Preparar una propuesta viable
Se ordenan cuidados, estancias, vacaciones, traslados y comunicación, con atención a la vida cotidiana de los hijos.
Organización real, no una fórmula automática
¿Quieres solicitar o revisar una custodia compartida en Madrid? Cuéntanos la organización actual de tus hijos, los horarios de cada progenitor y si existe una resolución que deba cambiarse.

Empecemos por lo que te preocupa
Una propuesta centrada en los hijos
La custodia compartida no se concede por una fórmula ni significa siempre alternar semanas. Se estudian las circunstancias y el interés del menor.
Se ordenan cuidados, estancias, vacaciones, traslados y comunicación, con atención a la vida cotidiana de los hijos.
Horarios, dedicación previa, distancia y necesidades deben acreditarse con información útil, sin involucrar al menor en el conflicto.
Se puede trabajar un acuerdo completo o resolver puntos concretos. La revisión busca evitar cláusulas ambiguas que generen problemas posteriores.
Ante desacuerdo, se estudia la vía judicial y las medidas que procedan. Si existe resolución, se parte de ella y de los cambios acreditados.
Más que un calendario
La guarda, las decisiones parentales y los alimentos están relacionadas, pero no son el mismo concepto.
Se valora una organización compartida o individual según el interés del menor y las circunstancias. Ningún progenitor tiene una solución automática por pedirla.
Prepara un calendario que explique quién recoge, acompaña y atiende a los hijos. Los apoyos familiares son un dato del caso, no un sustituto automático de la disponibilidad de cada progenitor.
Conviene precisar períodos, intercambios y contacto con el otro progenitor, adaptándolos a edad y necesidades.
Detalla necesidades de los hijos e ingresos de ambos hogares. Repartir estancias no implica necesariamente repartir cada pago a la mitad o eliminar una aportación alimenticia.
Educación, salud y cambios importantes pueden requerir acuerdos específicos. No se confunden con el cuidado cotidiano.
Si hay violencia o riesgo, debe explicarse desde el inicio para valorar las medidas y los límites legales aplicables. No se trata como una negociación ordinaria.
Código Civil: medidas relativas a los hijos (abre otra pestaña)
Tu asunto, bien situado
Indica los domicilios de los progenitores, dónde viven los hijos y si existe resolución previa. Estos datos ayudan a situar la competencia y la norma aplicable sin darlas por supuestas por una búsqueda local.
Aporta sentencia o convenio, si existen, y explica cualquier cambio de residencia. El abogado comprobará dónde y por qué vía debe plantearse la petición.
Los CAEF de la Comunidad de Madrid informan sobre servicios de apoyo y encuentro familiar. La atención de esos recursos no modifica por sí sola un convenio ni una sentencia.
Prepara un calendario que explique quién recoge, acompaña y atiende a los hijos. Los apoyos familiares son un dato del caso, no un sustituto automático de la disponibilidad de cada progenitor.
Código Civil: medidas relativas a hijos (abre otra pestaña) Centros de Apoyo y Encuentro Familiar de Madrid (abre otra pestaña)
Empieza por la situación vigente
La resolución actual y los hechos nuevos permiten distinguir ejecución, modificación y protección urgente.
Conserva todos los documentos y la fecha de recepción. La contestación necesita una propuesta y su prueba.
Describe qué ha cambiado y desde cuándo: horarios, domicilio o necesidades, sin asumir que cualquier cambio obliga a modificar la guarda.
Anota fechas y hechos concretos. No respondas incumpliendo por tu cuenta otra obligación.
Ante peligro inmediato, utiliza los servicios de emergencia. La consulta jurídica permite valorar después las medidas de protección pertinentes.
A tu ritmo, con el siguiente paso claro
La conversación inicial sirve para comprobar si el asunto puede estudiarse y qué información falta. No sustituye la entrevista ni el asesoramiento del abogado que acepte el encargo.
La modalidad de atención y la disponibilidad del profesional se confirman antes de contratar.
Recibimos tu consulta, tu localidad y la fase en la que te encuentras. Con esa información comprobamos la disponibilidad de un abogado para estudiar el asunto.
Antes de contratar se identifica al profesional y se concretan el alcance, las fases, los honorarios y los posibles gastos. Podrás confirmar su colegiación en el Censo General de Letrados de la Abogacía Española.
El servicio jurídico lo presta bajo su responsabilidad el abogado colegiado que acepte el asunto.
Si el profesional puede ayudarte, te explica cómo avanzar; si no, te indicará qué información falta o qué alternativa procede.
Hechos concretos, no reproches generales
Una cronología breve de cuidados y cambios permite estudiar qué propuesta protege mejor a los hijos.
Sentencia, convenio y medidas provisionales o de protección, cuando existan.
Calendario actual, colegio, actividades, turnos de trabajo y personas de apoyo.
Localización de las viviendas y tiempos reales de traslado, además de cualquier mudanza prevista.
Información relevante sobre salud, educación, gastos e ingresos; solo la necesaria para estudiar las medidas.
Cada problema, en su sitio
Estas páginas desarrollan cuestiones relacionadas. No todos los trámites forman parte del mismo encargo.
Tus dudas, sin rodeos
Estas respuestas te ayudan a preparar una consulta centrada en tu situación.
Información general. El abogado que estudie el asunto concretará la norma aplicable y las opciones de actuación.
No. Debe valorarse el interés del menor, las circunstancias y las limitaciones legales del caso.
No. La organización debe adaptarse a los hijos y a la viabilidad del plan.
No necesariamente. Las necesidades e ingresos pueden justificar aportaciones económicas.
Sí, puede influir en colegio, rutinas y desplazamientos. Es un dato a estudiar, no una regla aislada.
Las decisiones relevantes requieren revisar responsabilidades parentales, acuerdo o resolución y vía para resolver el desacuerdo.
Su opinión puede ser escuchada conforme a las reglas aplicables, pero no se le traslada la responsabilidad de resolver el conflicto.
No conviene responder con otro incumplimiento. Debe estudiarse la actuación para hacer cumplir o modificar las medidas.
Debe ponerse en conocimiento del profesional desde el inicio para valorar protección y límites legales; ante peligro inmediato, llama al 112.
Se revisan las circunstancias nuevas y su relevancia. No basta con que ahora prefieras otro calendario.
Edad de los hijos, si existe sentencia, organización actual y principal desacuerdo. El abogado concretará después el análisis y los documentos.
Empezamos por escucharte
El portal recibe tu consulta inicial. Confirmaremos si hay un abogado disponible para valorarla. Antes de contratar conocerás al profesional, el alcance y las condiciones del encargo.
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El servicio jurídico lo presta el abogado colegiado que acepte tu asunto.