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Sociedades, entidades y cumplimiento · Asistencia jurídica

Abogados para fundaciones

Fines claros y patrimonio bien gestionado

Crear una fundación exige vincular un patrimonio a fines de interés general y organizar su gobierno. El asesoramiento jurídico ayuda a preparar la constitución y a revisar las decisiones del patronato durante su funcionamiento.

Con tus palabras Servicio por abogados colegiados Conoce los honorarios
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Explícalo con tus palabrasNosotros te ayudamos a situar el primer paso.
Información para orientarte antes de contratar

Información para decidir

Asesoramiento adaptado al proyecto fundacional

Primero se determina la competencia estatal o autonómica y si existe un régimen especial; no todas las fundaciones se tramitan igual.

01

Definir fines y ámbito

Se comprueba el interés general perseguido y dónde se desarrollará la actividad.

02

Ordenar los recursos

Dotación, viabilidad y titularidad del patrimonio deben quedar acreditadas.

03

Preparar el gobierno

Estatutos, patronato y aceptación de cargos se coordinan con las obligaciones aplicables.

04

Acompañar las decisiones

Se revisan acuerdos, relaciones con el protectorado y operaciones patrimoniales.

Proyecto

La fundación no pertenece a sus fundadores

Los bienes se destinan a los fines fundacionales, no a una cuenta privada disponible.

Fines y beneficiarios

Conviene definir con precisión la actividad de interés general y sus destinatarios, respetando las limitaciones legales. No basta con una finalidad genérica para justificar cualquier operación posterior.

Dotación y viabilidad

La suficiencia y realidad de la dotación deben justificarse conforme al régimen aplicable. El plan de actividad permite valorar si los recursos sostienen el proyecto, sin prometer aprobación por aportar una cifra.

Responsabilidad

Qué debe ordenar el patronato

Aceptar un cargo implica deberes que no desaparecen por el carácter no lucrativo de la entidad.

Acuerdos y seguimiento

Estatutos, delegaciones, cuentas y planes se organizan para cumplir las obligaciones de gobierno y rendición que correspondan.

Relaciones vinculadas

Contratar con patronos, fundadores o personas relacionadas requiere analizar conflictos de interés y controles específicos. El interés fundacional debe guiar la decisión.

Protectorado

Antes de vender, donar o hipotecar un bien

La naturaleza del activo y su vinculación a los fines determinan los controles.

Autorización previa

En el régimen estatal, la disposición o gravamen de bienes de la dotación o directamente vinculados a los fines requiere autorización previa del protectorado. Deben verificarse también las normas autonómicas aplicables.

Otros actos patrimoniales

Determinadas operaciones están sujetas a comunicación u otros requisitos. Conviene preparar valoración, justificación y destino de los recursos antes de comprometer la firma.

Para aprovechar la consulta

Documentos para situar tu consulta

Puedes escribirnos aunque te falte algún documento. Explica qué tienes y qué necesitas aclarar.

  1. 01

    Finalidad

    Proyecto, beneficiarios y ámbito de actividad.

  2. 02

    Recursos

    Dotación, bienes y documentación de titularidad.

  3. 03

    Gobierno

    Estatutos, patronato y acuerdos existentes.

  4. 04

    Operación

    Contrato propuesto y comunicaciones del protectorado.

Un primer paso sencillo

Nos cuentas, lo situamos y decides.

No necesitas conocer el nombre del procedimiento. Explica qué ha pasado, qué te gustaría resolver y si hay alguna fecha próxima.

01

Cuéntanos tu situación

Recibimos tu consulta y comprobamos la disponibilidad de un abogado que pueda estudiar el asunto. Indica también la localidad relacionada con el caso.

02

Conoce al profesional y las condiciones

Antes de contratar se confirma la identidad del abogado, el trabajo incluido, los honorarios y los posibles gastos. Podrás aclarar qué cubre cada fase del encargo. Podrás confirmar su colegiación en el Censo General de Letrados de la Abogacía Española.

03

Decide cómo seguir

El servicio jurídico lo presta bajo su responsabilidad el abogado colegiado que acepte el asunto. Una vez formalizado el encargo, acordaréis la documentación necesaria y el siguiente paso.

Preguntas frecuentes

Dudas que conviene aclarar

Información general para preparar tu consulta. La valoración de tu caso corresponde al abogado que lo estudie.

¿Una fundación tiene socios como una asociación?

No. Su estructura se basa en un patrimonio afectado a fines de interés general y en un órgano de gobierno, no en una base de asociados equivalente.

¿Los fundadores pueden recuperar libremente lo aportado?

No. La aportación queda sujeta al régimen y fines fundacionales; no debe tratarse como dinero personal que pueda retirarse a voluntad.

¿Todas las ventas necesitan la misma autorización?

No. Importan la naturaleza del bien, su vinculación, la operación y la legislación competente. Se distingue autorización previa de otros deberes de comunicación.

¿Constituirla concede automáticamente beneficios fiscales?

No. El régimen fiscal exige requisitos propios y debe comprobarse separadamente de la constitución y la inscripción.

Empezamos por escucharte

Cuéntanos qué necesita tu fundación

El portal recibe tu consulta inicial. Confirmaremos si hay un abogado disponible para valorarla. Antes de contratar conocerás al profesional, el alcance y las condiciones del encargo.

WhatsApp 24h · 620 367 008Puedes dejarnos tu mensaje a cualquier hora.

Si prefieres el correo: info@rubenpolabogados.com

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Contar qué duda quieres resolver
  • Indicar si has recibido una comunicación

El servicio jurídico lo presta el abogado colegiado que acepte tu asunto.

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