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Discapacidad y dependencia · Servicio

Abogados para solicitar el reconocimiento de dependenciaDescribe los apoyos que necesitas en tu vida diaria.

La solicitud de dependencia requiere explicar las necesidades de apoyo y aportar la documentación que exija la Administración competente. Tener un grado de discapacidad o una pensión no sustituye este procedimiento ni determina automáticamente la atención que se reconocerá.

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Información para orientarte antes de contratar

Información para decidir

Cómo puede ayudarte un abogado

La asistencia jurídica puede ordenar la solicitud, acreditar representación y responder incidencias. La valoración y asignación de prestaciones corresponden a la Administración; contratar no garantiza un grado ni una plaza.

01

Localizar el procedimiento

Comprobar residencia, requisitos y órgano gestor del territorio.

02

Explicar los apoyos

Relacionar informes con necesidades cotidianas y entorno.

03

Preparar la presentación

Revisar formularios, documentos y representación respetando la voluntad personal.

04

Seguir el expediente

Atender requerimientos y distinguir reconocimiento de grado y atención asignada.

Inicio

Una solicitud ante el órgano competente

La gestión corresponde a las administraciones territoriales, con las particularidades de Ceuta y Melilla.

Residencia y requisitos

Se comprueban los requisitos personales y de residencia aplicables. La nacionalidad y la situación de personas extranjeras pueden necesitar revisión específica; el empadronamiento no resuelve por sí solo todo el acceso.

Quién presenta

La persona interesada participa en el procedimiento; si alguien actúa por ella, debe acreditarse la representación o apoyo que corresponda. Ser familiar no autoriza cualquier actuación automáticamente.

Vida cotidiana

Contar qué ayuda se necesita y cómo se presta

La valoración utiliza el baremo y los informes pertinentes, no una suma de enfermedades.

Actividades concretas

Describe apoyos para asearse, comer, desplazarse o tomar decisiones cotidianas, con frecuencia y circunstancias. Evita exagerar o minimizar: los ejemplos deben corresponder a la situación real.

Entorno y documentación

La vivienda, los productos de apoyo y las ayudas actuales forman parte del contexto. Aporta informes existentes y señala cambios relevantes sin sustituir la valoración profesional.

Seguimiento

Del registro a la resolución

El grado y la atención concreta deben leerse juntos, aunque existan actuaciones diferenciadas.

Requerimientos y visita

Conserva resguardos y comunicaciones y comunica las incidencias que afecten a la valoración. Una petición de documentos no equivale a una denegación.

Resolución y PIA

Comprueba grado, motivación, fechas y programa individual de atención. Si falta resolución o discrepas, la actuación se determina por el expediente y las reglas territoriales, sin presumir concesión por silencio.

Si tus necesidades de ayuda han cambiado

Puedes plantear una revisión cuando haya mejoría o empeoramiento, o un error en el diagnóstico o en la aplicación del baremo, conforme al artículo 30 de la Ley de Dependencia. Compara la valoración anterior con la situación actual: en qué actividades necesitas apoyo, con qué frecuencia y qué ha cambiado desde la resolución.

Aporta informes recientes y ejemplos de la ayuda cotidiana, no sólo un diagnóstico nuevo. El órgano competente aplica el procedimiento y la documentación de tu comunidad autónoma; solicitar revisión no garantiza un grado superior.

Si el grado sigue siendo adecuado pero lo que necesitas cambiar es el servicio o la prestación asignada, puede tratarse de una revisión del programa individual de atención. Separar esas dos peticiones permite explicar con precisión qué cambio solicitas.

Para aprovechar la consulta

Documentos que ayudan a estudiar el caso

Puedes escribirnos aunque te falte algún documento. Explica qué tienes y qué necesitas aclarar.

  1. 01

    Identidad y residencia

    Documentación exigida por el órgano gestor y antecedentes de domicilio.

  2. 02

    Informes de salud y situación social

    Ayudan a explicar limitaciones y apoyos sin sustituir la valoración.

  3. 03

    Representación y preferencias

    Poderes o apoyos existentes y voluntad de la persona solicitante.

  4. 04

    Registro y comunicaciones

    Solicitud completa, resguardo y requerimientos recibidos.

Un primer paso sencillo

Nos cuentas, lo situamos y decides.

No necesitas conocer el nombre del procedimiento. Explica qué ha pasado, qué te gustaría resolver y si hay alguna fecha próxima.

01

Cuéntanos tu situación

Recibimos tu consulta y comprobamos la disponibilidad de un abogado que pueda estudiar el asunto. Indica también la localidad relacionada con el caso.

02

Conoce al profesional y las condiciones

Antes de contratar se confirma la identidad del abogado, el trabajo incluido, los honorarios y los posibles gastos. Podrás aclarar qué cubre cada fase del encargo. Podrás confirmar su colegiación en el Censo General de Letrados de la Abogacía Española.

03

Decide cómo seguir

El servicio jurídico lo presta bajo su responsabilidad el abogado colegiado que acepte el asunto. Una vez formalizado el encargo, acordaréis la documentación necesaria y el siguiente paso.

Preguntas frecuentes

Preguntas sobre reconocimiento de dependencia

Información general para preparar tu consulta. La valoración de tu caso corresponde al abogado que lo estudie.

¿Necesito abogado para solicitar dependencia?

No es obligatorio con carácter general. Puede ser útil para preparar un expediente complejo, representación o incidencias.

¿Un 65 % de discapacidad equivale a dependencia?

No. Son reconocimientos diferentes y la dependencia requiere su valoración propia.

¿Un familiar puede firmar todo por mí?

Debe comprobarse la representación o apoyo necesario y respetarse tu participación, voluntad y preferencias.

¿Puedo elegir cualquier prestación?

Las opciones se determinan conforme al grado, necesidades y régimen aplicable; la participación en el PIA no garantiza cualquier elección.

¿La solicitud asegura una plaza inmediata?

No. Reconocimiento y atención efectiva son fases que deben comprobarse sin prometer tiempos o disponibilidad.

¿Qué ocurre si me traslado a otra comunidad?

Hay que comunicarlo y coordinar el expediente; el reconocimiento y la continuidad de servicios tienen reglas de traslado.

Empezamos por escucharte

Cuéntanos qué apoyos necesitas y dónde se tramita la solicitud

El portal recibe tu consulta inicial. Confirmaremos si hay un abogado disponible para valorarla. Antes de contratar conocerás al profesional, el alcance y las condiciones del encargo.

WhatsApp 24h · 620 367 008Puedes dejarnos tu mensaje a cualquier hora.

Si prefieres el correo: info@rubenpolabogados.com

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Contar qué duda quieres resolver
  • Indicar si has recibido una comunicación

El servicio jurídico lo presta el abogado colegiado que acepte tu asunto.

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