Reconstruir la atención
Ordenar consultas, pruebas, tratamientos, intervenciones y evolución para concretar qué actuación se cuestiona y localizar los documentos relevantes.
Tu asistencia, tus documentos y tus opciones de reclamación.
Si buscas abogados de negligencias médicas en Coruña, quizá tengas dudas sobre un diagnóstico, una intervención o la atención recibida. Un resultado adverso no demuestra por sí solo una negligencia: el punto de partida es reconstruir la asistencia, identificar el daño y estudiar si existe una relación que permita reclamar.

Empecemos por lo que te preocupa
Información para decidir
Un abogado puede ayudarte a ordenar lo sucedido, comprobar qué responsabilidad cabe estudiar y decidir qué documentación o valoración técnica hace falta. La primera revisión también debe aclarar los plazos, los costes y el alcance de las actuaciones que se planteen.
El servicio jurídico lo presta bajo su responsabilidad el abogado colegiado que acepte el asunto. Antes de contratar conocerás su identidad, el trabajo incluido, los honorarios y los posibles gastos.
Ordenar consultas, pruebas, tratamientos, intervenciones y evolución para concretar qué actuación se cuestiona y localizar los documentos relevantes.
Distinguir el daño de una posible actuación negligente y estudiar si conviene una valoración pericial sobre la asistencia, sus consecuencias y la relación entre ambas.
Identificar si corresponde responsabilidad patrimonial, una acción civil privada u otra vía, y revisar la reclamación previa, el medio adecuado de solución de controversias (MASC) cuando proceda y los plazos del caso.
Concretar los perjuicios que pueden justificarse, los destinatarios y el alcance del encargo, incluidos perito, procurador, negociación o actuaciones judiciales cuando sean necesarios.
Cada consulta, bien situada
Estas situaciones pueden dar lugar a una consulta jurídica. Su presencia no demuestra por sí sola negligencia: hay que valorar la asistencia, los daños y la relación entre ambos.
Estudio de dudas sobre pruebas, derivaciones, diagnóstico o seguimiento, atendiendo a la información disponible en cada momento y a la repercusión del posible retraso.
Revisión de documentación quirúrgica, anestesia, evolución y cuidados posteriores para diferenciar riesgos de la intervención y posibles deficiencias de la asistencia.
Reconstrucción de la secuencia de atención, exploraciones, pruebas, decisiones y altas. Los registros permiten estudiar el contexto, sin juzgar la asistencia solo por su desenlace.
Valoración jurídica de una posible incidencia en la indicación, administración o seguimiento del tratamiento, con la documentación clínica y el apoyo técnico que el asunto requiera.
Organización de los documentos del embarazo, parto o atención pediátrica y de las personas afectadas. Deben distinguirse los daños, el acceso a la historia y la representación que corresponda.
Análisis de la información recibida, el consentimiento que procedía y su documentación. Firmar un formulario y recibir información suficiente son cuestiones que deben estudiarse en su contexto.
Ley 41/2002, autonomía del paciente e información y documentación clínica (abre otra pestaña)
Información útil para tu zona
Estos recursos pertenecen a los servicios públicos indicados. Para escoger el canal adecuado importa dónde, por quién y bajo qué cobertura se prestó la asistencia, no sólo tu domicilio.
El acceso del Sergas a la Historia Clínica Digital del Sistema Nacional de Salud permite consultar, guardar o imprimir los documentos disponibles mediante identificación electrónica. Puede ayudarte a reunir informes antes de pedir al centro otros datos del episodio que quieras revisar. Es importante distinguir ese acceso documental de una reclamación asistencial: las opciones relativas a accesos injustificados a la historia tratan la protección de los datos, no la valoración de una posible negligencia médica.
CONTACTE del Sergas separa las consultas y aportaciones generales del apartado identificado de reclamaciones, al que se accede con los medios de identificación admitidos. Esa separación ayuda a elegir el canal adecuado cuando el escrito se refiere a tu propia asistencia y a conservar constancia de lo presentado. El portal aclara que las reclamaciones no son recursos administrativos ni interrumpen sus plazos. Si además pretendes una indemnización, habrá que concretar la petición, la vía y los plazos correspondientes al daño.
