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Sociedades, entidades y cumplimiento · Asistencia jurídica

Constituir una cooperativa de trabajo

Un proyecto compartido con reglas propias

Una cooperativa de trabajo no es una SL con otro nombre. Si queréis organizar vuestra actividad de forma compartida, conviene definir participación, trabajo y aportaciones según el régimen cooperativo que corresponda.

Con tus palabras Servicio por abogados colegiados Conoce los honorarios
Ilustración de una persona con una carpeta
Explícalo con tus palabrasNosotros te ayudamos a situar el primer paso.
Información para orientarte antes de contratar

Información para decidir

Diseñar la cooperativa antes de constituirla

El asesoramiento conecta el proyecto de trabajo con los órganos, fondos y compromisos que exige la forma cooperativa.

01

Determinar la normativa

Se revisan actividad y ámbito para identificar la ley y el registro competentes.

02

Acordar la participación

Promotores, aportaciones y dedicación se explican antes de comprometerse.

03

Redactar las reglas

Estatutos y organización interna se ajustan al funcionamiento previsto.

04

Preparar la inscripción

Se coordinan documentos y formalidades, junto con las actuaciones necesarias para iniciar la actividad.

Elección

Qué modelo estáis creando

La normativa estatal no se aplica indistintamente a todas las cooperativas españolas.

Ámbito de actuación

Debe comprobarse el ámbito territorial de la actividad cooperativizada y la legislación autonómica o estatal correspondiente. De ahí dependen requisitos de constitución y registro.

Trabajo asociado real

El modelo exige una organización cooperativa efectiva. No debe utilizarse como simple envoltorio para eludir obligaciones laborales cuando la relación real es otra.

Gobierno

Reglas para convivir como socios

La participación democrática necesita procedimientos comprensibles.

Admisión y decisiones

Se concretan requisitos de entrada, órganos, competencias, información y votación conforme a la ley aplicable. Copiar estatutos de una sociedad de capital puede introducir reglas incompatibles.

Aportaciones y salida

Hay que explicar capital, fondos, resultados y tratamiento de bajas. La aportación no es una cuenta disponible que cada socio pueda retirar de cualquier manera.

Trabajo

Organizar la actividad y sus obligaciones

Ser socio trabajador y tener un contrato laboral por cuenta ajena no son posiciones intercambiables.

Dedicación y percepciones

Anticipos societarios, jornada, descansos y régimen interno deben coordinarse con la normativa cooperativa. No basta con cambiar el nombre de una nómina o de un contrato.

Seguridad Social y contratación

Se revisan encuadramiento, prevención y posibilidad de contratar personal asalariado dentro de los límites aplicables. También hacen falta las licencias o habilitaciones propias de la actividad.

Para aprovechar la consulta

Documentos para situar tu consulta

Puedes escribirnos aunque te falte algún documento. Explica qué tienes y qué necesitas aclarar.

  1. 01

    Promotores

    Quiénes participarán y qué trabajo realizará cada persona.

  2. 02

    Actividad

    Servicios, centros y ámbito territorial previsto.

  3. 03

    Aportaciones

    Capital inicial, financiación y medios de trabajo.

  4. 04

    Organización

    Reglas acordadas, borradores y necesidades de contratación.

Un primer paso sencillo

Nos cuentas, lo situamos y decides.

No necesitas conocer el nombre del procedimiento. Explica qué ha pasado, qué te gustaría resolver y si hay alguna fecha próxima.

01

Cuéntanos tu situación

Recibimos tu consulta y comprobamos la disponibilidad de un abogado que pueda estudiar el asunto. Indica también la localidad relacionada con el caso.

02

Conoce al profesional y las condiciones

Antes de contratar se confirma la identidad del abogado, el trabajo incluido, los honorarios y los posibles gastos. Podrás aclarar qué cubre cada fase del encargo. Podrás confirmar su colegiación en el Censo General de Letrados de la Abogacía Española.

03

Decide cómo seguir

El servicio jurídico lo presta bajo su responsabilidad el abogado colegiado que acepte el asunto. Una vez formalizado el encargo, acordaréis la documentación necesaria y el siguiente paso.

Preguntas frecuentes

Dudas que conviene aclarar

Información general para preparar tu consulta. La valoración de tu caso corresponde al abogado que lo estudie.

¿Se usa la misma ley en toda España?

No necesariamente. Hay legislación autonómica y estatal; se determina cuál corresponde atendiendo al ámbito y actividad de la cooperativa.

¿Cada socio cobra un salario como un empleado?

La relación del socio trabajador es societaria y sus percepciones tienen un régimen propio. Debe distinguirse de las personas contratadas laboralmente por la cooperativa.

¿Puede contratar empleados que no sean socios?

Puede hacerlo dentro de las condiciones y límites aplicables. No conviene diseñar la estructura sin comprobar ese encaje.

¿Las ventajas fiscales están garantizadas al constituirla?

No. El tratamiento fiscal tiene requisitos propios y depende también del funcionamiento efectivo. La inscripción no sustituye su revisión.

Empezamos por escucharte

Cuéntanos vuestro proyecto de trabajo compartido

El portal recibe tu consulta inicial. Confirmaremos si hay un abogado disponible para valorarla. Antes de contratar conocerás al profesional, el alcance y las condiciones del encargo.

WhatsApp 24h · 620 367 008Puedes dejarnos tu mensaje a cualquier hora.

Si prefieres el correo: info@rubenpolabogados.com

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Contar qué duda quieres resolver
  • Indicar si has recibido una comunicación

El servicio jurídico lo presta el abogado colegiado que acepte tu asunto.

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