Identificar la ejecución
Leer auto, decreto, demanda y sentencia de origen.
Derecho civil · Oposición a ejecución civil
Responder a la ejecución con el motivo correcto.
Si has recibido una ejecución de sentencia civil, conserva la notificación y actúa pronto. La defensa debe revisar el título, lo que se reclama y los motivos de oposición permitidos, no repetir simplemente el juicio anterior.

Empecemos por lo que te preocupa
Información para decidir
El alcance es una ejecución de resolución civil patrimonial entre particulares. Familia, laboral, hipoteca y títulos no judiciales tienen reglas que no deben trasladarse sin comprobarlas.
Leer auto, decreto, demanda y sentencia de origen.
Revisar pagos, conceptos y correspondencia con el fallo.
Distinguir oposición de fondo, defectos procesales e impugnación de actos.
Controlar notificaciones y medidas mientras se tramita la defensa.
Fondo
Los motivos de oposición a una sentencia no son iguales a los de un préstamo documentado en un título no judicial. La ejecución no abre un nuevo juicio sobre todo lo que ya se resolvió.
Debe acreditarse documentalmente y vincularse a la obligación ejecutada. Un pago a otra persona o por otro concepto no demuestra necesariamente la extinción de lo reclamado.
La caducidad de la acción ejecutiva y determinados pactos o transacciones pueden ser relevantes con sus requisitos. Una negociación informal no equivale siempre al documento necesario para oponerse.
Procedimiento
El abogado comprueba si la ejecución se dirige correctamente y si el título permite lo pedido. Los defectos y su posible subsanación necesitan un análisis concreto.
No se puede ejecutar indistintamente cualquier pretensión mencionada durante el juicio. Hay que comparar personas, obligación y conceptos con lo efectivamente resuelto.
Si conoces la sentencia por primera vez al recibir un embargo, deben revisarse las notificaciones y las vías que pudieran corresponder. El desconocimiento no produce por sí solo nulidad ni garantiza reabrir el procedimiento.
Cobro y defensa
En la ejecución de resoluciones comprendida en esta página, la oposición no suspende por sí misma el curso de la ejecución. Hay que atender las medidas y las notificaciones que continúen.
La discusión sobre un embargo o una actuación contraria al título puede tener un cauce distinto de la oposición inicial. Es importante no confundirlos ni esperar a que uno resuelva todo.
La titularidad de terceros, límites de embargo o propuestas de pago deben documentarse y plantearse legalmente. No se ofrecen mecanismos para ocultar patrimonio o eludir resoluciones.
Para aprovechar la consulta
Puedes escribirnos aunque te falte algún documento. Explica qué tienes y qué necesitas aclarar.
Auto, decreto, demanda y fecha de recepción.
Resolución ejecutada y notificaciones anteriores.
Justificantes y documentos que se relacionen con la obligación.
Embargos y documentación de bienes o ingresos afectados.
Un primer paso sencillo
No necesitas conocer el nombre del procedimiento. Explica qué ha pasado, qué te gustaría resolver y si hay alguna fecha próxima.
Recibimos tu consulta y comprobamos la disponibilidad de un abogado que pueda estudiar el asunto. Indica también la localidad relacionada con el caso.
Antes de contratar se confirma la identidad del abogado, el trabajo incluido, los honorarios y los posibles gastos. Podrás aclarar qué cubre cada fase del encargo. Podrás confirmar su colegiación en el Censo General de Letrados de la Abogacía Española.
El servicio jurídico lo presta bajo su responsabilidad el abogado colegiado que acepte el asunto. Una vez formalizado el encargo, acordaréis la documentación necesaria y el siguiente paso.
Preguntas frecuentes
Información general para preparar tu consulta. La valoración de tu caso corresponde al abogado que lo estudie.
No en el régimen de ejecución de resoluciones tratado aquí. Deben estudiarse por separado las medidas y las posibilidades legales que puedan proceder.
La ejecución no es una nueva fase para repetir el fondo ya resuelto. Los motivos dependen del título y del momento procesal.
Hay que acceder a las actuaciones y revisar las notificaciones. Puede ser relevante, pero no garantiza una nulidad automática.
No deben aplicarse sin más estas reglas. Esos procedimientos requieren una revisión específica, igual que los títulos no judiciales.
Empezamos por escucharte
El portal recibe tu consulta inicial. Confirmaremos si hay un abogado disponible para valorarla. Antes de contratar conocerás al profesional, el alcance y las condiciones del encargo.
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