¿Quieres aclarar tu situación?Empieza contándonos qué ha pasado

Concursal · Consulta jurídica

Abogados para contratos pendientes de una empresa en concurso

Antes de cortar el servicio o seguir entregando, revisa el contrato.

¿Tu cliente o proveedor ha entrado en concurso y quedan pedidos o servicios por cumplir? Te ayudamos a plantear la decisión: continuar, exigir cumplimiento o valorar una resolución.

Con tus palabras Servicio por abogados colegiados Conoce los honorarios
Ilustración de una persona con una carpeta
Explícalo con tus palabrasNosotros te ayudamos a situar el primer paso.
Información para orientarte antes de contratar

Información para decidir

Separar el impago antiguo del contrato que sigue vivo

El análisis es mercantil: suministros, servicios y otras prestaciones entre empresas. Los contratos laborales, administrativos y determinados contratos sujetos a reglas especiales necesitan su propio estudio.

01

Identificar prestaciones pendientes

Determinar qué había cumplido cada parte al declararse el concurso.

02

Revisar impagos y cláusulas

Separar la declaración de concurso de un incumplimiento real.

03

Comprobar interlocutores

Contrastar facultades del deudor y de la administración concursal.

04

Documentar la decisión

Preparar continuidad, reclamación o solicitud de resolución según proceda.

El contrato no desaparece

El concurso, por sí solo, no permite cancelar cualquier relación

La ley establece un principio de vigencia de los contratos.

Cláusulas ligadas al concurso

Con carácter general, no producen el efecto pretendido las cláusulas que permiten suspender, modificar o extinguir únicamente por declaración de concurso o apertura de liquidación. Hay que examinar además las especialidades del contrato concreto.

Qué quedaba por hacer

No recibe el mismo tratamiento un precio pendiente por una entrega ya completada que un contrato con obligaciones recíprocas todavía pendientes de ambas partes. Importan albaranes, aceptación, hitos y fechas reales, no sólo la fecha de emisión de la factura.

Seguir o resolver

Un incumplimiento debe explicarse y probarse

La declaración de concurso no elimina toda posibilidad de resolución, pero condiciona su ejercicio.

Antes y después del concurso

Se revisan la naturaleza del contrato, el momento del incumplimiento y su relevancia. En prestaciones sucesivas pueden existir particularidades. Una carta estándar de cancelación puede resultar insuficiente o contraria al cauce concursal.

Decisión judicial y continuidad

Las controversias de resolución se encauzan conforme a las reglas concursales. La ley contempla, en determinados casos, mantener el contrato en interés del concurso. Deben valorarse las consecuencias económicas y no asumir que toda penalización pactada será exigible íntegramente.

Reducir incertidumbre

Qué acordar antes del siguiente pedido

Una confirmación comercial debe encajar con las facultades y el régimen concursal.

Documentar lo nuevo

Conviene identificar quién autoriza, cantidades, fechas, precio, recepción y condiciones de las nuevas prestaciones. No debe mezclarse sin revisión una deuda anterior con anticipos o compensaciones para futuros suministros.

Cobro y alcance del encargo

Un crédito contra la masa no implica cobro garantizado. Se analiza su encaje y la situación patrimonial. El presupuesto puede cubrir revisión de contrato y pedidos, negociación con interlocutores concursales y, separadamente, un incidente judicial.

Para aprovechar la consulta

Qué documentación ayuda a estudiar el caso

Puedes escribirnos aunque te falte algún documento. Explica qué tienes y qué necesitas aclarar.

  1. 01

    Contrato completo

    Condiciones, anexos y modificaciones.

  2. 02

    Prestaciones

    Pedidos, albaranes, entregas e hitos aceptados.

  3. 03

    Pagos

    Facturas, vencimientos y extractos.

  4. 04

    Concurso

    Auto, comunicaciones y datos de interlocutores.

Un primer paso sencillo

Nos cuentas, lo situamos y decides.

No necesitas conocer el nombre del procedimiento. Explica qué ha pasado, qué te gustaría resolver y si hay alguna fecha próxima.

01

Cuéntanos tu situación

Recibimos tu consulta y comprobamos la disponibilidad de un abogado que pueda estudiar el asunto. Indica también la localidad relacionada con el caso.

02

Conoce al profesional y las condiciones

Antes de contratar se confirma la identidad del abogado, el trabajo incluido, los honorarios y los posibles gastos. Podrás aclarar qué cubre cada fase del encargo. Podrás confirmar su colegiación en el Censo General de Letrados de la Abogacía Española.

03

Decide cómo seguir

El servicio jurídico lo presta bajo su responsabilidad el abogado colegiado que acepte el asunto. Una vez formalizado el encargo, acordaréis la documentación necesaria y el siguiente paso.

Preguntas frecuentes

Preguntas sobre contratos y concurso

Información general para preparar tu consulta. La valoración de tu caso corresponde al abogado que lo estudie.

¿Puedo cancelar porque el contrato lo dice?

Una cláusula basada exclusivamente en la declaración de concurso puede quedar sin efecto. Se revisan motivo, tipo de contrato y normativa especial.

¿Todo lo que facture después se paga antes?

No basta la fecha de factura. Debe analizarse cuándo nació la obligación, qué prestación corresponde y su clasificación.

¿Puedo compensar lo que me deben con lo que debo?

La compensación está condicionada por las reglas concursales. No conviene aplicarla sin comprobar presupuestos y fechas.

¿Esta consulta incluye despidos de una empresa concursada?

No es el objeto de esta página. La relación laboral y sus medidas colectivas tienen un tratamiento específico.

Empezamos por escucharte

Cuéntanos qué contrato está pendiente

El portal recibe tu consulta inicial. Confirmaremos si hay un abogado disponible para valorarla. Antes de contratar conocerás al profesional, el alcance y las condiciones del encargo.

WhatsApp 24h · 620 367 008Puedes dejarnos tu mensaje a cualquier hora.

Si prefieres el correo: info@rubenpolabogados.com

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Contar qué duda quieres resolver
  • Indicar si has recibido una comunicación

El servicio jurídico lo presta el abogado colegiado que acepte tu asunto.

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