Comprobar resolución y fechas
Revisar la sentencia completa, su notificación y cuándo comenzó el proceso.
Derecho civil · Revisión de sentencias
Revisa qué puedes recurrir y el plazo para hacerlo
¿La sentencia no te da la razón o concede menos de lo que reclamabas? El primer paso es leerla junto con el expediente y la notificación para valorar si cabe apelar, qué se puede pedir y hasta cuándo.

Empecemos por lo que te preocupa
Información para decidir
La apelación permite solicitar la revisión de una resolución recurrible por un tribunal superior. El abogado estudia los errores que pueden discutirse, la utilidad de lo que se pide y los riesgos económicos antes de preparar el recurso.
Una segunda opinión puede ayudarte a decidir, pero no equivale a encargar la apelación. Conviene confirmar expresamente quién asume el recurso y el control de sus plazos.
Revisar la sentencia completa, su notificación y cuándo comenzó el proceso.
Contrastar lo resuelto con las peticiones, documentos, prueba y grabaciones.
Concretar qué se pretende cambiar y explicar las opciones y sus riesgos.
Formalizar el encargo y coordinar abogado, procurador y presentación.
Antes de decidir
El tipo de procedimiento y la resolución concreta importan tanto como el resultado del juicio.
La Ley de Enjuiciamiento Civil permite apelar las sentencias de primera instancia, con excepciones. Entre ellas están las dictadas en juicios verbales seguidos por razón de la cuantía cuando esta no supera 3.000 euros. Esa exclusión no se aplica sin más a cualquier juicio verbal: hay que comprobar si se siguió por cuantía o por materia.
Puede discutirse la desestimación de una reclamación, una condena, una cantidad concedida o un pronunciamiento sobre costas. La petición debe vincularse a los puntos que te perjudican y a lo debatido en primera instancia. La apelación no permite empezar de nuevo con una reclamación diferente.
En determinados procesos de desahucio, indemnización por accidentes de circulación o deudas con una comunidad de propietarios existen exigencias específicas de pago, depósito o consignación para recurrir. Se revisan antes de presentar el escrito, además de los requisitos generales de la apelación.
Notificación y presentación
Conserva el documento recibido y avisa de cualquier comunicación dirigida a tu procurador. Pedir una valoración no detiene el plazo.
En la apelación civil ordinaria, la regla general es un plazo de veinte días hábiles, computado a partir del día siguiente a la notificación válida. El abogado verifica los días inhábiles y las especialidades del caso. Si la sentencia se pronunció oralmente en la vista, avisa sin esperar a recibirla por escrito: puede ser necesario manifestar antes la intención de recurrir. Una copia informal no sustituye la comprobación de la notificación.
La regulación actual prevé su presentación ante el tribunal competente para resolverlo, habitualmente la Audiencia Provincial. Los procesos anteriores pueden seguir reglas transitorias distintas. Por eso se comprueba cuándo se inició el procedimiento y qué redacción legal le corresponde, incluidas las reformas aplicables desde 2024 y 2025, antes de elegir el órgano de presentación.
Fundamento del recurso
La sentencia se estudia junto con lo alegado y probado. Repetir la demanda o expresar disconformidad no sustituye la argumentación del recurso.
Se valora si hubo una aplicación incorrecta de la norma, un error relevante al examinar la prueba o una infracción procesal que afectó a la defensa. Si se denuncia esta última, interesa comprobar si se reclamó o formuló protesta cuando correspondía. Cada motivo debe explicar qué cambio se solicita en la resolución.
La posibilidad de aportar documentos o practicar prueba está limitada por la ley. Pueden existir supuestos como una prueba indebidamente denegada y oportunamente reclamada, una admitida que no pudo practicarse por causa ajena a quien la pidió o determinados hechos nuevos. Un documento olvidado no se admite automáticamente: hay que justificar por qué encaja en el supuesto legal.
Si el proceso continúa
La estrategia depende también de lo que haga la otra parte y de las consecuencias que la sentencia ya pueda producir.
