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Derecho digital · Evaluación de impacto

Abogados para evaluaciones de impacto en protección de datos

Evaluar el tratamiento antes de ponerlo en marcha

Una evaluación de impacto ayuda a decidir si un tratamiento puede realizarse y bajo qué medidas. Si es probable que entrañe alto riesgo para las personas, debe prepararse antes de iniciarlo, con información jurídica, organizativa y técnica del proyecto.

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Información para orientarte antes de contratar

Información para decidir

Cómo acompañar jurídicamente una EIPD

La EIPD estudia un tratamiento definido y sus efectos sobre las personas. El responsable conserva la decisión y sus obligaciones; el asesoramiento jurídico necesita la participación de quienes conocen los sistemas y la operativa.

01

Delimitar el proyecto

Precisar fines, datos, personas y tecnología.

02

Justificar la necesidad

Contrastar el alto riesgo y los criterios aplicables.

03

Evaluar alternativas

Revisar proporcionalidad, escenarios de daño y garantías.

04

Documentar la decisión

Asignar medidas, responsables y revisión posterior.

Inicio

La obligación no depende solo del tamaño de la empresa

Importan la naturaleza, el alcance, el contexto y la finalidad del tratamiento.

Criterios de riesgo

Se estudian perfiles, observación, datos sensibles, colectivos vulnerables y otros factores pertinentes, junto con las listas de la autoridad. No hay que equiparar automáticamente cualquier nueva herramienta con alto riesgo ni descartar la evaluación por ser una pyme.

Tratamientos que cambian

Ampliar finalidades, combinar fuentes o incorporar una tecnología puede exigir revisar el análisis anterior. Si se concluye que no hace falta EIPD, conviene conservar el razonamiento y los hechos que lo sostienen.

Contenido

La evaluación necesita alternativas y medidas concretas

Un catálogo de amenazas informáticas no describe por sí solo el impacto en derechos.

Necesidad y proporcionalidad

Se contrasta si los datos y el método son adecuados para el fin, qué opciones menos intrusivas existen y cómo se ejercen los derechos. Realizar una EIPD no crea una base jurídica que el tratamiento no tenga.

Daños y garantías

Se describen posibles consecuencias para las personas, probabilidad y gravedad, y cómo cambian tras aplicar medidas. Los responsables técnicos deben explicar viabilidad y funcionamiento; el documento jurídico no certifica controles que no se han comprobado.

Resultado

La conclusión debe permitir decidir, corregir y revisar

El informe no equivale a un permiso de la AEPD.

Riesgo residual

Si el tratamiento sigue presentando alto riesgo que no se mitiga suficientemente, se analiza la consulta previa antes de iniciarlo. También puede ser necesario rediseñar o abandonar una parte del proyecto; no hay que convertir una puntuación interna en autorización.

Responsables y actualización

Se recaba el asesoramiento del delegado de protección de datos cuando exista y se documentan medidas y seguimiento. Los cambios del tratamiento o de sus riesgos pueden obligar a revisar la evaluación.

Para aprovechar la consulta

Documentación que conviene reunir

Puedes escribirnos aunque te falte algún documento. Explica qué tienes y qué necesitas aclarar.

  1. 01

    Proyecto

    Descripción de finalidades, alcance y personas afectadas.

  2. 02

    Flujos

    Datos, destinatarios, conservación y accesos previstos.

  3. 03

    Diseño técnico

    Medidas y alternativas explicadas por quienes las implementan.

  4. 04

    Antecedentes

    Evaluaciones, registro de actividades e informes del delegado, si existe.

Un primer paso sencillo

Nos cuentas, lo situamos y decides.

No necesitas conocer el nombre del procedimiento. Explica qué ha pasado, qué te gustaría resolver y si hay alguna fecha próxima.

01

Cuéntanos tu situación

Recibimos tu consulta y comprobamos la disponibilidad de un abogado que pueda estudiar el asunto. Indica también la localidad relacionada con el caso.

02

Conoce al profesional y las condiciones

Antes de contratar se confirma la identidad del abogado, el trabajo incluido, los honorarios y los posibles gastos. Podrás aclarar qué cubre cada fase del encargo.

03

Decide cómo seguir

El servicio jurídico lo presta bajo su responsabilidad el abogado colegiado que acepte el asunto. Una vez formalizado el encargo, acordaréis la documentación necesaria y el siguiente paso.

Preguntas frecuentes

Dudas sobre evaluación de impacto

Información general para preparar tu consulta. La valoración de tu caso corresponde al abogado que lo estudie.

¿Una EIPD sustituye la base jurídica?

No. El tratamiento debe ser lícito y cumplir las demás obligaciones. La evaluación no subsana una finalidad o una recogida de datos injustificadas.

¿La prepara necesariamente el delegado de protección de datos?

La obligación corresponde al responsable, que debe recabar el asesoramiento del delegado cuando lo haya. Pueden participar profesionales de varias disciplinas.

¿Hay que enviar siempre el informe a la AEPD?

No existe una presentación general de todas las EIPD. La consulta previa depende del riesgo residual y de los requisitos del RGPD.

¿Basta con completar una herramienta automática?

Puede ayudar a ordenar información, pero las respuestas, alternativas y medidas necesitan corresponderse con el tratamiento real y quedar justificadas.

Empezamos por escucharte

Cuéntanos qué tratamiento quieres evaluar

El portal recibe tu consulta inicial. Confirmaremos si hay un abogado disponible para valorarla. Antes de contratar conocerás al profesional, el alcance y las condiciones del encargo.

WhatsApp 24 h · 620 367 008Puedes dejarnos tu mensaje a cualquier hora.

Si prefieres el correo: info@rubenpolabogados.com

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Contar qué duda quieres resolver
  • Indicar si has recibido una comunicación

El servicio jurídico lo presta el abogado colegiado que acepte tu asunto.

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