Comparar las exigencias
Relacionar renta, contribuyente, periodo e impuesto en cada país.
Fiscal y aduanero · Servicio
evitar una doble imposición incorrecta
¿Dos países están exigiendo impuestos sobre una misma renta? Comparamos las liquidaciones, la calificación de los ingresos y el convenio para identificar el conflicto y coordinar las vías que pueden corregirlo, sin duplicar reclamaciones incompatibles.

Empecemos por lo que te preocupa
Información para decidir
La defensa necesita mirar las dos tributaciones, no recurrir cada una como si la otra no existiera.
Relacionar renta, contribuyente, periodo e impuesto en cada país.
Revisar potestades tributarias y método de eliminación previsto.
Valorar corrección interna, recurso o procedimiento amistoso aplicable.
Controlar plazos, documentación, cobro y ejecución del resultado.
EL PROBLEMA
Dos pagos no significan siempre que uno sea íntegramente indebido.
Se identifica si ambos Estados gravan la misma renta de una persona o si el ajuste afecta a entidades vinculadas. La naturaleza del conflicto condiciona el convenio y los mecanismos disponibles; no todos los supuestos siguen el mismo camino.
A veces el desacuerdo está en residencia, fuente, establecimiento permanente o clase de rendimiento. Para resolverlo hay que conocer el hecho económico y la motivación de ambas Administraciones, no solo sumar las cuotas pagadas.
LAS OPCIONES
La vía debe responder a la causa concreta.
Según el convenio y la norma aplicable, puede corresponder revisar una retención, reconocer un método de eliminación o ajustar una liquidación. El impuesto extranjero debe acreditarse correctamente; no todo pago fuera permite deducir cualquier importe en España.
En los supuestos previstos, puede solicitarse la intervención de las autoridades competentes para resolver una tributación contraria al convenio. El régimen concreto determina requisitos, desarrollo y posibles mecanismos adicionales; no todos los procedimientos aseguran el mismo resultado ni duración.
LA ESTRATEGIA
El expediente internacional no debe hacer perder de vista los actos nacionales.
Pedir un procedimiento amistoso no permite asumir que todos los plazos de recurso o el cobro quedan suspendidos. Se revisa la coordinación legal entre procedimientos y las solicitudes de suspensión que correspondan.
Una eventual solución debe trasladarse a las liquidaciones afectadas en los términos aplicables. También se comprueba qué aceptación o efectos sobre recursos puede exigir, para decidir con conocimiento del conjunto y no de una sola devolución.
Para aprovechar la consulta
Puedes escribirnos aunque te falte algún documento. Explica qué tienes y qué necesitas aclarar.
Liquidaciones, notificaciones y traducciones cuando sean necesarias.
Contratos, pagos y documentos de la operación.
Declaraciones y certificados del impuesto extranjero.
Escritos presentados, fechas y certificados fiscales pertinentes.
Un primer paso sencillo
No necesitas conocer el nombre del procedimiento. Explica qué ha pasado, qué te gustaría resolver y si hay alguna fecha próxima.
Recibimos tu consulta y comprobamos la disponibilidad de un abogado que pueda estudiar el asunto. Indica también la localidad relacionada con el caso.
Antes de contratar se confirma la identidad del abogado, el trabajo incluido, los honorarios y los posibles gastos. Podrás aclarar qué cubre cada fase del encargo. Podrás confirmar su colegiación en el Censo General de Letrados de la Abogacía Española.
El servicio jurídico lo presta bajo su responsabilidad el abogado colegiado que acepte el asunto. Una vez formalizado el encargo, acordaréis la documentación necesaria y el siguiente paso.
Preguntas frecuentes
Información general para preparar tu consulta. La valoración de tu caso corresponde al abogado que lo estudie.
No por sí solo. Hay que comparar renta, impuestos y el mecanismo que prevé el convenio.
No. Es un mecanismo específico entre autoridades competentes, con requisitos y coordinación propios.
No debe asumirse. Los recursos, la suspensión del cobro y el procedimiento amistoso requieren una revisión coordinada.
No. El resultado depende de las reglas aplicables, la prueba y la solución admisible para el conflicto concreto.
Empezamos por escucharte
El portal recibe tu consulta inicial. Confirmaremos si hay un abogado disponible para valorarla. Antes de contratar conocerás al profesional, el alcance y las condiciones del encargo.
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