Leer todos los pactos
Relacionar contrato, anexos y acuerdos de salida.
Laboral · Servicio
Antes de aceptar otro empleo o responder a una reclamación de tu antigua empresa, conviene revisar el pacto completo. Su validez depende, entre otras condiciones, del interés empresarial protegido, la compensación y la duración.

Empecemos por lo que te preocupa
Información para decidir
El análisis distingue la prohibición de competir después del contrato de la exclusividad durante su vigencia, la confidencialidad y los pactos de permanencia por formación.
Relacionar contrato, anexos y acuerdos de salida.
Revisar interés efectivo, duración y compensación adecuada.
Precisar funciones, clientes y ámbito de la restricción.
Valorar la reclamación y documentar cualquier modificación o liberación.
Límites
El Estatuto fija condiciones específicas para estos compromisos.
El máximo legal es de dos años para técnicos y seis meses para los demás trabajadores. Además debe existir un interés industrial o comercial efectivo que se justifique en el caso.
Es necesario examinar cuánto se abona, por qué concepto y frente a qué restricción. Que una nómina incluya una partida no permite afirmar automáticamente que el pacto sea válido.
Decisión
Pertenecer al mismo sector no resuelve por sí solo el alcance del compromiso.
Compara productos, clientela, ámbito territorial y responsabilidades. Una restricción muy amplia exige revisar su proporcionalidad y la compensación que la acompaña.
La confidencialidad o protección de secretos pueden subsistir por fundamentos diferentes. La eventual invalidez de la no competencia no autoriza a utilizar información reservada.
Controversia
No basta con multiplicar la compensación recibida por la cláusula penal.
Debe comprobarse si existió la actividad prohibida y qué efecto prevé el acuerdo. La validez del pacto, la prueba del incumplimiento y las cantidades son cuestiones distintas.
Cualquier modificación debe quedar documentada y aclarar desde cuándo opera. No presupongas que la empresa puede eliminar unilateralmente toda obligación de compensar.
Para aprovechar la consulta
Puedes escribirnos aunque te falte algún documento. Explica qué tienes y qué necesitas aclarar.
Incluye todas las versiones del pacto, no sólo la página firmada.
Nóminas y justificantes permiten identificar la compensación.
Descripción de funciones y sector, evitando entregar secretos de otro empleador.
Sitúan lo que cada parte pide y los compromisos posteriores.
Un primer paso sencillo
No necesitas conocer el nombre del procedimiento. Explica qué ha pasado, qué te gustaría resolver y si hay alguna fecha próxima.
Recibimos tu consulta y comprobamos la disponibilidad de un abogado que pueda estudiar el asunto. Indica también la localidad relacionada con el caso.
Antes de contratar se confirma la identidad del abogado, el trabajo incluido, los honorarios y los posibles gastos. Podrás aclarar qué cubre cada fase del encargo. Podrás confirmar su colegiación en el Censo General de Letrados de la Abogacía Española.
El servicio jurídico lo presta bajo su responsabilidad el abogado colegiado que acepte el asunto. Una vez formalizado el encargo, acordaréis la documentación necesaria y el siguiente paso.
Preguntas frecuentes
Información general para preparar tu consulta. La valoración de tu caso corresponde al abogado que lo estudie.
No. La exclusividad actúa durante la relación; este pacto limita actividad después de terminarla.
No. La ley exige una compensación adecuada, cuya valoración depende del alcance y circunstancias.
Supera los máximos del artículo 21 para la relación laboral ordinaria. Debe revisarse el régimen y el efecto sobre la cláusula completa.
No puede contestarse sólo por el sector: hay que comparar el pacto con las funciones y actividad propuestas.
Una reclamación no acredita por sí sola la deuda. Deben examinarse validez, hechos, pagos y consecuencia exigida.
No. Confidencialidad, secretos empresariales y protección de datos tienen reglas propias.
Empezamos por escucharte
El portal recibe tu consulta inicial. Confirmaremos si hay un abogado disponible para valorarla. Antes de contratar conocerás al profesional, el alcance y las condiciones del encargo.
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El servicio jurídico lo presta el abogado colegiado que acepte tu asunto.