¿Quieres aclarar tu situación?Empieza contándonos qué ha pasado

Derecho digital · Productos y servicios

Abogados para accesibilidad digital

Primero, qué te corresponde cumplir

La accesibilidad no se resuelve solo añadiendo una herramienta a la web. Conviene saber qué obligaciones afectan a tu producto o servicio y ordenar la adaptación, la documentación y los compromisos con quien lo desarrolla.

Con tus palabras Servicio por abogados colegiados Conoce los honorarios
Ilustración de una persona con una carpeta
Explícalo con tus palabrasNosotros te ayudamos a situar el primer paso.
Información para orientarte antes de contratar

Información para decidir

Cómo puede ayudarte un abogado con la accesibilidad digital

El trabajo jurídico identifica el régimen aplicable y ayuda a documentar decisiones y contratos. La evaluación técnica de la web, aplicación o producto debe realizarla quien tenga competencia para ello; un informe legal no sustituye esa comprobación.

01

Delimitar el servicio

Examinar producto, consumidores, operador y canales digitales.

02

Revisar excepciones

Comprobar alcance y requisitos, sin asumir exención por tamaño.

03

Ordenar actuaciones

Relacionar evaluación técnica, documentación y obligaciones de proveedores.

04

Atender incidencias

Preparar respuesta y seguimiento ante reclamaciones o controles.

Ámbito

No todas las webs ni todos los operadores tienen el mismo régimen

El título I de la Ley 11/2023 se aplica a determinados productos y servicios, entre ellos servicios de comercio electrónico dirigidos a consumidores.

Actividad y función

Hay que identificar qué se comercializa, a quién y si la empresa actúa como fabricante, importador, distribuidor o prestador. Una web informativa no se analiza sin más como una tienda online, y estar fuera de un supuesto concreto no descarta otras normas de accesibilidad o igualdad.

Microempresas y transiciones

La ley prevé una exención para microempresas prestadoras de servicios dentro de su ámbito, que debe comprobarse con sus requisitos. No se traslada igual a quienes operan con productos. También existen reglas transitorias: una fecha antigua o un contrato previo no eximen automáticamente a todo el negocio.

Aplicación

El acuerdo con el proveedor debe permitir comprobar lo entregado

Una declaración comercial de que la solución es accesible necesita concretarse.

Requisitos y evidencia

El encargo puede definir componentes revisados, pruebas, correcciones, información al usuario y documentación. Conviene separar el diagnóstico técnico de las decisiones jurídicas y conservar versiones y resultados, especialmente al modificar compra, identificación o pago.

Excepciones justificadas

La modificación sustancial o la carga desproporcionada no son excusas automáticas por resultar incómoda una adaptación. La ley exige valorar y justificar sus presupuestos con criterios propios. Debe revisarse qué documentación y comunicaciones corresponden, además de mantener la accesibilidad que siga siendo exigible.

Continuidad

Publicar una mejora no cierra para siempre la revisión

Cambios de plataforma, contenidos o procesos pueden introducir nuevas barreras.

Funciones y proveedores

Subcontratar parte del servicio no permite desentenderse de la accesibilidad que corresponda al prestador. El contrato debe fijar responsables de cambios, información, comprobaciones y corrección de incidencias. Un complemento visual no demuestra por sí solo que todos los procesos cumplen.

Quejas y requerimientos

Se identifica qué barrera se comunica, a qué versión afecta y qué obligación resulta aplicable. Una respuesta útil explica hechos y actuaciones comprobables; no basta remitir a una declaración genérica. Si hay procedimiento, se revisan órgano, plazo, prueba y medidas requeridas por separado del trabajo técnico pendiente.

Para aprovechar la consulta

Qué reunir para estudiar tu caso

Puedes escribirnos aunque te falte algún documento. Explica qué tienes y qué necesitas aclarar.

  1. 01

    Producto o servicio

    Descripción, destinatarios, canales y entidades que intervienen.

  2. 02

    Situación de la empresa

    Información necesaria para valorar tamaño y función, sin presumir la exención.

  3. 03

    Evaluaciones

    Informes técnicos, incidencias, versiones y cambios previstos o realizados.

  4. 04

    Contratos y comunicaciones

    Acuerdos con proveedores, información publicada, quejas y requerimientos.

Un primer paso sencillo

Nos cuentas, lo situamos y decides.

No necesitas conocer el nombre del procedimiento. Explica qué ha pasado, qué te gustaría resolver y si hay alguna fecha próxima.

01

Cuéntanos tu situación

Recibimos tu consulta y comprobamos la disponibilidad de un abogado que pueda estudiar el asunto. Indica también la localidad relacionada con el caso.

02

Conoce al profesional y las condiciones

Antes de contratar se confirma la identidad del abogado, el trabajo incluido, los honorarios y los posibles gastos. Podrás aclarar qué cubre cada fase del encargo.

03

Decide cómo seguir

El servicio jurídico lo presta bajo su responsabilidad el abogado colegiado que acepte el asunto. Una vez formalizado el encargo, acordaréis la documentación necesaria y el siguiente paso.

Preguntas frecuentes

Dudas de accesibilidad digital para empresas

Información general para preparar tu consulta. La valoración de tu caso corresponde al abogado que lo estudie.

¿La Ley 11/2023 se aplica a cualquier página web?

No basta con tener una web. Debe analizarse si el producto o servicio está en el ámbito legal y qué papel ocupa la empresa. También pueden existir otras obligaciones, por ejemplo sectoriales o propias del sector público.

¿Una microempresa está siempre exenta?

No debe afirmarse así. La exención del título I para determinadas microempresas prestadoras de servicios tiene un alcance concreto; las reglas relativas a productos no son iguales y hay que comprobar la situación real.

¿Tener una web anterior a 2025 evita adaptarla?

La antigüedad por sí sola no resuelve la cuestión. Deben revisarse el servicio, los contratos, los contenidos excluidos en su caso y las disposiciones transitorias, sin convertirlas en una prórroga general para cualquier web.

¿Cumplo instalando un botón de accesibilidad?

No se puede dar por hecho. La accesibilidad afecta al uso real y a los requisitos aplicables; debe contrastarse técnicamente qué barreras resuelve la herramienta y cuáles permanecen.

¿Puedo alegar que adaptar el servicio cuesta demasiado?

Una carga desproporcionada necesita evaluación y justificación conforme al régimen legal. No basta con rechazar un presupuesto; hay que analizar los criterios, el alcance de la excepción y las obligaciones que siguen vigentes.

¿El abogado certifica que la web es accesible?

La revisión jurídica no sustituye una auditoría técnica ni constituye por sí sola una certificación. El encargo puede coordinar documentos, responsabilidades y respuesta a incidencias con el equipo técnico correspondiente.

Empezamos por escucharte

Cuéntanos qué producto o servicio necesitas revisar

El portal recibe tu consulta inicial. Confirmaremos si hay un abogado disponible para valorarla. Antes de contratar conocerás al profesional, el alcance y las condiciones del encargo.

WhatsApp 24 h · 620 367 008Puedes dejarnos tu mensaje a cualquier hora.

Si prefieres el correo: info@rubenpolabogados.com

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Contar qué duda quieres resolver
  • Indicar si has recibido una comunicación

El servicio jurídico lo presta el abogado colegiado que acepte tu asunto.

WhatsApp 24 h

RUBENPOL Abogados

¿En qué podemos ayudarte?