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Derecho mercantil · Servicio

Abogados para acreedores de empresas en concursoTu crédito necesita un lugar en el procedimiento.

Que tu cliente entre en concurso cambia la forma de defender lo que te debe. No basta con seguir enviándole facturas: hay que identificar el procedimiento y revisar cómo comunicar el crédito y comprobar su reconocimiento. Un abogado puede representarte como acreedor y explicar qué decisiones y plazos afectan a tu posición.

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Información para decidir

Cómo puede ayudarte un abogado como acreedor

El encargo se refiere a la defensa de quien tiene un crédito frente a la empresa concursada. Es diferente de asesorar al deudor para solicitar su concurso o reestructurar sus deudas.

01

Localizar el procedimiento

Identificar juzgado, resolución, administración concursal y publicaciones oficiales relevantes.

02

Preparar la comunicación

Desglosar concepto, cuantía, origen, vencimiento, garantías y clasificación solicitada, con documentos de respaldo.

03

Revisar el reconocimiento

Contrastar la lista de acreedores y reaccionar por la vía que corresponda si existe una discrepancia.

04

Seguir decisiones y cobros

Explicar propuestas, pagos, liquidación o incidencias y qué actuaciones requieren una decisión del acreedor.

La primera actuación

Comunicar el crédito de forma completa

La Ley Concursal prevé la comunicación de créditos anteriores a la declaración en el plazo indicado en el auto. Debe comprobarse el procedimiento concreto y sus particularidades.

Datos que no deberían faltar

La comunicación identifica al acreedor y el crédito, su concepto, cuantía, adquisición y vencimiento, así como la clasificación pretendida. Si existe una garantía, se aportan sus documentos y los bienes afectados. Conviene conservar prueba de envío y recepción por el cauce correcto.

Deudas con distintos momentos

No es igual una deuda anterior al concurso que una obligación generada posteriormente. Tampoco se debe agrupar sin explicación principal, intereses y garantías. El profesional revisa cada partida y evita dar por supuesto que toda factura nueva se pagará de inmediato.

Comprobar el resultado

Importe y clasificación pueden discutirse

Haber comunicado la deuda no sustituye la revisión de cómo queda recogida en el procedimiento.

Crédito omitido o reducido

Hay que localizar la lista y la comunicación correspondiente, comparar el saldo reconocido y revisar el plazo y cauce de impugnación. Si se han producido pagos o devoluciones, deben reflejarse. Una respuesta informal a la empresa no sustituye una actuación procesal cuando esta resulte necesaria.

Garantías y relaciones especiales

La existencia de garantías, subordinación u otras circunstancias puede afectar al tratamiento del crédito. También importa la relación del acreedor con la concursada. El análisis no debe limitarse a elegir la categoría que parezca permitir cobrar antes.

Conocer las opciones

El cobro depende del procedimiento y de los recursos disponibles

La defensa del crédito busca preservar los derechos del acreedor, pero no puede asegurar que la empresa tenga patrimonio suficiente.

Convenio, liquidación y propuestas

Cada fase puede plantear decisiones diferentes: aceptar condiciones, revisar realizaciones de activos o actuar frente a una incidencia. El abogado debe explicar qué efecto tiene una propuesta sobre tu crédito y qué alternativas son realmente posibles en esa fase.

Avalistas y otros obligados

Puede existir una garantía o un obligado distinto de la concursada, pero hay que revisar su alcance y la coordinación de actuaciones. No se puede cobrar dos veces la misma deuda. Una reclamación previa o una sentencia deben ponerse en conocimiento del profesional para evitar pasos incompatibles.

Para aprovechar la consulta

Documentos útiles para estudiar tu situación

Puedes escribirnos aunque te falte algún documento. Explica qué tienes y qué necesitas aclarar.

  1. 01

    Resolución y aviso

    Auto, comunicación de la administración concursal y publicaciones localizadas.

  2. 02

    Origen de la deuda

    Contrato, facturas, albaranes y documentos de aceptación.

  3. 03

    Cuadro del crédito

    Principal, intereses, vencimientos, pagos y conceptos separados.

  4. 04

    Garantías y reclamaciones

    Avales, garantías reales, demandas o resoluciones anteriores.

Un primer paso sencillo

Nos cuentas, lo situamos y decides.

No necesitas conocer el nombre del procedimiento. Explica qué ha pasado, qué te gustaría resolver y si hay alguna fecha próxima.

01

Cuéntanos tu situación

Recibimos tu consulta y comprobamos la disponibilidad de un abogado que pueda estudiar el asunto. Indica también la localidad relacionada con el caso.

02

Conoce al profesional y las condiciones

Antes de contratar se confirma la identidad del abogado, el trabajo incluido, los honorarios y los posibles gastos. Podrás aclarar qué cubre cada fase del encargo.

03

Decide cómo seguir

El servicio jurídico lo presta bajo su responsabilidad el abogado colegiado que acepte el asunto. Una vez formalizado el encargo, acordaréis la documentación necesaria y el siguiente paso.

Preguntas frecuentes

Dudas que conviene aclarar

Información general para preparar tu consulta. La valoración de tu caso corresponde al abogado que lo estudie.

¿Debo comunicarla si la empresa ya reconoce que me debe?

El reconocimiento previo no permite ignorar los trámites del concurso. Debe revisarse cómo comunicar y acreditar el crédito y después cómo aparece en la lista correspondiente.

¿Puedo seguir demandando por mi cuenta?

La declaración concursal puede afectar a procedimientos y ejecuciones. Hay que conocer la fecha, la clase de acción y su estado antes de iniciar o continuar una reclamación individual.

¿Qué pasa si he conocido tarde el concurso?

Debe revisarse cuanto antes la fase y los efectos de la comunicación tardía o de una posible omisión. No todas las situaciones tienen la misma consecuencia ni se resuelven enviando de nuevo una factura.

¿Reconocer mi crédito significa que cobraré todo?

No. La recuperación depende de los bienes, la clasificación, las reglas del procedimiento y las soluciones que se adopten. El reconocimiento protege una posición jurídica, no garantiza el pago íntegro.

Empezamos por escucharte

Cuéntanos qué te debe la empresa y qué aviso has recibido.

El portal recibe tu consulta inicial. Confirmaremos si hay un abogado disponible para valorarla. Antes de contratar conocerás al profesional, el alcance y las condiciones del encargo.

WhatsApp 24 h · 620 367 008Puedes dejarnos tu mensaje a cualquier hora.

Si prefieres el correo: info@rubenpolabogados.com

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Contar qué duda quieres resolver
  • Indicar si has recibido una comunicación

El servicio jurídico lo presta el abogado colegiado que acepte tu asunto.

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