Situar la pareja
Revisar residencia, vecindad civil, titularidades y si existe regulación autonómica aplicable.
Familia · Servicio
Acordar las cuentas también es cuidar la convivencia
Un pacto de convivencia permite aclarar gastos, aportaciones y vivienda antes de que surjan desacuerdos. Su alcance depende de lo que pactéis y del derecho civil aplicable.

Empecemos por lo que te preocupa
Información para decidir
Se trata de organizar relaciones económicas entre convivientes. La inscripción como pareja de hecho, la transmisión de una vivienda y las medidas sobre hijos tienen requisitos propios.
Revisar residencia, vecindad civil, titularidades y si existe regulación autonómica aplicable.
Separar gastos consumidos, dinero prestado, compras compartidas y mejoras en bienes ajenos.
Fijar importes o criterios, justificantes, revisión y forma de cerrar las cuentas.
Valorar escritura pública cuando proceda y coordinarla con otros documentos sin prometer efectos frente al banco.
Dinero
Un pacto útil explica qué se entrega y con qué finalidad.
Pagar parte de la hipoteca no convierte por sí solo al conviviente en copropietario. Hay que documentar si existe un préstamo, una compensación pactada o una contribución al uso de la vivienda.
La escritura de adquisición y el pacto deben ser coherentes. Las obras pagadas por uno requieren justificantes y una regla sobre su eventual devolución, evitando contabilizarlas dos veces.
Convivencia
Las fórmulas deben ser comprensibles incluso cuando cambian los ingresos.
Se pueden distinguir suministros, alimentación, seguros y compras duraderas, con reparto fijo o proporcional. Un acuerdo interno no libera a quien firmó una deuda frente al acreedor.
Las parejas no casadas no tienen un régimen económico único en toda España. La regulación catalana, por ejemplo, contiene normas específicas sobre pactos de pareja estable; no se traslada automáticamente a otras parejas.
Ruptura
La revisión debe tener en cuenta circunstancias personales y límites legales.
Pueden ordenarse inventario, devolución de préstamos y negociación de la salida. La entrega de llaves o una compensación no sustituye los trámites necesarios para transmitir titularidad.
No se puede convertir el interés de los hijos en una renuncia privada definitiva. Tampoco un pacto económico sustituye sin más al testamento ni garantiza derechos sucesorios del conviviente.
Para aprovechar la consulta
Puedes escribirnos aunque te falte algún documento. Explica qué tienes y qué necesitas aclarar.
Permiten comprobar quién firma y qué régimen territorial conviene estudiar.
Aportan titularidad, cargas, alquiler o financiación pendiente.
Transferencias y facturas ayudan a distinguir gasto, préstamo o inversión.
Aunque sea un borrador informal, permite detectar contradicciones y puntos por negociar.
Un primer paso sencillo
No necesitas conocer el nombre del procedimiento. Explica qué ha pasado, qué te gustaría resolver y si hay alguna fecha próxima.
Recibimos tu consulta y comprobamos la disponibilidad de un abogado que pueda estudiar el asunto. Indica también la localidad relacionada con el caso.
Antes de contratar se confirma la identidad del abogado, el trabajo incluido, los honorarios y los posibles gastos. Podrás aclarar qué cubre cada fase del encargo. Podrás confirmar su colegiación en el Censo General de Letrados de la Abogacía Española.
El servicio jurídico lo presta bajo su responsabilidad el abogado colegiado que acepte el asunto. Una vez formalizado el encargo, acordaréis la documentación necesaria y el siguiente paso.
Preguntas frecuentes
Información general para preparar tu consulta. La valoración de tu caso corresponde al abogado que lo estudie.
No se debe presumir. La convivencia no permite aplicar automáticamente las reglas del matrimonio; hay que revisar titularidades, acuerdos y normativa civil aplicable.
Algunos acuerdos económicos pueden documentarse así, pero determinados pactos o negocios requieren una forma especial. Si se afecta a inmuebles o existen normas autonómicas, conviene revisar la necesidad de escritura.
Sí, mediante un nuevo acuerdo válido. Es recomendable indicar desde cuándo rige y qué ocurre con cantidades ya aportadas.
No. La modificación de deudores exige tratar con la entidad; el reparto interno de pagos no modifica por sí solo el contrato bancario.
Empezamos por escucharte
El portal recibe tu consulta inicial. Confirmaremos si hay un abogado disponible para valorarla. Antes de contratar conocerás al profesional, el alcance y las condiciones del encargo.
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