¿Quieres aclarar tu situación?Empieza contándonos qué ha pasado

Familia · Preparar un matrimonio internacional

Voy a casarme con una persona de otro país: ¿qué conviene preparar?Empezad por los documentos y las decisiones que os afectan.

Conviene aclarar tres cosas antes de fijar trámites: dónde queréis casaros, qué documentos acreditan vuestra situación personal y cómo queréis organizar bienes y deudas. La nacionalidad de cada uno y vuestra residencia pueden influir de forma distinta. Preparar la boda, pactar el régimen económico e inscribir después el matrimonio son actuaciones relacionadas, pero separadas.

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Explícalo con tus palabrasNosotros te ayudamos a situar el primer paso.
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Información para decidir

Cómo preparar una consulta antes de casaros

El asesoramiento puede ordenar las decisiones patrimoniales y la documentación que después se formalizará ante la autoridad competente. No sustituye la autorización matrimonial.

01

Situar vuestra situación

Relacionar nacionalidades, residencias y matrimonios anteriores.

02

Definir el lugar de celebración

Comprobar la autoridad y los documentos exigidos para ese procedimiento.

03

Revisar bienes y deudas

Identificar patrimonio previo, compras previstas y posibles riesgos frente a terceros.

04

Preparar pactos y constancia

Valorar capitulaciones, elección de ley cuando sea posible e inscripción posterior.

Antes de reservar trámites

Elegid el lugar con información sobre el expediente

Un listado de documentos de otra pareja puede no servir para vuestra situación.

Capacidad y estado civil

En España se tramita previamente el acta o expediente que acredita requisitos e inexistencia de impedimentos. Si hubo un matrimonio anterior, habrá que comprobar cómo se acredita su disolución y sus efectos.

Certificados extranjeros

Traducción, apostilla o legalización dependen del documento y del régimen aplicable. Conviene confirmar formato y vigencia exigidos antes de pedir certificados que después deban repetirse.

Decisiones económicas

La boda no responde por sí sola cómo se organizarán los bienes

El lugar de celebración no determina siempre todo el régimen económico.

Ley aplicable

El Reglamento 2016/1103 contiene reglas sobre régimen económico en su ámbito, incluidas posibilidades de elección vinculadas a residencia o nacionalidad. Deben revisarse sus condiciones y no elegir cualquier ley por preferencia.

Capitulaciones

Un pacto puede ordenar el régimen dentro de los límites y formalidades aplicables. Es útil distinguir lo que ya pertenece a cada uno, futuras adquisiciones y obligaciones frente a acreedores.

Después y otras gestiones

Celebrar, inscribir y solicitar otros efectos no son lo mismo

El resultado de cada actuación debe poder acreditarse donde vaya a utilizarse.

Matrimonio fuera de España

Antes de celebrar conviene conocer qué título se expedirá y cómo podrá acceder al Registro Civil español cuando corresponda. La inscripción de un matrimonio ya celebrado tiene su propia revisión.

Residencia y planes futuros

Si el proyecto incluye vivir en otro país, deben separarse las gestiones de residencia y sus requisitos de los trámites matrimoniales. El matrimonio no permite prescindir de todos los demás procedimientos.

Para aprovechar la consulta

Qué podéis reunir antes de la consulta

Puedes escribirnos aunque te falte algún documento. Explica qué tienes y qué necesitas aclarar.

  1. 01

    Identidad y residencia

    Nacionalidades, documentos identificativos y lugares de residencia habituales.

  2. 02

    Estado civil

    Certificados y resoluciones de matrimonios o divorcios anteriores, si existen.

  3. 03

    Proyecto de celebración

    País, autoridad y lista de requisitos que os hayan facilitado.

  4. 04

    Bienes y pactos

    Relación de patrimonio, deudas y condiciones económicas que queréis valorar.

Un primer paso sencillo

Nos cuentas, lo situamos y decides.

No necesitas conocer el nombre del procedimiento. Explica qué ha pasado, qué te gustaría resolver y si hay alguna fecha próxima.

01

Cuéntanos tu situación

Recibimos tu consulta y comprobamos la disponibilidad de un abogado que pueda estudiar el asunto. Indica también la localidad relacionada con el caso.

02

Conoce al profesional y las condiciones

Antes de contratar se confirma la identidad del abogado, el trabajo incluido, los honorarios y los posibles gastos. Podrás aclarar qué cubre cada fase del encargo. Podrás confirmar su colegiación en el Censo General de Letrados de la Abogacía Española.

03

Decide cómo seguir

El servicio jurídico lo presta bajo su responsabilidad el abogado colegiado que acepte el asunto. Una vez formalizado el encargo, acordaréis la documentación necesaria y el siguiente paso.

Preguntas frecuentes

Dudas antes de un matrimonio internacional

Información general para preparar tu consulta. La valoración de tu caso corresponde al abogado que lo estudie.

¿Nos casamos en gananciales por celebrar en España?

No debe darse por supuesto. La ley aplicable al régimen económico depende de las conexiones y normas correspondientes, además de los pactos válidos.

¿Necesitamos los mismos certificados que otra pareja?

No necesariamente. Nacionalidad, estado civil, residencia y autoridad que tramita pueden cambiar la documentación y sus formalidades.

¿Podemos preparar capitulaciones antes de la boda?

Sí puede valorarse esa preparación, comprobando contenido, forma y efectos conforme al régimen aplicable. La elección de ley y el pacto económico deben distinguirse.

¿Si ya me divorcié fuera basta con decirlo?

Hay que acreditarlo con documentación apta y comprobar los efectos del divorcio extranjero. Puede ser necesario un reconocimiento o actuación registral según su origen.

Empezamos por escucharte

Cuéntanos dónde queréis casaros y qué necesitáis preparar

El portal recibe tu consulta inicial. Confirmaremos si hay un abogado disponible para valorarla. Antes de contratar conocerás al profesional, el alcance y las condiciones del encargo.

WhatsApp 24h · 620 367 008Puedes dejarnos tu mensaje a cualquier hora.

Si prefieres el correo: info@rubenpolabogados.com

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Contar qué duda quieres resolver
  • Indicar si has recibido una comunicación

El servicio jurídico lo presta el abogado colegiado que acepte tu asunto.

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