Identificar bienes y cobertura
Comprobar interés asegurado, ubicación y condiciones.
Seguros empresariales · Consulta jurídica
El daño, su causa y su valoración deben revisarse por separado.
¿Tu negocio ha sufrido daños y el seguro los rechaza o valora por debajo de lo esperado? Revisaremos la póliza, el motivo de la respuesta y las pruebas del siniestro.

Empecemos por lo que te preocupa
Información para decidir
Esta consulta se centra en bienes asegurados del negocio: instalaciones, maquinaria, mobiliario o existencias. La pérdida de beneficios y la responsabilidad por daños a terceros son coberturas distintas, aunque puedan coexistir.
Comprobar interés asegurado, ubicación y condiciones.
Ordenar causa, alcance y medidas de salvamento.
Contrastar reparación, reposición, límites y franquicias.
Distinguir desacuerdo técnico sobre importe y discusión jurídica de cobertura.
Qué ha ocurrido
La causa y el objeto asegurado deben encajar con las condiciones.
Se revisan continente, contenido, maquinaria y existencias incluidos, ubicaciones y exclusiones. Ser propietario del local o explotarlo en alquiler puede cambiar qué interés se ha asegurado y qué daños corresponde reclamar.
Conviene comunicar el siniestro conforme a la póliza, documentar desperfectos y adoptar medidas razonables para reducir daños. Antes de retirar restos o reparar, se procura conservar prueba y coordinar inspección sin descuidar seguridad.
Cuánto se reclama
El cálculo debe explicar cada partida y el criterio utilizado.
Presupuestos, facturas e inventarios permiten discutir reparación, reposición y depreciación cuando corresponda. Se revisan franquicias, sublímites y tratamiento pactado; el precio de compra original no determina siempre por sí solo la indemnización.
Si la suma asegurada es inferior al valor del interés puede entrar en juego la regla proporcional, salvo exclusión válida u otro régimen aplicable. Si hay varias pólizas, se coordinan sin duplicar indemnizaciones por encima del daño.
Cómo discutir la respuesta
Elegir la vía depende del verdadero desacuerdo.
La Ley de Contrato de Seguro contempla un procedimiento pericial para determinados desacuerdos de valoración. Sus designaciones y plazos requieren atención. No debe usarse como sustituto automático del análisis jurídico de si existe cobertura.
Se revisan rechazo, oferta, pagos a cuenta y posibles renuncias antes de firmar una liquidación. El presupuesto distingue abogado, perito y fases de reclamación. Los daños extraordinarios o regímenes especiales se encauzan según su normativa, sin prometer que toda pérdida corresponde al asegurador privado.
Para aprovechar la consulta
Puedes escribirnos aunque te falte algún documento. Explica qué tienes y qué necesitas aclarar.
Condiciones y suplementos vigentes.
Parte, fotos, informes y medidas adoptadas.
Inventario, títulos, facturas y presupuestos.
Informe pericial, oferta y pagos recibidos.
Un primer paso sencillo
No necesitas conocer el nombre del procedimiento. Explica qué ha pasado, qué te gustaría resolver y si hay alguna fecha próxima.
Recibimos tu consulta y comprobamos la disponibilidad de un abogado que pueda estudiar el asunto. Indica también la localidad relacionada con el caso.
Antes de contratar se confirma la identidad del abogado, el trabajo incluido, los honorarios y los posibles gastos. Podrás aclarar qué cubre cada fase del encargo. Podrás confirmar su colegiación en el Censo General de Letrados de la Abogacía Española.
El servicio jurídico lo presta bajo su responsabilidad el abogado colegiado que acepte el asunto. Una vez formalizado el encargo, acordaréis la documentación necesaria y el siguiente paso.
Preguntas frecuentes
Información general para preparar tu consulta. La valoración de tu caso corresponde al abogado que lo estudie.
No necesariamente. La pérdida de beneficios es una cobertura propia que debe revisarse aparte.
La seguridad y evitar agravar daños importan. Conviene documentar y comunicar lo necesario para no perder prueba sobre causa y alcance.
Puede existir discrepancia y cauce para discutirla. Hay que revisar si se trata de cuantificación, cobertura o ambas.
Depende de cómo se documente. Se revisan recibos, reservas y posibles cláusulas de finiquito antes de firmar.
Empezamos por escucharte
El portal recibe tu consulta inicial. Confirmaremos si hay un abogado disponible para valorarla. Antes de contratar conocerás al profesional, el alcance y las condiciones del encargo.
WhatsApp 24h · 620 367 008Puedes dejarnos tu mensaje a cualquier hora.
Si prefieres el correo: info@rubenpolabogados.com
El servicio jurídico lo presta el abogado colegiado que acepte tu asunto.