Recuperar la instrucción
Obtener orden, confirmación y registros disponibles.
Derecho bancario · Custodia y órdenes de valores
Comparar lo ordenado con lo que hizo la entidad
Si se vendieron valores sin una orden que reconozcas, no se ejecutó una instrucción o faltan posiciones, conviene recuperar los registros. La reclamación examina el servicio prestado, no solo si la inversión acabó ganando o perdiendo.

Empecemos por lo que te preocupa
Información para decidir
Es un encargo distinto de reclamar por recomendación inadecuada de un producto o por un pago bancario no autorizado.
Obtener orden, confirmación y registros disponibles.
Comprobar fecha, precio, volumen, mercado y condiciones.
Relacionar posiciones iniciales, operaciones y saldo final.
Separar perjuicio por incumplimiento y evolución ordinaria del mercado.
Órdenes
El tipo de orden condiciona precio, posibilidad y momento de ejecución.
Se revisa quién ordenó, por qué canal, condiciones y confirmaciones. La entidad debe poder justificar la operación en su marco de obligaciones.
Una orden puede no ejecutarse por límites, liquidez u otras condiciones. Pedir cancelarla no demuestra que llegara antes de su ejecución.
Custodia
Traspasos, dividendos, operaciones societarias y cargas pueden explicar cambios de la cartera.
Conviene identificar código del valor, cantidad y fecha. Un extracto resumido puede necesitar soporte del custodio.
Una posición pignorada o afectada por restricciones no tiene siempre libre disposición. Debe comprobarse la base antes de atribuir una retención indebida.
Perjuicio
No puede utilizarse retrospectivamente el mejor precio del mercado como resultado que debía obtenerse.
Se analiza qué habría ocurrido de ejecutarse correctamente la instrucción con sus condiciones, costes y posibilidades reales.
La reclamación previa debe concretar operación y fallo. La CNMV puede examinar asuntos de su ámbito, pero su informe no es una condena indemnizatoria ejecutable.
Para aprovechar la consulta
Puedes escribirnos aunque te falte algún documento. Explica qué tienes y qué necesitas aclarar.
Solicitud, confirmación, registro y eventuales cancelaciones.
Custodia, ejecución y política informada.
Extractos, movimientos y códigos de valores.
Respuesta de la entidad, fechas y cálculo del perjuicio.
Un primer paso sencillo
No necesitas conocer el nombre del procedimiento. Explica qué ha pasado, qué te gustaría resolver y si hay alguna fecha próxima.
Recibimos tu consulta y comprobamos la disponibilidad de un abogado que pueda estudiar el asunto. Indica también la localidad relacionada con el caso.
Antes de contratar se confirma la identidad del abogado, el trabajo incluido, los honorarios y los posibles gastos. Podrás aclarar qué cubre cada fase del encargo. Podrás confirmar su colegiación en el Censo General de Letrados de la Abogacía Española.
El servicio jurídico lo presta bajo su responsabilidad el abogado colegiado que acepte el asunto. Una vez formalizado el encargo, acordaréis la documentación necesaria y el siguiente paso.
Preguntas frecuentes
Información general para preparar tu consulta. La valoración de tu caso corresponde al abogado que lo estudie.
No. Debe compararse la actuación con la orden y obligaciones, separando el riesgo del mercado.
Puede estudiarse pidiendo el registro y la base de la operación; antes debe comprobarse si había mandato u otra facultad aplicable.
No automáticamente. La valoración necesita una relación causal y una ejecución alternativa razonable.
Sus informes de reclamación no sustituyen una sentencia. Puede ser necesaria otra vía para exigir daños.
Empezamos por escucharte
El portal recibe tu consulta inicial. Confirmaremos si hay un abogado disponible para valorarla. Antes de contratar conocerás al profesional, el alcance y las condiciones del encargo.
WhatsApp 24h · 620 367 008Puedes dejarnos tu mensaje a cualquier hora.
Si prefieres el correo: info@rubenpolabogados.com
El servicio jurídico lo presta el abogado colegiado que acepte tu asunto.