Reconstruir permisos
Fechas, renovaciones y posibles interrupciones.
Extranjería y nacionalidad · Servicio
Comprueba tu historial antes de solicitarla
Si llevas años residiendo legalmente en España, puede ser momento de estudiar la larga duración. Hay que comprobar los periodos que cuentan, las ausencias y la modalidad adecuada, no solo la antigüedad del padrón.

Empecemos por lo que te preocupa
Información para decidir
La revisión distingue la primera concesión de larga duración, la renovación de su tarjeta y la recuperación de un estatuto perdido. Cada objetivo tiene un cauce diferente.
Fechas, renovaciones y posibles interrupciones.
Residencia computable y ausencias según la modalidad.
Nacional o UE y sus requisitos específicos.
Documentos, incidencias y seguimiento de la resolución.
Cómputo
El periodo general de referencia es de cinco años, sin perjuicio de supuestos específicos.
Se contrastan concesiones, renovaciones y periodos documentados. Padrón y vida laboral pueden ayudar, pero no sustituyen el historial administrativo ni acreditan por sí solos toda la residencia exigible.
Las salidas tienen límites y reglas propias; interesa un calendario completo. Los periodos de estancia por estudios no se computan igual en todas las modalidades, por lo que no deben sumarse sin distinguir su naturaleza.
Elección
La modalidad determina requisitos adicionales y posibilidades de movilidad.
Permite residir y trabajar indefinidamente en España en las condiciones legales. La tarjeta física necesita mantenerse documentada y pueden existir causas de extinción; indefinida no significa inmune a cualquier circunstancia.
Exige sus condiciones específicas, incluidos recursos y cobertura sanitaria cuando corresponda. Facilita determinados itinerarios de movilidad, pero no autoriza a instalarse o trabajar sin trámite en cualquier Estado.
Preparación
Una diferencia entre fechas o documentos puede requerir explicación.
El abogado puede detectar huecos, errores de identidad o dudas sobre permisos anteriores y preparar la documentación pertinente. Conviene aclararlos antes de basar la solicitud en un cómputo equivocado.
La resolución favorable y la expedición de la TIE son actuaciones distintas. La nacionalidad española tampoco se obtiene por esta vía: sus requisitos y efectos se estudian en un expediente separado.
Para aprovechar la consulta
Puedes escribirnos aunque te falte algún documento. Explica qué tienes y qué necesitas aclarar.
Resoluciones y tarjetas anteriores disponibles.
Documentación para situar entradas y ausencias.
Medios, cobertura y demás acreditación específica.
Renovaciones pendientes, requerimientos y resoluciones.
Un primer paso sencillo
No necesitas conocer el nombre del procedimiento. Explica qué ha pasado, qué te gustaría resolver y si hay alguna fecha próxima.
Recibimos tu consulta y comprobamos la disponibilidad de un abogado que pueda estudiar el asunto. Indica también la localidad relacionada con el caso.
Antes de contratar se confirma la identidad del abogado, el trabajo incluido, los honorarios y los posibles gastos. Podrás aclarar qué cubre cada fase del encargo. Podrás confirmar su colegiación en el Censo General de Letrados de la Abogacía Española.
El servicio jurídico lo presta bajo su responsabilidad el abogado colegiado que acepte el asunto. Una vez formalizado el encargo, acordaréis la documentación necesaria y el siguiente paso.
Preguntas frecuentes
Información general para preparar tu consulta. La valoración de tu caso corresponde al abogado que lo estudie.
No. Hay que comprobar residencia legal computable y continuidad, además de los requisitos del supuesto.
No. Es una autorización de residencia, no la adquisición de nacionalidad.
La tarjeta y la autorización son distintas. No renovar la tarjeta en plazo no equivale por sí solo a extinguir la larga duración, aunque deben cumplirse las obligaciones documentales.
No de forma universal. El desplazamiento se somete a los requisitos y procedimientos aplicables en el Estado de destino.
Empezamos por escucharte
El portal recibe tu consulta inicial. Confirmaremos si hay un abogado disponible para valorarla. Antes de contratar conocerás al profesional, el alcance y las condiciones del encargo.
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El servicio jurídico lo presta el abogado colegiado que acepte tu asunto.