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Laboral · Servicio

Abogados para reclamaciones por cesión ilegal de trabajadoresQuién te contrata y quién dirige tu trabajo.

Si una empresa figura en tu contrato y otra organiza tu actividad, conviene revisar cómo funciona la relación entre ambas. Una contrata no es ilegal por existir dos empresas: importan la organización, los medios y las funciones que ejerce cada una.

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Explícalo con tus palabrasNosotros te ayudamos a situar el primer paso.
Información para orientarte antes de contratar

Información para decidir

Cómo puede ayudarte un abogado

La revisión permite distinguir una contrata real, una puesta a disposición autorizada y una posible cesión ilegal. El objetivo y las empresas frente a las que actuar se determinan a partir del funcionamiento acreditado.

01

Identificar las empresas

Reconstruir contratos, centros y responsables de cada periodo.

02

Estudiar la dirección efectiva

Comparar la organización formal con órdenes, medios y supervisión reales.

03

Delimitar los efectos pedidos

Valorar la posición laboral y las responsabilidades que corresponda reclamar.

04

Coordinar los procedimientos

Preparar prueba, conciliación o demanda y atender posibles ceses simultáneos.

Dos empresas

Una contrata necesita una organización real

La presencia en las instalaciones de un cliente no basta para calificar el vínculo.

Funciones empresariales

Describe quién selecciona personal, distribuye tareas, concede vacaciones y ejerce el poder disciplinario. Es útil identificar cargos y empresas, no sólo nombres.

Medios y actividad propia

Se revisa si la contratista tiene organización estable y ejerce de verdad sus funciones. La valoración depende de la actividad; no se reduce a quién es dueño de un ordenador.

Hechos

Qué permite explicar la prestación

Conviene aportar ejemplos fechados de la coordinación diaria.

Equipos y cadenas de mando

Organigramas, turnos, correos y reuniones pueden aclarar quién te integra en su estructura. Conserva información a la que tengas acceso legítimo y evita recopilar datos de terceros innecesarios.

Contratas sucesivas

Ordena cambios de adjudicataria, centro y responsables. La continuidad de tareas puede ser relevante, pero no prueba por sí sola cesión ilegal ni subrogación obligatoria.

Reclamación

Qué se puede pedir y cuándo estudiarlo

El artículo 43 del Estatuto regula responsabilidades y efectos laborales de una cesión ilegal.

Posición en las empresas

La ley contempla adquirir la condición de fijo, a elección del trabajador, en cedente o cesionaria. La aplicación y sus límites deben examinarse, especialmente cuando interviene empleo público.

Vigencia y cese

No conviene posponer la consulta hasta que termine la contrata. La situación existente al ejercitar la acción y un despido posterior pueden cambiar las pretensiones y los plazos.

Para aprovechar la consulta

Documentos que ayudan a estudiar el caso

Puedes escribirnos aunque te falte algún documento. Explica qué tienes y qué necesitas aclarar.

  1. 01

    Contratos y nóminas

    Identifican la empleadora formal y los periodos de contratación.

  2. 02

    Comunicaciones de responsables

    Ayudan a situar órdenes, permisos, evaluaciones y cambios de tareas.

  3. 03

    Datos de contrata y centro

    Nombre de las empresas, actividad y fechas permiten reconstruir su intervención.

  4. 04

    Cambios o ceses

    Avisos de fin de servicio, subrogación o despido requieren revisión inmediata.

Un primer paso sencillo

Nos cuentas, lo situamos y decides.

No necesitas conocer el nombre del procedimiento. Explica qué ha pasado, qué te gustaría resolver y si hay alguna fecha próxima.

01

Cuéntanos tu situación

Recibimos tu consulta y comprobamos la disponibilidad de un abogado que pueda estudiar el asunto. Indica también la localidad relacionada con el caso.

02

Conoce al profesional y las condiciones

Antes de contratar se confirma la identidad del abogado, el trabajo incluido, los honorarios y los posibles gastos. Podrás aclarar qué cubre cada fase del encargo. Podrás confirmar su colegiación en el Censo General de Letrados de la Abogacía Española.

03

Decide cómo seguir

El servicio jurídico lo presta bajo su responsabilidad el abogado colegiado que acepte el asunto. Una vez formalizado el encargo, acordaréis la documentación necesaria y el siguiente paso.

Preguntas frecuentes

Preguntas sobre cesión ilegal de trabajadores

Información general para preparar tu consulta. La valoración de tu caso corresponde al abogado que lo estudie.

¿Trabajar en las oficinas del cliente es ilegal?

No. Puede existir una contrata lícita; debe estudiarse la organización real del servicio.

¿Una ETT supone cesión ilegal?

La puesta a disposición mediante ETT está regulada y puede ser lícita. Hay que comprobar su autorización y las condiciones del caso.

¿Puedo reclamar sólo contra mi empleadora formal?

Se debe identificar correctamente a las empresas implicadas y la pretensión antes de decidir contra quién actuar.

¿La subrogación demuestra que hubo cesión?

No necesariamente. Subrogación y cesión ilegal tienen presupuestos y efectos diferentes.

¿Puedo elegir en qué empresa quedarme?

La ley prevé una opción en caso de cesión ilegal, pero su ejercicio y límites necesitan estudio; no se puede prometer integración automática.

¿Qué pasa si termina la contrata?

Hay que revisar de inmediato la situación y cualquier cese, sin suponer que la finalización permite reclamar en cualquier momento.

Empezamos por escucharte

Explícanos qué hace cada empresa en tu trabajo

El portal recibe tu consulta inicial. Confirmaremos si hay un abogado disponible para valorarla. Antes de contratar conocerás al profesional, el alcance y las condiciones del encargo.

WhatsApp 24h · 620 367 008Puedes dejarnos tu mensaje a cualquier hora.

Si prefieres el correo: info@rubenpolabogados.com

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Contar qué duda quieres resolver
  • Indicar si has recibido una comunicación

El servicio jurídico lo presta el abogado colegiado que acepte tu asunto.

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