Identificar la cobertura
Régimen, contingencia y entidad responsable.
Prestaciones · Incapacidad temporal
Aclara quién debe abonar tu prestación de baja
¿Sigues de baja y has dejado de cobrar, ha terminado tu contrato o te piden solicitar pago directo? Un abogado puede revisar el supuesto y ayudarte a dirigirte a la entidad que corresponda.

Empecemos por lo que te preocupa
Información para decidir
Pago directo significa que la prestación se abona por la entidad responsable en los supuestos previstos, en lugar de determinadas formas de pago a través de la empresa. No equivale a reconocer una incapacidad permanente ni sirve por sí solo para impugnar un alta médica.
Régimen, contingencia y entidad responsable.
Extinción, incumplimiento del pago delegado u otro supuesto.
Solicitud, cotización, contrato y soporte del cambio.
Periodos reconocidos, cuantía e incidencias.
Responsabilidad
La cobertura y la situación laboral determinan la entidad y el cauce.
Se comprueba quién cubre la contingencia y quién venía abonando. Un caso del Régimen del Mar o de una mutua puede requerir documentación o canal propio. El formulario del INSS no convierte en suya cualquier obligación.
La nómina puede incluir salario, subsidio y complemento de convenio. Si falta dinero, hay que separar conceptos para no solicitar a la entidad una mejora empresarial que deba reclamarse por otra vía.
Solicitud
La baja médica y la cuenta bancaria no explican por sí solas todo el expediente.
El formulario oficial contempla distintos supuestos, incluido fin de relación e incumplimiento empresarial del pago delegado. Se revisan certificados, fechas y justificantes exigibles; cuando se invoca impago, debe acreditarse conforme al trámite, no sólo marcar una casilla.
Se comprueba el periodo de prestación, base aplicable y coordinación con desempleo u otras situaciones. No debe prometerse conservar exactamente la nómina anterior. También deben comunicarse cambios relevantes y atender los controles médicos que sigan siendo exigibles.
Incidencias
Cada problema necesita una actuación dirigida a su causa.
Se lee si falta un documento, existe discrepancia de entidad, suspensión o rechazo de requisitos. Los efectos del silencio y la reclamación previa se verifican en el procedimiento correspondiente. Repetir una solicitud sin atender la anterior puede no resolver nada.
Si el conflicto es el alta médica, tiene un cauce específico que no se conserva sólo pidiendo pago. El presupuesto aclarará solicitud, seguimiento, reclamación previa y eventual demanda. Presentar por tu cuenta es posible; el asesoramiento resulta útil ante impagos o discrepancias.
Para aprovechar la consulta
Puedes escribirnos aunque te falte algún documento. Explica qué tienes y qué necesitas aclarar.
Datos del proceso y entidad que cubre la contingencia.
Contrato, extinción y certificado empresarial disponible.
Nóminas, transferencias y meses pendientes.
Solicitud, requerimientos y resolución con fechas.
Un primer paso sencillo
No necesitas conocer el nombre del procedimiento. Explica qué ha pasado, qué te gustaría resolver y si hay alguna fecha próxima.
Recibimos tu consulta y comprobamos la disponibilidad de un abogado que pueda estudiar el asunto. Indica también la localidad relacionada con el caso.
Antes de contratar se confirma la identidad del abogado, el trabajo incluido, los honorarios y los posibles gastos. Podrás aclarar qué cubre cada fase del encargo. Podrás confirmar su colegiación en el Censo General de Letrados de la Abogacía Española.
El servicio jurídico lo presta bajo su responsabilidad el abogado colegiado que acepte el asunto. Una vez formalizado el encargo, acordaréis la documentación necesaria y el siguiente paso.
Preguntas frecuentes
Información general para preparar tu consulta. La valoración de tu caso corresponde al abogado que lo estudie.
No. Hay que comprobar entidad responsable, contingencia y régimen.
No debe asumirse. La nómina puede contener complementos u otros conceptos distintos del subsidio.
No son decisiones equivalentes; se analiza continuidad de la situación y forma de pago según el caso.
No sustituye su impugnación. El alta tiene un procedimiento y plazos propios.
Empezamos por escucharte
El portal recibe tu consulta inicial. Confirmaremos si hay un abogado disponible para valorarla. Antes de contratar conocerás al profesional, el alcance y las condiciones del encargo.
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El servicio jurídico lo presta el abogado colegiado que acepte tu asunto.