Definir la estancia
Motivo, duración, itinerario y países de destino.
Extranjería y nacionalidad · Servicio
Prepara la solicitud o revisa la denegación
Para una visita corta a España, el expediente debe explicar el viaje, su financiación y las condiciones de regreso. Si el visado ya ha sido denegado, conviene responder al motivo concreto antes de repetir la misma solicitud.

Empecemos por lo que te preocupa
Información para decidir
El servicio abarca la preparación del visado de estancia corta y el estudio de una denegación consular. No es el permiso para trasladar tu residencia a España ni la defensa de una denegación en frontera.
Motivo, duración, itinerario y países de destino.
Alojamiento, medios, seguro y circunstancias personales.
Consulado adecuado y forma de presentación.
Motivos y posibles actuaciones con sus plazos.
Objeto
Turismo, visita familiar o determinados desplazamientos profesionales requieren documentación congruente.
El visado de corta estancia se encuadra normalmente en el límite de 90 días en cualquier periodo de 180. Las fechas de validez y el número de entradas no significan que puedas permanecer todo ese tiempo sin atender al límite autorizado.
Se revisan reservas, invitación y financiación en conjunto. Deben evitarse documentos ficticios o explicaciones de turismo cuando el propósito real sea residir o desarrollar una actividad no amparada.
Solicitud
No se debe escoger un consulado únicamente porque parezca más fácil conseguir cita.
Se comprueban residencia del solicitante, país de destino principal y recorrido cuando se visitan varios Estados. La presentación y los documentos concretos se ajustan a la oficina competente.
La acreditación debe explicar cómo se pagará la estancia y las circunstancias relevantes del solicitante. Una invitación puede justificar alojamiento, pero no sustituye seguro, recursos y demás requisitos.
Denegación
La notificación permite conocer qué motivo debe discutirse.
Se estudian los argumentos, prueba disponible y fechas del viaje. Una nueva solicitud y un recurso cumplen funciones distintas; el abogado puede valorar cuál responde a la incidencia sin prometer una concesión.
El visado no elimina los controles de entrada ni autoriza trabajar fuera de su alcance. Si la finalidad o las circunstancias cambian, conviene comprobar cómo afecta antes de viajar.
Para aprovechar la consulta
Puedes escribirnos aunque te falte algún documento. Explica qué tienes y qué necesitas aclarar.
Fechas, finalidad, itinerario y alojamiento.
Financiación y cobertura correspondiente a la estancia.
Residencia, actividad y documentos pertinentes de regreso.
Solicitud presentada y denegación completa, si existe.
Un primer paso sencillo
No necesitas conocer el nombre del procedimiento. Explica qué ha pasado, qué te gustaría resolver y si hay alguna fecha próxima.
Recibimos tu consulta y comprobamos la disponibilidad de un abogado que pueda estudiar el asunto. Indica también la localidad relacionada con el caso.
Antes de contratar se confirma la identidad del abogado, el trabajo incluido, los honorarios y los posibles gastos. Podrás aclarar qué cubre cada fase del encargo. Podrás confirmar su colegiación en el Censo General de Letrados de la Abogacía Española.
El servicio jurídico lo presta bajo su responsabilidad el abogado colegiado que acepte el asunto. Una vez formalizado el encargo, acordaréis la documentación necesaria y el siguiente paso.
Preguntas frecuentes
Información general para preparar tu consulta. La valoración de tu caso corresponde al abogado que lo estudie.
No. Su vigencia y entradas deben distinguirse de la duración máxima de cada estancia y del cómputo aplicable.
Hay que respetar la competencia consular según residencia y destino del viaje; no es una elección libre entre oficinas.
No. La invitación no sustituye el análisis de todos los requisitos y debe responder a un alojamiento real.
No. El recurso permite discutir la decisión con argumentos y prueba, pero su resultado depende del expediente.
Empezamos por escucharte
El portal recibe tu consulta inicial. Confirmaremos si hay un abogado disponible para valorarla. Antes de contratar conocerás al profesional, el alcance y las condiciones del encargo.
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El servicio jurídico lo presta el abogado colegiado que acepte tu asunto.