El traslado del recurso abre un plazo propio para contestarlo. El abogado puede defender los pronunciamientos favorables, plantear objeciones de admisión y valorar si corresponde impugnar los que te perjudican. Oponerse para conservar lo obtenido y pedir una modificación a tu favor no son la misma petición.
Recurrir no suspende automáticamente todos los efectos de la sentencia. Según el tipo de pronunciamiento, puede solicitarse ejecución provisional mientras se resuelve la apelación. Si recibes una demanda ejecutiva o una orden de embargo, su defensa exige estudiar otra actuación y sus plazos; no basta con indicar que has recurrido.
Antes de contratar conviene conocer los honorarios del abogado, los derechos del procurador, el depósito y otros gastos que resulten exigibles, con sus posibles exenciones. Además, debe valorarse el riesgo de costas de la apelación. El presupuesto debe aclarar si comprende sólo el estudio, la redacción y tramitación del recurso o también actuaciones como una vista o una ejecución provisional.
Para aprovechar la consulta
Puedes escribirnos aunque te falte algún documento. Explica qué tienes y qué necesitas aclarar.
Texto íntegro, aclaraciones o complementos y justificantes de cuándo se notificaron.
Demanda, contestación, reconvención si existe y resoluciones relevantes.
Documentos, informes periciales y acceso a las grabaciones de las vistas.
Recurso contrario, requerimientos de pago o documentos de ejecución recibidos.
Un primer paso sencillo
No necesitas conocer el nombre del procedimiento. Explica qué ha pasado, qué te gustaría resolver y si hay alguna fecha próxima.
Recibimos tu consulta y comprobamos la disponibilidad de un abogado que pueda estudiar el asunto. Indica también la localidad relacionada con el caso.
Antes de contratar se confirma la identidad del abogado, el trabajo incluido, los honorarios y los posibles gastos. Podrás aclarar qué cubre cada fase del encargo. Podrás confirmar su colegiación en el Censo General de Letrados de la Abogacía Española.
El servicio jurídico lo presta bajo su responsabilidad el abogado colegiado que acepte el asunto. Una vez formalizado el encargo, acordaréis la documentación necesaria y el siguiente paso.
Preguntas frecuentes
Información general para preparar tu consulta. La valoración de tu caso corresponde al abogado que lo estudie.
Es necesario comprobar que la resolución sea apelable y concretar motivos jurídicos o de valoración de la prueba. El estudio puede concluir que recurrir no es viable o que su coste y riesgo no compensan lo que se pretende obtener.
No necesariamente. Importa la notificación procesal válida, que puede haberse realizado antes al procurador, y el régimen aplicable. Envía también el justificante de notificación para que el profesional compruebe el plazo exacto.
Sí. Hace falta coordinar el cambio, obtener el expediente y formalizar a tiempo el nuevo encargo. Cambiar de profesional no amplía por sí solo el plazo para recurrir.
En una apelación civil lo habitual es que intervengan abogado y procurador. Se comprueba si existe alguna excepción y si el poder y la representación del procedimiento permiten continuar en esta fase.
No necesariamente. Muchas apelaciones se resuelven sobre las actuaciones y los escritos. La prueba en segunda instancia tiene requisitos específicos y la celebración de vista depende de las circunstancias previstas legalmente.
Como regla, la resolución de la apelación no puede perjudicarte por tu solo recurso. La situación puede cambiar si la otra parte también recurre o impugna la sentencia. Además, deben considerarse los gastos propios y la posible condena en costas del recurso.
Hay que revisar si se ha iniciado una ejecución, si es provisional o definitiva y qué medidas se solicitan. La apelación y la oposición a la ejecución tienen objetivos y requisitos distintos; pueden requerir actuaciones coordinadas.
No. La revisión orienta sobre el caso, pero presentar y tramitar la apelación requiere un encargo específico aceptado por el profesional. Al contactar, indica desde el principio que existe una sentencia notificada y facilita su fecha.
Empezamos por escucharte
El portal recibe tu consulta inicial. Confirmaremos si hay un abogado disponible para valorarla. Antes de contratar conocerás al profesional, el alcance y las condiciones del encargo.
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El servicio jurídico lo presta el abogado colegiado que acepte tu asunto.