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Trabajo · Informantes

Abogados para protección de informantes

Relaciona la comunicación con la medida que has sufrido

Comunicar determinadas infracciones puede dar derecho a protección frente a represalias. Antes de aplicar la Ley 2/2023 hay que comprobar qué se informó, cómo se obtuvo la información y qué canal o forma de comunicación se utilizó.

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Explícalo con tus palabrasNosotros te ayudamos a situar el primer paso.
Información para orientarte antes de contratar

Información para decidir

Cómo defender a la persona informante

El encargo se centra en quien informa y en las medidas que le afectan. Puede incluir una evaluación previa del ámbito legal o la defensa ante una represalia concreta, sin convertir cualquier conflicto interpersonal en una denuncia protegida por esta ley.

01

Examinar los hechos

Determinar si la infracción y el contexto laboral o profesional están comprendidos.

02

Revisar la comunicación

Comprobar contenido, motivos de veracidad, canal y constancia de recepción.

03

Ordenar el perjuicio

Documentar amenazas, cambios, sanciones o pérdida de oportunidades y sus fechas.

04

Coordinar las vías

Valorar protección administrativa y acción laboral, respetando el plazo de cada medida.

Requisitos

Qué información puede activar esta protección

La Ley 2/2023 comprende determinadas infracciones del Derecho de la Unión y hechos que puedan constituir infracción penal o administrativa grave o muy grave.

Contexto y personas

La información debe haberse obtenido en un contexto laboral o profesional comprendido en la norma. También contempla determinados casos de relaciones terminadas, selección, prácticas o trabajo autónomo.

Límites de la protección

Los conflictos exclusivamente interpersonales, rumores y hechos ajenos al ámbito legal no quedan cubiertos sin más. Eso no impide estudiar otros derechos laborales o acciones que sí resulten pertinentes.

Información

Motivos razonables, canal y confidencialidad

No se exige disponer de una sentencia ni de prueba concluyente, pero sí motivos razonables para considerar veraz la información y cumplir las condiciones legales de comunicación.

Elección del canal

Se revisan el sistema interno y el canal externo competente según hechos y ámbito territorial. Una revelación pública tiene requisitos propios; publicar documentos en redes no equivale automáticamente a informar por un canal protegido.

Identidad y documentos

La confidencialidad tiene garantías y excepciones legales ante autoridades competentes. La protección no autoriza a obtener pruebas cometiendo delitos ni a difundir indiscriminadamente datos personales o secretos ajenos al caso.

Defensa

Despido, cambios de puesto y otras consecuencias

La prohibición comprende actos y amenazas de represalia. Su aplicación exige conectar el perjuicio con una comunicación que reúna los requisitos.

Secuencia y comparación

Son útiles evaluaciones anteriores, cambios de funciones, mensajes y la proximidad de las decisiones. También se examina la explicación empresarial y si existen causas acreditadas ajenas a la comunicación.

Acción concreta

Pedir protección al órgano competente no reemplaza necesariamente la demanda contra un despido o una sanción. El abogado debe coordinar vías, medidas cautelares y posibles daños sin prometer inmunidad frente a cualquier decisión empresarial.

Para aprovechar la consulta

Documentación para estudiar la protección

Puedes escribirnos aunque te falte algún documento. Explica qué tienes y qué necesitas aclarar.

  1. 01

    Comunicación realizada

    Texto y anexos pertinentes, canal y justificante.

  2. 02

    Origen de la información

    Contexto en que se conocieron los hechos y acceso legítimo.

  3. 03

    Situación previa

    Funciones, evaluaciones o contrato antes de informar.

  4. 04

    Perjuicio posterior

    Cartas, fechas, mensajes y consecuencias económicas acreditables.

Un primer paso sencillo

Nos cuentas, lo situamos y decides.

No necesitas conocer el nombre del procedimiento. Explica qué ha pasado, qué te gustaría resolver y si hay alguna fecha próxima.

01

Cuéntanos tu situación

Recibimos tu consulta y comprobamos la disponibilidad de un abogado que pueda estudiar el asunto. Indica también la localidad relacionada con el caso.

02

Conoce al profesional y las condiciones

Antes de contratar se confirma la identidad del abogado, el trabajo incluido, los honorarios y los posibles gastos. Podrás aclarar qué cubre cada fase del encargo. Podrás confirmar su colegiación en el Censo General de Letrados de la Abogacía Española.

03

Decide cómo seguir

El servicio jurídico lo presta bajo su responsabilidad el abogado colegiado que acepte el asunto. Una vez formalizado el encargo, acordaréis la documentación necesaria y el siguiente paso.

Preguntas frecuentes

Preguntas sobre protección del informante

Información general para preparar tu consulta. La valoración de tu caso corresponde al abogado que lo estudie.

¿Toda denuncia interna me protege como informante?

No. La norma exige un ámbito material y personal concreto, motivos razonables y una comunicación conforme a sus reglas.

¿Puedo usar un canal externo sin pasar antes por el interno?

La ley permite acudir al canal externo competente. La elección requiere identificar autoridad, hechos y condiciones; no debe asumirse que cualquier buzón sirve.

¿Una comunicación anónima queda excluida?

No necesariamente. La ley contempla protección cuando una persona que informó anónimamente es identificada después y cumple los requisitos.

¿Puedo ser sancionado por hechos distintos de lo comunicado?

La protección prohíbe represalias, pero no elimina responsabilidades por conductas acreditadas ajenas a la comunicación. Hay que examinar el motivo real de la sanción.

¿Debo esperar al resultado de la investigación para recurrir el despido?

No conviene esperar: el despido tiene su propio plazo. La investigación y la defensa laboral pueden necesitar actuaciones paralelas.

Empezamos por escucharte

Explica qué comunicaste y qué medida se adoptó después

El portal recibe tu consulta inicial. Confirmaremos si hay un abogado disponible para valorarla. Antes de contratar conocerás al profesional, el alcance y las condiciones del encargo.

WhatsApp 24h · 620 367 008Puedes dejarnos tu mensaje a cualquier hora.

Si prefieres el correo: info@rubenpolabogados.com

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Contar qué duda quieres resolver
  • Indicar si has recibido una comunicación

El servicio jurídico lo presta el abogado colegiado que acepte tu asunto.

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