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Derecho administrativo · Tu caso

Abogados por daños de la Administración de Justicia

Distingue el error judicial del funcionamiento anormal.

¿Una actuación judicial te ha causado un perjuicio y quieres saber si puedes reclamar? Revisemos el procedimiento, el daño y la vía que corresponde.

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Explícalo con tus palabrasNosotros te ayudamos a situar el primer paso.
Información para orientarte antes de contratar

Información para decidir

Cómo puede ayudarte un abogado

Una sentencia revocada, un trámite tardío y la pérdida de un bien en custodia no plantean exactamente la misma reclamación. Este encargo estudia la responsabilidad patrimonial por el funcionamiento de la Administración de Justicia; no sustituye el recurso contra una resolución ni una reclamación por negligencia de tu abogado.

01

Identificar la actuación

Precisar resolución, retraso o incidencia y el procedimiento en que ocurrió.

02

Elegir el fundamento

Distinguir error judicial, funcionamiento anormal u otro régimen específico.

03

Acreditar el perjuicio

Relacionar daño efectivo, valoración económica y nexo con la actuación.

04

Revisar cauce y tiempos

Comprobar requisitos previos, legitimación y plazos antes de reclamar.

No confundir

Error judicial y funcionamiento anormal

El cauce depende del origen del daño.

Contenido de una resolución

Si la pretensión se basa en error judicial, la ley contempla un reconocimiento previo en los casos y por el procedimiento que corresponda. Que una resolución se revoque o anule no da por sí solo derecho a indemnización. Tampoco una reclamación patrimonial sirve para cambiar el fallo.

Funcionamiento del servicio

Retrasos o incidencias de tramitación requieren valorar qué ocurrió y qué perjuicio concreto produjo. La mera duración del procedimiento no permite fijar automáticamente una indemnización. Deben separarse complejidad, actuaciones de las partes y funcionamiento atribuible al servicio.

Prueba

Qué daño se puede documentar

La reclamación necesita algo más que disconformidad con la justicia recibida.

Daño individualizado

La LOPJ exige un daño efectivo, evaluable económicamente e individualizado. Facturas, pérdida de ingresos u otros justificantes pueden ayudar, pero debe explicarse su relación causal con la actuación y evitar cantidades estimadas sin soporte.

Cronología procesal

Resoluciones, notificaciones, solicitudes de impulso e incidencias permiten reconstruir el caso. Si se invocan daños personales o patrimoniales, habrá que identificar cuándo se manifestaron y qué prueba específica puede acreditarlos.

Cómo abordarlo

Reclamación, queja y recurso son cosas distintas

Elegir bien el cauce evita presentar un escrito que no pueda dar la solución buscada.

Vía especial

Debe verificarse el trámite ante el órgano competente en Justicia y, si se basa en error judicial, el presupuesto previo exigible. Otras situaciones, como determinadas reclamaciones vinculadas a prisión preventiva, tienen particularidades que no se deben resolver con una regla genérica.

Presupuesto por fases

Puede separarse estudio de viabilidad, reconocimiento previo del error cuando proceda, reclamación administrativa y eventual impugnación judicial. Una queja de funcionamiento no debe considerarse equivalente a reclamar indemnización ni una garantía de conservación de plazos.

Para aprovechar la consulta

Qué conviene reunir para empezar

Puedes escribirnos aunque te falte algún documento. Explica qué tienes y qué necesitas aclarar.

  1. 01

    Expediente judicial

    Resoluciones y actuaciones que explican la incidencia.

  2. 02

    Notificaciones y fechas

    Incluye cuándo conociste el daño y su alcance.

  3. 03

    Prueba económica

    Facturas, pagos, pérdidas u otros justificantes individualizados.

  4. 04

    Escritos previos

    Recursos, quejas y solicitudes ya presentados.

Un primer paso sencillo

Nos cuentas, lo situamos y decides.

No necesitas conocer el nombre del procedimiento. Explica qué ha pasado, qué te gustaría resolver y si hay alguna fecha próxima.

01

Cuéntanos tu situación

Recibimos tu consulta y comprobamos la disponibilidad de un abogado que pueda estudiar el asunto. Indica también la localidad relacionada con el caso.

02

Conoce al profesional y las condiciones

Antes de contratar se confirma la identidad del abogado, el trabajo incluido, los honorarios y los posibles gastos. Podrás aclarar qué cubre cada fase del encargo. Podrás confirmar su colegiación en el Censo General de Letrados de la Abogacía Española.

03

Decide cómo seguir

El servicio jurídico lo presta bajo su responsabilidad el abogado colegiado que acepte el asunto. Una vez formalizado el encargo, acordaréis la documentación necesaria y el siguiente paso.

Preguntas frecuentes

Dudas antes de dar el siguiente paso

Información general para preparar tu consulta. La valoración de tu caso corresponde al abogado que lo estudie.

¿Si me dan la razón en apelación puedo pedir indemnización?

La revocación por sí sola no basta. Se necesita estudiar el supuesto legal, requisitos y perjuicio acreditado.

¿Una queja al CGPJ sirve para cobrar los daños?

No es el mismo procedimiento. La queja puede perseguir otra finalidad y no sustituye automáticamente la reclamación patrimonial ni los recursos.

¿Se reclama directamente al juez?

Esta página se centra en la responsabilidad patrimonial del Estado por la Administración de Justicia. La identificación de otras responsabilidades exige un análisis separado, sin atribuirlas de antemano.

¿Hay un único plazo para todos los casos?

No debe usarse una fecha universal sin examinar la vía y los requisitos previos. La declaración de error y la reclamación indemnizatoria tienen reglas que deben comprobarse desde el principio.

Empezamos por escucharte

Cuéntanos qué actuación judicial te ha perjudicado

El portal recibe tu consulta inicial. Confirmaremos si hay un abogado disponible para valorarla. Antes de contratar conocerás al profesional, el alcance y las condiciones del encargo.

WhatsApp 24h · 620 367 008Puedes dejarnos tu mensaje a cualquier hora.

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  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Contar qué duda quieres resolver
  • Indicar si has recibido una comunicación

El servicio jurídico lo presta el abogado colegiado que acepte tu asunto.

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