Reconstruir el crédito
Identificar pólizas, vencimientos y financiación agregada.
Derecho mercantil · Cancelación de crédito empresarial
Comprobar qué puede cancelar y desde cuándo
Si el banco cancela o reduce la línea de crédito, reúne el contrato y el aviso recibido: no es igual terminar al vencimiento que cortar disponibilidad todavía comprometida. En determinadas operaciones con pymes existe además un régimen legal de preaviso, con excepciones.

Empecemos por lo que te preocupa
Información para decidir
El análisis jurídico no consigue ni garantiza una financiación alternativa. Permite valorar la actuación de la entidad y ordenar una respuesta, coordinada con la tesorería y, si procede, con la situación de insolvencia.
Identificar pólizas, vencimientos y financiación agregada.
Comprobar recepción, causa y régimen legal aplicable.
Separar saldo, comisiones y perjuicios documentados.
Valorar negociación, reclamación y medidas procedentes.
La operación
El punto de partida es la disponibilidad que la entidad se comprometió a mantener.
Se revisa si la renovación era automática, sujeta a decisión o condicionada. La práctica de años anteriores puede ser relevante, pero no permite afirmar que el banco deba renovar indefinidamente cualquier póliza.
Deben comprobarse condiciones de disposición y causas invocadas: incumplimientos, garantías o información requerida. Es importante conservar pantallas y comunicaciones que muestren desde cuándo se bloqueó la línea y qué operaciones resultaron rechazadas.
Protección de pymes
No se calcula mirando únicamente una cuenta aislada.
La Ley 5/2015 prevé, para los supuestos incluidos, preaviso mínimo de tres meses cuando una entidad extingue, no prorroga o reduce en al menos un 35 % el flujo de financiación de una pyme. Hay que comprobar la definición de pyme y las operaciones que integran ese flujo.
La ley contempla excepciones, entre ellas determinados incumplimientos y un empeoramiento sobrevenido significativo justificado. También regula información financiera para la pyme. No toda cancelación sin tres meses de aviso infringe automáticamente la norma.
Reclamación
La revisión separa la continuidad financiera del conflicto con el banco.
Se contrastan disposiciones, intereses, comisiones y garantías. Puede negociarse un calendario o una modificación, procurando que la documentación no incorpore renuncias o reconocimientos que no se hayan valorado.
La reclamación ante la entidad y, cuando proceda, ante el supervisor tiene alcance distinto de una demanda judicial. Reclamar no restablece por sí solo la línea. Si se pide indemnización, debe justificarse el incumplimiento y su relación con pérdidas concretas, evitando atribuir toda dificultad del negocio al corte.
Para aprovechar la consulta
Puedes escribirnos aunque te falte algún documento. Explica qué tienes y qué necesitas aclarar.
Pólizas, anexos, renovaciones y garantías.
Comunicación completa y prueba de recepción.
Extractos, límites históricos y operaciones rechazadas.
Tesorería, gastos adicionales y perjuicios acreditables.
Un primer paso sencillo
No necesitas conocer el nombre del procedimiento. Explica qué ha pasado, qué te gustaría resolver y si hay alguna fecha próxima.
Recibimos tu consulta y comprobamos la disponibilidad de un abogado que pueda estudiar el asunto. Indica también la localidad relacionada con el caso.
Antes de contratar se confirma la identidad del abogado, el trabajo incluido, los honorarios y los posibles gastos. Podrás aclarar qué cubre cada fase del encargo. Podrás confirmar su colegiación en el Censo General de Letrados de la Abogacía Española.
El servicio jurídico lo presta bajo su responsabilidad el abogado colegiado que acepte el asunto. Una vez formalizado el encargo, acordaréis la documentación necesaria y el siguiente paso.
Preguntas frecuentes
Información general para preparar tu consulta. La valoración de tu caso corresponde al abogado que lo estudie.
No existe una obligación general de renovar indefinidamente. Deben revisarse el acuerdo, las comunicaciones y el régimen legal aplicable a la decisión.
No. Ese régimen se aplica a los supuestos incluidos en la Ley 5/2015 y tiene excepciones. Hay que analizar el flujo de financiación y la causa invocada.
La reclamación no suspende automáticamente las obligaciones de devolución. Debe revisarse qué importe se discute y qué consecuencias tendría el impago.
Se necesita probar pérdida, causalidad y fundamento de responsabilidad. Una estimación global de facturación futura no acredita por sí sola una indemnización.
Empezamos por escucharte
El portal recibe tu consulta inicial. Confirmaremos si hay un abogado disponible para valorarla. Antes de contratar conocerás al profesional, el alcance y las condiciones del encargo.
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