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Asilo · Recursos

Abogados para recurrir protección internacional

La resolución y la fecha del expediente cambian la respuesta

Ante una denegación o inadmisión de protección internacional, conviene revisar inmediatamente la resolución completa y su notificación. El abogado estudia el motivo, la prueba y el régimen aplicable para preparar la impugnación y aclarar el derecho de permanencia durante el recurso.

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Información para decidir

Cómo estudiar una resolución desfavorable de asilo

Recurrir exige trabajar sobre lo declarado, la entrevista y la motivación administrativa. La solicitud inicial, la protección temporal y una autorización humanitaria no son procedimientos equivalentes.

01

Asegurar la notificación

Conservar resolución, recepción y pie de recursos.

02

Identificar el régimen

Comprobar fecha de formalización y tipo de procedimiento.

03

Revisar hechos y prueba

Contrastar entrevista, información del país y datos personales.

04

Preparar recurso y medidas

Definir argumentos y efectos sobre permanencia y documentación.

Fundamento

La impugnación debe responder al motivo real

Una inadmisión y una denegación sobre el fondo exigen argumentos distintos.

Riesgo y credibilidad

Se examinan las razones por las que no se acepta el relato o su encaje jurídico. Las contradicciones deben explicarse con hechos y contexto; no se corrigen inventando una historia nueva.

Prueba relevante

Informes, mensajes y hechos posteriores pueden ser pertinentes si se explica su origen y relación con el riesgo. La información general del país debe conectarse con las circunstancias de la persona.

Fecha

La reforma europea obliga a distinguir expedientes

No puede aplicarse una guía antigua a todas las resoluciones notificadas hoy.

Solicitudes anteriores y posteriores

El Reglamento 2024/1348 se aplica a solicitudes formalizadas desde el 12 de junio de 2026; las anteriores mantienen el régimen transitorio previsto en su artículo 79.3. La retirada de protección tiene también una regla temporal específica.

Vía y plazo

Deben comprobarse procedimiento ordinario, acelerado o fronterizo, órgano y fecha de notificación. La instrucción española de junio de 2026 adapta los recursos al nuevo marco; no hay un plazo universal ni procede recomendar siempre una reposición previa.

Permanencia

Qué sucede mientras se resuelve el recurso

La defensa debe aclarar tanto el recurso como la posibilidad de permanecer y documentarlo.

Regla y excepciones

En el nuevo marco, el artículo 68 reconoce una regla de permanencia durante el plazo y el primer recurso judicial presentado a tiempo. Sus excepciones incluyen determinadas inadmisiones, como la fundada en tercer país seguro, y algunas denegaciones aceleradas, fronterizas o posteriores. Debe revisarse si se requiere una decisión judicial sobre permanencia y qué garantías específicas corresponden a menores.

Medidas y documentación

Cuando sea necesaria una petición específica, debe prepararse dentro de su plazo. No se puede asegurar el mismo efecto por presentar cualquier escrito; también se revisan las consecuencias concretas sobre documentación y habilitación laboral.

Para aprovechar la consulta

Documentos para revisar la denegación

Puedes escribirnos aunque te falte algún documento. Explica qué tienes y qué necesitas aclarar.

  1. 01

    Resolución y recepción

    Texto íntegro y fecha de notificación.

  2. 02

    Solicitud y entrevista

    Formalización, declaraciones e incidencias de interpretación.

  3. 03

    Prueba personal

    Documentos de riesgo y hechos posteriores.

  4. 04

    Situación actual

    Tarjetas, recursos, medidas y notificaciones de retorno.

Un primer paso sencillo

Nos cuentas, lo situamos y decides.

No necesitas conocer el nombre del procedimiento. Explica qué ha pasado, qué te gustaría resolver y si hay alguna fecha próxima.

01

Cuéntanos tu situación

Recibimos tu consulta y comprobamos la disponibilidad de un abogado que pueda estudiar el asunto. Indica también la localidad relacionada con el caso.

02

Conoce al profesional y las condiciones

Antes de contratar se confirma la identidad del abogado, el trabajo incluido, los honorarios y los posibles gastos. Podrás aclarar qué cubre cada fase del encargo. Podrás confirmar su colegiación en el Censo General de Letrados de la Abogacía Española.

03

Decide cómo seguir

El servicio jurídico lo presta bajo su responsabilidad el abogado colegiado que acepte el asunto. Una vez formalizado el encargo, acordaréis la documentación necesaria y el siguiente paso.

Preguntas frecuentes

Preguntas sobre recursos de asilo

Información general para preparar tu consulta. La valoración de tu caso corresponde al abogado que lo estudie.

¿Todas las denegaciones tienen el mismo plazo?

No. La fecha de formalización, el procedimiento y la resolución determinan la vía y el plazo. Deben revisarse desde la recepción.

¿Tengo que presentar siempre reposición antes de ir al juzgado?

No. Debe identificarse el régimen aplicable y la vía efectiva; una recomendación universal puede hacer perder un plazo judicial.

¿Recurrir me permite quedarme siempre?

No en todos los casos. El nuevo marco contiene una regla de permanencia y excepciones que pueden requerir una petición judicial específica.

¿Puedo aportar hechos nuevos?

Pueden ser relevantes, pero debe justificarse su relación con la protección y aportarlos por el cauce adecuado. Una solicitud repetida no sustituye automáticamente al recurso.

Empezamos por escucharte

Indica cuándo formalizaste la solicitud y recibiste la resolución

El portal recibe tu consulta inicial. Confirmaremos si hay un abogado disponible para valorarla. Antes de contratar conocerás al profesional, el alcance y las condiciones del encargo.

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  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Contar qué duda quieres resolver
  • Indicar si has recibido una comunicación

El servicio jurídico lo presta el abogado colegiado que acepte tu asunto.

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