Revisar la causa previa
Leer denuncia, declaraciones, pruebas y resolución.
Derecho penal · Denuncias falsas
Una absolución no demuestra por sí sola falsedad.
Si crees que te han denunciado con hechos falsos, conviene revisar el procedimiento completo. El archivo o la absolución no prueban por sí solos una denuncia falsa ni permiten iniciar cualquier acción en cualquier momento.

Empecemos por lo que te preocupa
Información para decidir
El encargo consiste en comprobar si existen indicios suficientes y si es el momento procesal adecuado. No se presume falsedad porque la otra persona no pudiera acreditar su versión.
Leer denuncia, declaraciones, pruebas y resolución.
Identificar recursos y situación efectiva del procedimiento.
Valorar hechos objetivos y conocimiento atribuible al denunciante.
Explicar viabilidad, riesgos y alternativas antes de iniciar otra causa.
Procedimiento previo
El Código Penal exige una resolución firme en el procedimiento previo para proceder por acusación o denuncia falsa en los términos del artículo 456. No basta recibir una noticia informal de que el asunto «está cerrado».
La defensa del procedimiento abierto tiene sus propias actuaciones y plazos. Preparar una posible reclamación posterior no sustituye contestar una citación o recurrir una decisión actual.
Sentencia, sobreseimiento y archivo pueden tener fundamentos diferentes. La firmeza y el contenido deben acreditarse; no se deducen únicamente de que haya pasado tiempo sin recibir comunicaciones.
Requisitos
No probar una acusación y acreditar que se formuló con conocimiento de falsedad o temerario desprecio por la verdad son cuestiones distintas.
Documentos, registros o comunicaciones pueden mostrar incompatibilidades relevantes. Una contradicción debe valorarse con contexto, sin seleccionar frases que deformen una declaración.
El abogado examina la atribución concreta de hechos y el conocimiento de quien denunció. La discrepancia entre versiones no permite concluir automáticamente una conducta delictiva.
Decisión
Una acción necesita fundamento y una finalidad jurídica concreta. No debe utilizarse como presión para retirar denuncias, modificar declaraciones o contactar contra medidas vigentes.
La revisión debe explicar qué prueba existe, qué falta y qué puede obtenerse legalmente. El encargo y los costes se valoran antes de asumir una reclamación cuyo resultado no puede garantizarse.
Si se ha difundido información públicamente, puede existir además una cuestión de honor con requisitos propios. La reparación debe coordinarse sin duplicar conceptos ni confundir una publicación con una denuncia ante la autoridad.
Para aprovechar la consulta
Puedes escribirnos aunque te falte algún documento. Explica qué tienes y qué necesitas aclarar.
Precisa exactamente qué hechos se atribuyeron.
Declaraciones y pruebas completas, no solo extractos.
Sentencia o auto y constancia del estado de recursos.
Elementos objetivos y consecuencias documentadas.
Un primer paso sencillo
No necesitas conocer el nombre del procedimiento. Explica qué ha pasado, qué te gustaría resolver y si hay alguna fecha próxima.
Recibimos tu consulta y comprobamos la disponibilidad de un abogado que pueda estudiar el asunto. Indica también la localidad relacionada con el caso.
Antes de contratar se confirma la identidad del abogado, el trabajo incluido, los honorarios y los posibles gastos. Podrás aclarar qué cubre cada fase del encargo. Podrás confirmar su colegiación en el Censo General de Letrados de la Abogacía Española.
El servicio jurídico lo presta bajo su responsabilidad el abogado colegiado que acepte el asunto. Una vez formalizado el encargo, acordaréis la documentación necesaria y el siguiente paso.
Preguntas frecuentes
Información general para preparar tu consulta. La valoración de tu caso corresponde al abogado que lo estudie.
No. La absolución puede deberse a falta de prueba y no acreditar falsedad. Deben revisarse los requisitos y los indicios concretos.
La procedibilidad tiene requisitos vinculados a una resolución firme previa. Mientras tanto, la defensa del asunto abierto sigue siendo prioritaria.
No necesariamente. Debe valorarse su relevancia, contexto y relación con el conocimiento de los hechos, sin equiparar cualquier error con una mentira delictiva.
No debe utilizarse presión ni incumplirse una medida judicial. Cualquier actuación debe canalizarse lícitamente y sin intentar condicionar declaraciones.
Empezamos por escucharte
El portal recibe tu consulta inicial. Confirmaremos si hay un abogado disponible para valorarla. Antes de contratar conocerás al profesional, el alcance y las condiciones del encargo.
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El servicio jurídico lo presta el abogado colegiado que acepte tu asunto.