Servicio Galego de Saúde; HCDSNS: Historia Clínica Digital del SNS — acceso SERGAS (abre otra pestaña) Xunta de Galicia; SERGAS: CONTACTE (abre otra pestaña)
Para ampliar la información
Puedes ampliar cada tema en la página nacional. La vía y los plazos se estudian según los hechos y la relación asistencial, no por la localidad de esta página.
Amplía cómo se distingue el mal resultado de una posible negligencia y qué aportan historia, consentimiento y pericia. Consulta asistencia, documentación y prueba.
Consulta qué cambia entre Administración, asistencia privada, intento de acuerdo y posible vía penal. Consulta vías de reclamación y negociación.
Distingue prescripción, silencio, recurso, valoración de perjuicios y gastos antes de decidir. Consulta plazos, daños y costes.
Ley 41/2002, autonomía del paciente e información y documentación clínica (abre otra pestaña) Ley 39/2015, Procedimiento Administrativo Común (abre otra pestaña) Código Civil, texto consolidado (abre otra pestaña) Ley Orgánica 1/2025, eficiencia del Servicio Público de Justicia (abre otra pestaña)
Lo importante en tu situación
Las fechas y el alcance del encargo se revisan mientras se reúne la documentación. Puedes aclararlas antes de decidir cómo seguir.
Localiza las fechas de la asistencia, la evolución de las lesiones, los escritos que hayas presentado y las respuestas recibidas. Pedir la historia clínica o encargar una pericia no supone por sí solo detener el plazo para reclamar. El abogado revisará la vía, la acción y las circunstancias que afecten al cómputo; una queja y una reclamación de indemnización no son automáticamente equivalentes.
Estudiar la documentación, solicitar una valoración pericial, negociar y llevar un procedimiento son actuaciones distintas. Conviene concretar qué se incluye, los honorarios del abogado y los posibles gastos de perito, procurador o recursos. Las costas judiciales son una cuestión diferente del precio pactado; si existe seguro de defensa jurídica o se solicita justicia gratuita, habrá que revisar sus condiciones.
Ley 39/2015, Procedimiento Administrativo Común (abre otra pestaña) Código Civil, texto consolidado (abre otra pestaña) Ley Orgánica 1/2025, eficiencia del Servicio Público de Justicia (abre otra pestaña) Real Decreto 135/2021, Estatuto General de la Abogacía Española (abre otra pestaña) Servicio Galego de Saúde; HCDSNS: Historia Clínica Digital del SNS — acceso SERGAS (abre otra pestaña) Xunta de Galicia; SERGAS: CONTACTE (abre otra pestaña)
A tu ritmo, con el siguiente paso claro
Estos pasos sirven para ordenar el estudio del caso. La revisión de fechas se realiza desde el inicio, en paralelo a la obtención de informes y a las decisiones sobre prueba o negociación.
La modalidad de atención y la disponibilidad del profesional se confirman antes de contratar.
Indica las fechas, los centros y profesionales que figuran en tus documentos, el problema que aprecias y las actuaciones que ya has realizado.
Localiza historia clínica, pruebas, consentimientos, altas y evolución posterior. Se concretará qué falta y si es necesario un estudio pericial.
Estudia frente a quién reclamar, qué perjuicios pueden acreditarse y qué pasos previos exige esa vía. Las reclamaciones y notificaciones existentes forman parte de esa revisión.
Compara las opciones, su fundamento, costes y riesgos. El encargo puede comprender reclamación, negociación o procedimiento judicial, según lo acordado y lo que resulte procedente.
Para aprovechar la consulta
Puedes empezar con los documentos que ya tengas. El abogado te indicará qué información es necesaria para estudiar el asunto y cómo completar la historia o acreditar los perjuicios.
Informes de consultas, urgencias, ingreso y alta; resultados de pruebas; intervención, anestesia o enfermería cuando procedan; y documentación de la evolución posterior.
Consentimientos, documentos informativos, instrucciones recibidas y comunicaciones relevantes con el centro o profesional, conservando sus fechas y contenido.
