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Fiscal · Consulta jurídica

Abogados para recuperar el IVA de facturas impagadas

La factura no se ha cobrado. Revisemos si todavía puedes rectificar el IVA.

¿Has ingresado IVA por una factura que tu cliente no paga? La modificación de la base imponible puede ser una opción, pero exige distinguir el impago ordinario del concurso y revisar las fechas.

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Información para orientarte antes de contratar

Información para decidir

Preparar la rectificación sin confundirla con cobrar la factura

Aquí se estudia IVA repercutido a un cliente, no cuotas soportadas cuya deducción rechaza Hacienda. Recuperar o ajustar ese IVA tampoco extingue automáticamente el derecho a reclamar la deuda comercial.

01

Ordenar fechas e importes

Devengo, vencimiento, cobros parciales y declaraciones presentadas.

02

Elegir el supuesto

Separar crédito incobrable y declaración de concurso.

03

Comprobar requisitos

Reclamación de cobro, destinatario, garantías y registro contable.

04

Coordinar factura y comunicación

Preparar rectificación, remisión y trámite tributario con sus justificantes.

Dos recorridos distintos

Si el cliente está en concurso, no uses sin más el calendario del impago ordinario

La fecha del auto concursal puede cambiar la vía disponible.

Crédito incobrable

La Ley del IVA exige que transcurra el periodo previsto y se cumplan requisitos materiales y formales. En el régimen general parte de un año sin cobro; ciertos empresarios pueden optar por seis meses o un año. El devengo, el volumen de operaciones y los pagos aplazados afectan al cómputo.

Concurso del destinatario

La modificación por concurso tiene su propio plazo ligado a la publicación del auto y exige revisar qué cuotas se devengaron antes. Una vez declarado, no se puede aplicar indiscriminadamente la vía de incobrables a esas operaciones anteriores. Las insolvencias extranjeras necesitan análisis específico.

Qué debe acreditarse

No basta con marcar la factura como pendiente

Se revisa cada crédito antes de emitir una rectificación.

Cobro reclamado y operación registrada

En incobrables, la norma admite reclamación judicial, requerimiento notarial u otro medio que acredite fehacientemente la reclamación de cobro. No exige demandar siempre, pero tampoco vale cualquier recordatorio sin prueba suficiente. Los créditos frente a entes públicos tienen una especialidad documental.

Destinatario y coberturas

Importan condición del cliente, localización, vinculación y garantías. Los créditos con garantía real, determinados afianzamientos o seguro tienen limitaciones en la parte cubierta. También se examinan pagos parciales, operaciones a plazos y régimen de caja, sin tratarlos como una factura ordinaria íntegramente impagada.

Factura y comunicación

La rectificación tiene varias actuaciones coordinadas

El calendario debe incluir tanto la factura como su remisión y la comunicación tributaria.

Plazos de la vía ordinaria

En el supuesto de incobrables, la modificación debe realizarse dentro de los seis meses siguientes al final del periodo de espera aplicable. La comunicación a la AEAT se efectúa en el plazo reglamentario de un mes desde la expedición de la factura rectificativa. Estos plazos no sustituyen el régimen específico de concurso.

Después de rectificar

Se conservan justificantes de remisión, registros y comunicación. Un cobro posterior, acuerdo o desistimiento puede producir consecuencias diferentes según el supuesto; se revisan antes de cerrar la reclamación. El presupuesto separa estudio fiscal, tramitación y cobro judicial de la deuda, si se encarga.

Para aprovechar la consulta

Documentos para revisar la situación

Puedes escribirnos aunque te falte algún documento. Explica qué tienes y qué necesitas aclarar.

  1. 01

    Facturación

    Factura original, contrato y vencimientos.

  2. 02

    Registro

    Libros de IVA y autoliquidaciones relacionadas.

  3. 03

    Impago

    Reclamaciones de cobro y pagos parciales.

  4. 04

    Cliente

    Datos, garantías y auto concursal si existe.

Un primer paso sencillo

Nos cuentas, lo situamos y decides.

No necesitas conocer el nombre del procedimiento. Explica qué ha pasado, qué te gustaría resolver y si hay alguna fecha próxima.

01

Cuéntanos tu situación

Recibimos tu consulta y comprobamos la disponibilidad de un abogado que pueda estudiar el asunto. Indica también la localidad relacionada con el caso.

02

Conoce al profesional y las condiciones

Antes de contratar se confirma la identidad del abogado, el trabajo incluido, los honorarios y los posibles gastos. Podrás aclarar qué cubre cada fase del encargo. Podrás confirmar su colegiación en el Censo General de Letrados de la Abogacía Española.

03

Decide cómo seguir

El servicio jurídico lo presta bajo su responsabilidad el abogado colegiado que acepte el asunto. Una vez formalizado el encargo, acordaréis la documentación necesaria y el siguiente paso.

Preguntas frecuentes

Preguntas sobre iva de facturas impagadas

Información general para preparar tu consulta. La valoración de tu caso corresponde al abogado que lo estudie.

¿Siempre tengo que demandar para recuperar el IVA?

No. La ley admite otros medios que acrediten fehacientemente la reclamación de cobro, además de las especialidades de cada supuesto.

¿Basta con hacer una factura negativa?

No. Deben cumplirse requisitos, plazo, remisión y comunicación. Una factura aislada no completa el procedimiento.

¿Puedo reclamar después el dinero al cliente?

La rectificación fiscal y el cobro mercantil son cuestiones distintas. Deben coordinarse importes y efectos de posibles acuerdos posteriores.

¿Una factura antigua ya no tiene solución?

No se decide sólo por su antigüedad. Hay que reconstruir devengo, vencimientos, régimen aplicable y situación del deudor; puede haber plazos ya cerrados.

Empezamos por escucharte

Cuéntanos qué facturas siguen sin cobrarse

El portal recibe tu consulta inicial. Confirmaremos si hay un abogado disponible para valorarla. Antes de contratar conocerás al profesional, el alcance y las condiciones del encargo.

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Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Contar qué duda quieres resolver
  • Indicar si has recibido una comunicación

El servicio jurídico lo presta el abogado colegiado que acepte tu asunto.

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