiables.

01

Poner cifras a la situación

Se contrastan ingresos, gastos necesarios, bienes y vencimientos con la lista de acreedores. Tener patrimonio no significa disponer de dinero para pagar ahora; un recibo impagado tampoco describe por sí solo toda la situación.

02

Comparar opciones reales

Se valora si existe margen para un acuerdo sostenible o si corresponde estudiar una vía concursal. La propuesta debe explicar sus condiciones, costes y efectos, no limitarse a reducir la siguiente cuota.

03

Identificar riesgos personales

Conviene separar la deuda de la sociedad de los avales o compromisos que hayas firmado personalmente. Si administras una empresa, explica también qué decisiones y pagos se han realizado durante la dificultad.

04

Definir el trabajo y su alcance

Antes de contratar, el abogado responsable concretará si el encargo incluye diagnóstico, negociación, solicitud, seguimiento o defensa como acreedor. Una consulta inicial no equivale a la tramitación completa.

Ve al procedimiento que necesitas

Una ruta distinta para cada situación

Esta página sirve para orientarte entre alternativas. Si ya sabes en qué situación estás, puedes ir directamente al servicio correspondiente.

Negociar deudas

Si puedes sostener un nuevo calendario, interesa revisar el saldo, las garantías y las condiciones del acuerdo antes de asumir otra obligación.

Segunda oportunidad

Para personas físicas, incluidas las que desarrollan una actividad, puede estudiarse la exoneración cuando concurran sus requisitos. No significa cancelar automáticamente cualquier deuda.

Concurso de acreedores

Cuando la dificultad de pago exige una respuesta colectiva, hay que revisar el estado patrimonial y la vía aplicable. La guía concursal desarrolla sus fases y participantes.

Reestructuración de empresas

Si el negocio puede continuar, el análisis incluye la viabilidad y la negociación con acreedores. No basta con aplazar vencimientos sin explicar cómo se atenderán después.

Insolvencia de microempresas

Existe un procedimiento especial sujeto a condiciones propias. Para valorar si corresponde, hacen falta datos de actividad, plantilla, facturación y pasivo.

Acreedores de una empresa en concurso

Si quien te debe dinero entra en concurso, reúne la documentación del crédito y las comunicaciones recibidas. Cobrar una factura y participar en un concurso requieren actuaciones distintas.

Ley Concursal: vías y requisitos (abre otra pestaña)

Decisiones con fundamento

Tres comprobaciones antes de elegir una vía

El nombre del servicio no decide el procedimiento. La situación de pago, quién debe el dinero y lo que ya se ha tramitado son el punto de partida.

Situación presente y pagos próximos

La Ley Concursal diferencia situaciones de insolvencia y contempla instrumentos con presupuestos distintos. Explica tanto los impagos actuales como los vencimientos que prevés no poder atender.

Persona, sociedad y garantías

Identifica quién figura como deudor en cada contrato y quién avala. La deuda de una empresa y una garantía personal necesitan un análisis coordinado, aunque nazcan de la misma operación.

Procedimientos que ya existen

El Registro Público Concursal permite consultar publicaciones del procedimiento. Si aparece tu deudor, conserva la referencia y contrástala con las resoluciones y notificaciones del expediente.

Texto refundido de la Ley Concursal (abre otra pestaña) Consultar publicidad concursal (abre otra pestaña)

La fecha importa

Qué conviene revisar sin dejarlo para después

No hay un único plazo válido para todas las insolvencias. Conserva la fecha de cada comunicación para que el abogado pueda ordenar las actuaciones.

Una reclamación o embargo

Indica el día en que recibiste el documento, quién lo envía y si ya respondiste. Una negociación privada no permite dar por paralizadas otras actuaciones.

Pagos que no podrás atender

Si representas a una empresa, aporta previsiones de tesorería y las medidas ya adoptadas. La aparición de dificultades puede activar deberes que no conviene analizar cuando todo ha vencido.

Una propuesta para firmar

Revisa el calendario, el coste total, las garantías nuevas y qué ocurre si se incumple. Una cuota menor puede venir acompañada de compromisos que debas entender antes de aceptar.

Una publicación concursal

Si eres acreedor, lleva el anuncio, las resoluciones y la documentación del crédito. El momento del procedimiento determina qué puede pedirse y por qué cauce.

A tu ritmo, con el siguiente paso claro

De tu mensaje a un siguiente paso claro

La conversación inicial sirve para comprobar si el asunto puede estudiarse y qué información falta. No sustituye la entrevista ni el asesoramiento del abogado que acepte el encargo.

La modalidad de atención y la disponibilidad del profesional se confirman antes de contratar.

