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Empresa · Antes de una adquisición

Me piden firmar una carta de intenciones para comprar o vender una empresa

Aclara qué aceptas ahora y qué queda pendiente de negociar

La carta de intenciones puede parecer un paso preliminar, pero algunas de sus cláusulas pueden obligarte desde la firma. Conviene revisar el documento completo antes de cerrar otras conversaciones, entregar información o asumir gastos.

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Información para orientarte antes de contratar

Información para decidir

Una revisión previa puede evitar compromisos que no querías asumir

LOI, carta de intenciones, oferta indicativa o memorando son denominaciones frecuentes, no una respuesta jurídica por sí solas. El análisis distingue qué se negocia todavía, qué se acepta ya y qué condiciones faltan para ejecutar la operación.

La consulta aquí es anterior al cierre de la compraventa. Si el documento corresponde a una ronda de financiación de una startup, conviene situarlo en ese encargo específico. Tampoco sustituye la revisión jurídica de la empresa que se realizaría después.

01

Leer todas las versiones

Reunir carta, anexos, oferta anterior y correos de negociación.

02

Separar compromisos

Marcar cláusulas vinculantes, indicativas y condicionadas.

03

Concretar las condiciones

Precisar revisión jurídica, financiación, autorizaciones y firma definitiva.

04

Preparar la respuesta

Proponer cambios y explicar qué riesgos permanecen al firmar.

Antes de aceptar

Decir no vinculante no resuelve por sí solo todo el documento

Hay que comprobar la coherencia entre la advertencia general y las obligaciones concretas.

Operación y precio

Se revisa si el objeto es adquirir participaciones, activos o una unidad de negocio y qué se entiende por el precio indicado. Deuda, caja, capital circulante y pagos variables pueden cambiar la cifra final. Una estimación debe distinguirse de un mecanismo cerrado; también conviene identificar quién firmaría y con qué facultades.

Condiciones y consentimiento

La fuerza del documento depende de su contenido, del consentimiento y del contexto, no sólo de su encabezado. Se examinan las condiciones pendientes y qué ocurre si no se cumplen. Que falte un contrato definitivo no permite asumir que todas las obligaciones preliminares carezcan de efectos, ni que exista ya una venta plenamente exigible.

Mientras se negocia

Exclusividad e información necesitan límites operativos

El proceso debe permitir revisar la empresa sin dejar indefinidos el bloqueo comercial ni el uso de sus datos.

Exclusividad y calendario

Conviene precisar qué conversaciones se limitan, a qué sociedades o activos afecta el compromiso y cuándo termina. Un calendario de hitos permite valorar qué ocurre si no se entrega documentación o se retrasa una decisión. También se revisan penalizaciones, gastos y posibles prórrogas, evitando que el silencio amplíe una obligación que la parte no pretendía mantener.

Confidencialidad y acceso

Se delimitan finalidad, destinatarios autorizados, asesores, copias y devolución o conservación al terminar. La protección de secretos empresariales no se confunde con marcar todos los documentos como confidenciales. Si hay competidores entre las partes o información personal, se valora qué acceso es adecuado y qué revisión adicional hace falta antes de abrir toda la documentación.

Continuar o retirarse

Abandonar una negociación y romper una obligación no son lo mismo

La respuesta exige reconstruir qué se prometió, qué se hizo y por qué se interrumpió el proceso.

Motivo y consecuencias

Se revisan las causas de salida previstas, la comunicación enviada, las obligaciones que sobreviven y los gastos asumidos. El tiempo invertido no genera automáticamente derecho a cobrar el beneficio esperado de la venta. Tampoco debe descartarse una responsabilidad sin examinar los compromisos y la buena fe en el desarrollo de la negociación.

Qué puede incluir la revisión

El encargo puede limitarse a explicar riesgos y proponer una versión revisada, o comprender negociación con la contraparte. Deben precisarse documentos, rondas de cambios e idiomas incluidos. Due diligence, compraventa definitiva, fiscalidad o litigio posterior requieren su propio alcance y presupuesto; firmar una LOI no contrata por sí mismo esas fases.

Para aprovechar la consulta

Qué enviar antes de firmar la carta

Puedes escribirnos aunque te falte algún documento. Explica qué tienes y qué necesitas aclarar.

  1. 01

    Documento recibido

    Versión completa, anexos y fecha propuesta para contestar.

  2. 02

    Intercambio previo

    Ofertas, correos y acuerdos de confidencialidad existentes.

  3. 03

    Operación prevista

    Qué se compra, quién vende y cómo se plantea el precio.

  4. 04

    Decisiones sensibles

    Exclusividad, gastos, información ya entregada y condiciones pendientes.

Un primer paso sencillo

Nos cuentas, lo situamos y decides.

No necesitas conocer el nombre del procedimiento. Explica qué ha pasado, qué te gustaría resolver y si hay alguna fecha próxima.

01

Cuéntanos tu situación

Recibimos tu consulta y comprobamos la disponibilidad de un abogado que pueda estudiar el asunto. Indica también la localidad relacionada con el caso.

02

Conoce al profesional y las condiciones

Antes de contratar se confirma la identidad del abogado, el trabajo incluido, los honorarios y los posibles gastos. Podrás aclarar qué cubre cada fase del encargo. Podrás confirmar su colegiación en el Censo General de Letrados de la Abogacía Española.

03

Decide cómo seguir

El servicio jurídico lo presta bajo su responsabilidad el abogado colegiado que acepte el asunto. Una vez formalizado el encargo, acordaréis la documentación necesaria y el siguiente paso.

Preguntas frecuentes

Dudas antes de firmar una LOI

Información general para preparar tu consulta. La valoración de tu caso corresponde al abogado que lo estudie.

¿Puedo firmar porque pone no vinculante?

Es una indicación que debe leerse junto a las cláusulas. Exclusividad, confidencialidad, gastos o solución de controversias pueden tener un tratamiento diferente del compromiso de comprar.

¿La carta obliga a vender por el precio indicado?

Depende de la redacción, del grado de acuerdo y de las condiciones pendientes. No conviene concluirlo sólo por la aparición de una cifra o por el nombre del documento.

¿Debo entregar toda la información de la empresa?

El acceso se organiza según la fase y finalidad de la revisión. Deben concretarse destinatarios y condiciones, especialmente para información personal, estratégica o de terceros.

¿Puedo pedir sólo una revisión de la carta?

Sí puede plantearse un encargo limitado, sujeto a aceptación del abogado y presupuesto. La revisión completa de la adquisición no se presume incluida.

Empezamos por escucharte

Cuéntanos qué carta te proponen y cuándo debes decidir

El portal recibe tu consulta inicial. Confirmaremos si hay un abogado disponible para valorarla. Antes de contratar conocerás al profesional, el alcance y las condiciones del encargo.

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Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Contar qué duda quieres resolver
  • Indicar si has recibido una comunicación

El servicio jurídico lo presta el abogado colegiado que acepte tu asunto.

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