Identificar el acto
Distinguir notificación catastral, padrón y recibo municipal.
Fiscal y aduanero · Servicio
tu valor catastral y el IBI
¿El valor catastral o el recibo de IBI de tu inmueble parece incorrecto? Primero hay que localizar el error: datos y valoración del Catastro, o cálculo y gestión del impuesto municipal. Cada parte puede exigir una actuación diferente.

Empecemos por lo que te preocupa
Información para decidir
Se estudian de forma coordinada la valoración catastral y el impuesto, sin confundirlos con una disputa sobre linderos o propiedad.
Distinguir notificación catastral, padrón y recibo municipal.
Comparar superficie, uso, antigüedad y cálculo tributario.
Valorar planos, certificados e informe pericial cuando sea útil.
Revisar órgano competente, efectos y recibos afectados.
LA VALORACIÓN
Un importe elevado no demuestra por sí solo un error.
Se contrastan los datos del inmueble con los utilizados para valorar suelo y construcción. Superficie, uso, antigüedad o circunstancias urbanísticas pueden requerir documentación técnica; también debe examinarse la motivación del acto recibido.
No son la misma magnitud ni cumplen idéntica función. Un desacuerdo con el valor de referencia utilizado en otro impuesto no se transforma automáticamente en un recurso contra el IBI. Identificar el valor cuestionado evita actuar sobre el expediente equivocado.
EL IMPUESTO
El recibo añade elementos distintos de la valoración catastral.
Se comprueban base, tipo, exenciones o bonificaciones y los requisitos de la ordenanza aplicable. Si el desacuerdo se encuentra aquí, reclamar solo ante Catastro puede dejar sin respuesta el acto tributario municipal.
La titularidad y el devengo deben relacionarse con el periodo exigido. La fecha de una compraventa y los pactos privados entre comprador y vendedor no permiten concluir por sí solos que el ayuntamiento cobró a la persona equivocada.
LOS EFECTOS
Una resolución favorable debe analizarse también por sus consecuencias.
La gestión catastral y la tributaria tienen cauces distintos, aunque deban coordinarse. Se revisan los órganos que han dictado cada acto y los recursos disponibles, atendiendo también a especialidades territoriales aplicables.
Cambiar un dato o una valoración no garantiza la devolución de todos los recibos pasados. Importan la fecha de efectos, el procedimiento utilizado, la firmeza y la prescripción; debe comprobarse cada periodo antes de cuantificar una recuperación.
Para aprovechar la consulta
Puedes escribirnos aunque te falte algún documento. Explica qué tienes y qué necesitas aclarar.
Acto de valoración, modificación y acreditación de su fecha.
Ejercicios discutidos y justificantes de pago.
Escritura, planos, certificados o informe técnico pertinente.
Solicitudes de bonificación y reclamaciones previas.
Un primer paso sencillo
No necesitas conocer el nombre del procedimiento. Explica qué ha pasado, qué te gustaría resolver y si hay alguna fecha próxima.
Recibimos tu consulta y comprobamos la disponibilidad de un abogado que pueda estudiar el asunto. Indica también la localidad relacionada con el caso.
Antes de contratar se confirma la identidad del abogado, el trabajo incluido, los honorarios y los posibles gastos. Podrás aclarar qué cubre cada fase del encargo. Podrás confirmar su colegiación en el Censo General de Letrados de la Abogacía Española.
El servicio jurídico lo presta bajo su responsabilidad el abogado colegiado que acepte el asunto. Una vez formalizado el encargo, acordaréis la documentación necesaria y el siguiente paso.
Preguntas frecuentes
Información general para preparar tu consulta. La valoración de tu caso corresponde al abogado que lo estudie.
Depende de si se discute la valoración o la gestión del impuesto. A veces hay que coordinar actuaciones ante ambos.
No. Es importante identificar cuál se ha empleado en el impuesto que te preocupa.
No necesariamente. Debe relacionarse con las reglas de valoración y el motivo concreto de impugnación.
No de forma automática. Hay que estudiar efectos temporales y situación de cada recibo.
Empezamos por escucharte
El portal recibe tu consulta inicial. Confirmaremos si hay un abogado disponible para valorarla. Antes de contratar conocerás al profesional, el alcance y las condiciones del encargo.
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El servicio jurídico lo presta el abogado colegiado que acepte tu asunto.