Reconstruir el trabajo
Identificar participantes, fechas, funciones y recursos utilizados.
Propiedad industrial · Invenciones de empresa
Aclarar quién creó, quién puede patentar y qué corresponde a cada parte
La titularidad de una invención creada durante una relación de trabajo o servicios depende de las funciones de investigación, los medios utilizados y otras circunstancias. Ser inventor y tener el derecho a solicitar o explotar la patente son posiciones distintas.

Empecemos por lo que te preocupa
Información para decidir
El análisis une el contrato con la actividad realmente realizada. La condición de inventor exige una aportación a la invención y puede requerir apoyo técnico para aclararla; financiar el proyecto, dirigir un departamento o figurar en una publicación no resuelve por sí solo todas las cuestiones de titularidad.
Identificar participantes, fechas, funciones y recursos utilizados.
Distinguir invenciones de investigación contratada, libres o asumibles.
Revisar avisos escritos, plazos y decisiones empresariales.
Precisar reconocimiento, titularidad, compensación y documentación de la solución.
Origen
La Ley de Patentes diferencia varios supuestos según la relación con el trabajo.
Las invenciones obtenidas como fruto de la actividad investigadora que forma parte, expresa o implícitamente, del contrato se someten al régimen de atribución al empresario. Deben examinarse encargos y actividad real, no solo el nombre del puesto o una cláusula genérica sobre resultados.
Existen invenciones que pertenecen a su autor y supuestos en que la empresa puede asumir la titularidad o reservarse uso por la influencia predominante de sus conocimientos o medios. Utilizar ocasionalmente un recurso empresarial no permite saltarse el análisis de esos requisitos.
Actuación
La comunicación de la invención tiene consecuencias que no conviene posponer hasta el registro.
La ley establece deberes de información y plazos para comunicar y ejercer determinadas facultades. Es necesario fijar cuándo concluyó la invención, qué información se entregó y cuándo se recibió, conservando los justificantes; una conversación informal puede dejar esos hechos discutidos.
La investigación propia del contrato no genera siempre un pago adicional, aunque la ley contempla excepciones; las invenciones asumibles tienen un régimen de compensación. Las renuncias anticipadas a derechos legales del empleado no pueden darse por válidas por aparecer firmadas.
Prueba
Conviene preservar documentos sin divulgar innecesariamente información técnica.
Se contrastan cuadernos de laboratorio, versiones, informes y comunicaciones, identificando qué aportó cada persona. Un acuerdo con un proveedor debe revisarse junto a los derechos de las personas que trabajaron en el resultado y a las cesiones efectivamente formalizadas.
Cambiar de empleo no borra el origen de una invención; la ley contempla presunciones y reglas específicas para solicitudes posteriores. Si el título está solicitado por quien se considera no legitimado, se estudian las acciones de titularidad y los efectos registrales, sin confundirlas con una demanda por infracción de patente.
Para aprovechar la consulta
Puedes escribirnos aunque te falte algún documento. Explica qué tienes y qué necesitas aclarar.
Contratos, funciones, encargos y acuerdos con colaboradores.
Informes y registros fechados que describan aportaciones y resultados.
Avisos de invención, acuses y decisiones de asumir derechos.
Solicitudes, designación de inventores, cesiones y propuestas de compensación.
Un primer paso sencillo
No necesitas conocer el nombre del procedimiento. Explica qué ha pasado, qué te gustaría resolver y si hay alguna fecha próxima.
Recibimos tu consulta y comprobamos la disponibilidad de un abogado que pueda estudiar el asunto. Indica también la localidad relacionada con el caso.
Antes de contratar se confirma la identidad del abogado, el trabajo incluido, los honorarios y los posibles gastos. Podrás aclarar qué cubre cada fase del encargo.
El servicio jurídico lo presta bajo su responsabilidad el abogado colegiado que acepte el asunto. Una vez formalizado el encargo, acordaréis la documentación necesaria y el siguiente paso.
Preguntas frecuentes
Información general para preparar tu consulta. La valoración de tu caso corresponde al abogado que lo estudie.
No por sí solo. Deben examinarse las funciones contratadas, la relación con la actividad profesional, los medios y los conocimientos utilizados.
La condición de inventor corresponde a quien realiza la aportación inventiva; la empresa puede ser titular de los derechos. Deben distinguirse la designación del inventor y la titularidad patrimonial.
No existe una respuesta única. Depende del supuesto legal, de la aportación y de los acuerdos válidos, que no pueden eliminar derechos irrenunciables.
No deben trasladarse automáticamente. El software tiene reglas propias de propiedad intelectual y un desarrollo puede reunir varios activos jurídicamente distintos.
Empezamos por escucharte
El portal recibe tu consulta inicial. Confirmaremos si hay un abogado disponible para valorarla. Antes de contratar conocerás al profesional, el alcance y las condiciones del encargo.
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