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Fiscal y aduanero · Servicio

Abogados para impugnar valores catastrales y recibos de IBI

tu valor catastral y el IBI

¿El valor catastral o el recibo de IBI de tu inmueble parece incorrecto? Primero hay que localizar el error: datos y valoración del Catastro, o cálculo y gestión del impuesto municipal. Cada parte puede exigir una actuación diferente.

Con tus palabras Servicio por abogados colegiados Conoce los honorarios
Ilustración de una persona con una carpeta
Explícalo con tus palabrasNosotros te ayudamos a situar el primer paso.
Información para orientarte antes de contratar

Información para decidir

Dirige la reclamación al problema correcto

Se estudian de forma coordinada la valoración catastral y el impuesto, sin confundirlos con una disputa sobre linderos o propiedad.

01

Identificar el acto

Distinguir notificación catastral, padrón y recibo municipal.

02

Localizar la diferencia

Comparar superficie, uso, antigüedad y cálculo tributario.

03

Aportar soporte técnico

Valorar planos, certificados e informe pericial cuando sea útil.

04

Coordinar reclamaciones

Revisar órgano competente, efectos y recibos afectados.

LA VALORACIÓN

Qué datos sostienen el valor catastral

Un importe elevado no demuestra por sí solo un error.

Características y criterios

Se contrastan los datos del inmueble con los utilizados para valorar suelo y construcción. Superficie, uso, antigüedad o circunstancias urbanísticas pueden requerir documentación técnica; también debe examinarse la motivación del acto recibido.

Valor catastral y valor de referencia

No son la misma magnitud ni cumplen idéntica función. Un desacuerdo con el valor de referencia utilizado en otro impuesto no se transforma automáticamente en un recurso contra el IBI. Identificar el valor cuestionado evita actuar sobre el expediente equivocado.

EL IMPUESTO

Errores que pueden estar en la gestión municipal

El recibo añade elementos distintos de la valoración catastral.

Cuota y beneficios

Se comprueban base, tipo, exenciones o bonificaciones y los requisitos de la ordenanza aplicable. Si el desacuerdo se encuentra aquí, reclamar solo ante Catastro puede dejar sin respuesta el acto tributario municipal.

Persona y ejercicio

La titularidad y el devengo deben relacionarse con el periodo exigido. La fecha de una compraventa y los pactos privados entre comprador y vendedor no permiten concluir por sí solos que el ayuntamiento cobró a la persona equivocada.

LOS EFECTOS

Corregir el dato y revisar el cobro

Una resolución favorable debe analizarse también por sus consecuencias.

Competencias y vías

La gestión catastral y la tributaria tienen cauces distintos, aunque deban coordinarse. Se revisan los órganos que han dictado cada acto y los recursos disponibles, atendiendo también a especialidades territoriales aplicables.

Años anteriores

Cambiar un dato o una valoración no garantiza la devolución de todos los recibos pasados. Importan la fecha de efectos, el procedimiento utilizado, la firmeza y la prescripción; debe comprobarse cada periodo antes de cuantificar una recuperación.

Para aprovechar la consulta

Qué conviene tener a mano

Puedes escribirnos aunque te falte algún documento. Explica qué tienes y qué necesitas aclarar.

  1. 01

    Notificación catastral

    Acto de valoración, modificación y acreditación de su fecha.

  2. 02

    Recibos de IBI

    Ejercicios discutidos y justificantes de pago.

  3. 03

    Documentación del inmueble

    Escritura, planos, certificados o informe técnico pertinente.

  4. 04

    Beneficios y actuaciones

    Solicitudes de bonificación y reclamaciones previas.

Un primer paso sencillo

Nos cuentas, lo situamos y decides.

No necesitas conocer el nombre del procedimiento. Explica qué ha pasado, qué te gustaría resolver y si hay alguna fecha próxima.

01

Cuéntanos tu situación

Recibimos tu consulta y comprobamos la disponibilidad de un abogado que pueda estudiar el asunto. Indica también la localidad relacionada con el caso.

02

Conoce al profesional y las condiciones

Antes de contratar se confirma la identidad del abogado, el trabajo incluido, los honorarios y los posibles gastos. Podrás aclarar qué cubre cada fase del encargo. Podrás confirmar su colegiación en el Censo General de Letrados de la Abogacía Española.

03

Decide cómo seguir

El servicio jurídico lo presta bajo su responsabilidad el abogado colegiado que acepte el asunto. Una vez formalizado el encargo, acordaréis la documentación necesaria y el siguiente paso.

Preguntas frecuentes

Preguntas sobre valor catastral e ibi

Información general para preparar tu consulta. La valoración de tu caso corresponde al abogado que lo estudie.

¿Reclamo al ayuntamiento o a Catastro?

Depende de si se discute la valoración o la gestión del impuesto. A veces hay que coordinar actuaciones ante ambos.

¿Valor catastral y valor de referencia son iguales?

No. Es importante identificar cuál se ha empleado en el impuesto que te preocupa.

¿Una tasación de mercado basta para ganar?

No necesariamente. Debe relacionarse con las reglas de valoración y el motivo concreto de impugnación.

¿Si corrigen el valor me devuelven todos los años?

No de forma automática. Hay que estudiar efectos temporales y situación de cada recibo.

Empezamos por escucharte

Cuéntanos qué diferencia ves en tu Catastro o IBI

El portal recibe tu consulta inicial. Confirmaremos si hay un abogado disponible para valorarla. Antes de contratar conocerás al profesional, el alcance y las condiciones del encargo.

WhatsApp 24h · 620 367 008Puedes dejarnos tu mensaje a cualquier hora.

Si prefieres el correo: info@rubenpolabogados.com

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Contar qué duda quieres resolver
  • Indicar si has recibido una comunicación

El servicio jurídico lo presta el abogado colegiado que acepte tu asunto.

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