01

Cuéntanos tu situación

Recibimos tu consulta, tu localidad y la fase en la que te encuentras. Con esa información comprobamos la disponibilidad de un abogado para estudiar el asunto.

03

El abogado lleva el encargo

El servicio jurídico lo presta bajo su responsabilidad el abogado colegiado que acepte el asunto.

04

Decides con información

Si el profesional puede ayudarte, te explica cómo avanzar; si no, te indicará qué información falta o qué alternativa procede.

Una carpeta útil

Qué llevar a la consulta de insolvencias

No hace falta redactar un informe jurídico. Una lista ordenada y los documentos que la respaldan permiten empezar con más claridad.

  1. 01

    Relación de deudas

    Anota acreedor, titular de la deuda, saldo aproximado, cuota y vencimiento. Distingue lo que reconoces de lo que discutes, y señala si existe aval o garantía.

  2. 02

    Ingresos y gastos

    Reúne nóminas o datos de actividad, gastos habituales y previsiones de cobros. En una empresa, añade contabilidad disponible y obligaciones de pago próximas.

  3. 03

    Bienes y garantías

    Incluye inmuebles, vehículos, cuentas y otros activos, junto con sus cargas. Explica si pertenecen a varias personas y aporta los contratos de aval que hayas firmado.

  4. 04

    Reclamaciones y acuerdos

    Agrupa demandas, requerimientos, embargos, propuestas y justificantes de respuesta. Si ya hay expediente, incorpora su referencia y la última resolución.

Respuestas para situarte

Dudas al buscar un abogado de insolvencias

Antes de escoger un procedimiento, aclara qué necesitas resolver y qué información falta.

La vía y sus efectos se determinan al estudiar la documentación de tu caso.

¿Insolvencia significa no tener ningún bien?

No son lo mismo. Para preparar la consulta interesa saber qué tienes, qué debes y si puedes atender los pagos cuando vencen. Por eso conviene aportar también las cargas de los bienes y una previsión de tesorería.

¿Debo pedir otra financiación para seguir pagando?

Antes de decidir, compara la obligación nueva con el conjunto de tus deudas y tu capacidad de pago. Lleva la oferta completa: importe recibido, coste, duración, garantías y consecuencias del impago.

¿La segunda oportunidad sirve para cualquier deudor?

Es una vía que se estudia para personas físicas y tiene requisitos y límites. Una sociedad necesita otro análisis. El abogado revisará la naturaleza de las deudas y qué alternativas encajan; no se puede prometer la cancelación de todo.

¿Un autónomo sigue el mismo camino que una sociedad?

No hay que darlo por hecho. Aporta información de la actividad y aclara qué obligaciones están a tu nombre. También se comprobará si concurren los requisitos de un procedimiento especial.

¿Puedo negociar si todavía no he dejado de pagar?

Puedes pedir una revisión antes del primer impago. Una previsión realista de cobros y vencimientos permite analizar el margen de negociación y las alternativas antes de que se acumulen reclamaciones.

¿Un acuerdo con un acreedor resuelve las otras deudas?

Hay que revisar a quién vincula y qué regula ese acuerdo. Explica el conjunto de obligaciones: resolver una cuota aislada puede no solucionar el desequilibrio general.

¿Qué ocurre si he avalado a mi empresa?

El aval requiere su propia revisión. Aporta el contrato completo, posibles novaciones y reclamaciones recibidas para estudiar su alcance junto con la situación de la empresa.

¿Qué hago si mi cliente está en concurso?

Localiza el procedimiento y reúne contrato, facturas, justificantes de entrega, pagos y comunicaciones. El abogado podrá revisar tu posición como acreedor y las actuaciones correspondientes a la fase del expediente.

¿Contactar con un abogado detiene un embargo?

El contacto no produce ese efecto. Si has recibido una actuación de embargo, indica la fecha y aporta el documento para que se valore qué respuesta procede sin confundirla con una negociación de deudas.

¿Qué debo preguntar antes de contratar?

Quién llevará el asunto, qué actuaciones incluye el presupuesto, qué gastos pueden surgir y qué documentación falta. Pide que se distinga el estudio inicial de una negociación o de la tramitación de un procedimiento.

Empezamos por escucharte

Cuéntanos tu situación. Empezamos por entenderla.

El portal recibe tu consulta inicial. Confirmaremos si hay un abogado disponible para valorarla. Antes de contratar conocerás al profesional, el alcance y las condiciones del encargo.

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Si prefieres el correo: info@rubenpolabogados.com

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente tu situación
  • Contar qué duda quieres resolver
  • Indicar si has recibido una resolución o comunicación

El servicio jurídico lo presta el abogado colegiado que acepte tu asunto.

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