Informes sobre lesiones o secuelas y justificantes de gastos o pérdida de ingresos que se quieran estudiar. Cada concepto necesita relación con los hechos y una base para su valoración.
Escritos presentados, justificantes de registro o recepción, respuestas, notificaciones y documentos del seguro o contratación privada que ayuden a identificar responsables y fechas.
Cada duda, en su lugar
Una indemnización por asistencia sanitaria y una prestación por incapacidad son cuestiones diferentes. Si la responsabilidad sanitaria debe reclamarse por la vía civil, puedes ampliar cómo se plantean las obligaciones, la prueba y la reparación del daño. Si las secuelas dificultan tu trabajo, puede ser útil estudiar una incapacidad permanente por sus propios requisitos, al margen de que exista o no negligencia. Si además necesitas aclarar una prestación, una baja o una resolución del INSS u otro organismo, ese expediente requiere un estudio separado de la reclamación sanitaria.
Preguntas frecuentes
Respuestas para situar la consulta, sin complicarte el primer paso.
Información general actualizada el 8 de septiembre de 2026. La valoración de tu caso corresponde al abogado que lo estudie.
Conviene revisar qué atención se prestó, qué daño se produjo y si existe una relación entre ambos. Una complicación, un diagnóstico que cambia o un resultado no esperado no bastan por sí solos. La historia clínica y, cuando sea necesario, una valoración pericial permiten estudiar el asunto con más fundamento.
No necesariamente. La responsabilidad de una Administración tiene un procedimiento patrimonial y control contencioso-administrativo; una reclamación privada puede seguir la vía civil. Hay que identificar la relación asistencial, los posibles responsables y las aseguradoras. El MASC puede ser exigible en civil privado, mientras que la LO 1/2025 excluye los asuntos con una entidad del sector público.
Empieza por los informes que tengas y una relación de fechas. También son útiles los consentimientos, pruebas, altas, evolución posterior y cualquier reclamación o respuesta. No necesitas resolver antes por tu cuenta si existe negligencia: se concretará qué falta y puedes solicitar copia de tu historia al centro o profesional que la custodia.
No. Puedes consultar sin llevar un informe pericial privado. La pericia puede ser muy importante para valorar la actuación y la causalidad, pero su necesidad y momento dependen del caso y de la vía. Si se prevé un juicio, debe planificarse la prueba sin perder de vista el plazo para reclamar.
Sí. La firma debe valorarse junto con la información proporcionada, los riesgos y la asistencia efectivamente prestada. No exonera por sí sola una actuación negligente. Tampoco toda falta de firma implica responsabilidad: el consentimiento es verbal como regla y la ley concreta cuándo debe ser escrito.
Depende de la vía y de cuándo pudo ejercitarse la acción. En responsabilidad patrimonial existe una regla anual; para daños físicos o psíquicos, se cuenta desde la curación o la determinación del alcance de las secuelas. En civil privado deben distinguirse, entre otras cuestiones, responsabilidad contractual, extracontractual y ley aplicable. Una queja, pedir informes o seguir en tratamiento no garantizan que el plazo quede detenido.
Debe valorarse el daño concreto y su relación con la asistencia: lesiones, secuelas, repercusión personal y perjuicios económicos acreditables, entre otros conceptos que procedan. Los baremos pueden servir de referencia en los términos legales, pero no hay una cantidad fija ni una indemnización garantizada para todas las negligencias.
El encargo debe aclarar los honorarios y qué actuaciones incluye, además de posibles gastos de perito, procurador o recursos y el riesgo de costas. Si reúnes los requisitos, puedes solicitar justicia gratuita; su reconocimiento y la cobertura pericial tienen condiciones propias. Una póliza de defensa jurídica también debe revisarse por su cobertura y límites.
Empezamos por escucharte
El portal recibe tu consulta inicial. Confirmaremos si hay un abogado disponible para valorarla. Antes de contratar conocerás al profesional, el alcance y las condiciones del encargo.
WhatsApp 24 h · 620 367 008Puedes dejarnos tu mensaje a cualquier hora.
Si prefieres el correo: info@rubenpolabogados.com
El servicio jurídico lo presta el abogado colegiado que acepte tu asunto.