Leer los motivos
Identificar si se cuestiona realidad, conexión, registro o ejercicio.
Fiscal y aduanero · Servicio
los gastos de tu actividad
¿Hacienda ha quitado gastos de tu actividad y ahora te pide más IRPF? Revisamos el motivo de cada ajuste y qué documentos pueden acreditar su relación con el trabajo, su importe y el ejercicio en el que se declaró.

Empecemos por lo que te preocupa
Información para decidir
El análisis se centra en gastos de actividades económicas en IRPF, no en una revisión genérica de toda la renta ni en las cuotas de IVA.
Identificar si se cuestiona realidad, conexión, registro o ejercicio.
Relacionar el gasto con servicios, clientes o medios de trabajo.
Construir una relación entre factura, operación y pago.
Explicar los ajustes discutidos y revisar por separado cualquier sanción.
LA ACTIVIDAD
La descripción genérica de una factura puede no explicar su función.
Se documenta qué necesidad de la actividad cubría el gasto: material, asesoramiento, desplazamiento o herramienta, por ejemplo. La explicación gana utilidad cuando se vincula con encargos y operaciones concretos, no solo con la afirmación de que todo era necesario.
Los gastos compartidos con la vida privada pueden tener reglas o limitaciones específicas. No existe un porcentaje universal que permita deducir cualquier vivienda, vehículo o suministro por el simple hecho de trabajar como autónomo.
LA PRUEBA
El expediente debe reflejar operaciones reales y registradas.
Factura, contrato, entrega y pago deben ser compatibles entre sí. Un justificante bancario acredita una salida de dinero, pero puede no explicar por sí solo qué se compró ni su tratamiento como gasto fiscal.
Se revisan el método de determinación del rendimiento y las reglas del ejercicio afectado. Un gasto real puede requerir un tratamiento temporal o una amortización distinta de la aplicada, sin que toda corrección tenga la misma defensa.
LA REGULARIZACIÓN
La respuesta debe diferenciar gastos defendibles, errores y cuestiones jurídicas discutibles.
Si todavía hay trámite de alegaciones, se ordena la prueba antes de la resolución. Si existe liquidación, se valora el recurso procedente y su alcance; no basta con volver a presentar la misma carpeta sin explicar los motivos de rechazo.
Aunque la misma factura afecte a ambos impuestos, sus reglas no son intercambiables. También se examina de forma separada la motivación de una eventual sanción, sin equiparar una discrepancia de deducibilidad con una infracción automática.
Para aprovechar la consulta
Puedes escribirnos aunque te falte algún documento. Explica qué tienes y qué necesitas aclarar.
Incluidos anexos de gastos eliminados.
IRPF del ejercicio y libros correspondientes a la actividad.
Documentos auténticos relacionados entre sí.
Encargos, agendas de trabajo, entregas o contratos pertinentes.
Un primer paso sencillo
No necesitas conocer el nombre del procedimiento. Explica qué ha pasado, qué te gustaría resolver y si hay alguna fecha próxima.
Recibimos tu consulta y comprobamos la disponibilidad de un abogado que pueda estudiar el asunto. Indica también la localidad relacionada con el caso.
Antes de contratar se confirma la identidad del abogado, el trabajo incluido, los honorarios y los posibles gastos. Podrás aclarar qué cubre cada fase del encargo. Podrás confirmar su colegiación en el Censo General de Letrados de la Abogacía Española.
El servicio jurídico lo presta bajo su responsabilidad el abogado colegiado que acepte el asunto. Una vez formalizado el encargo, acordaréis la documentación necesaria y el siguiente paso.
Preguntas frecuentes
Información general para preparar tu consulta. La valoración de tu caso corresponde al abogado que lo estudie.
No. Deben cumplirse las reglas de tu actividad, método de cálculo y tipo de gasto.
Demuestra un pago, pero normalmente hay que acreditar también concepto, realidad y relación con la actividad.
Sí. El encargo puede delimitarse al ajuste notificado, coordinándolo con otras comprobaciones si las hay.
No necesariamente; cada impuesto tiene requisitos propios.
Empezamos por escucharte
El portal recibe tu consulta inicial. Confirmaremos si hay un abogado disponible para valorarla. Antes de contratar conocerás al profesional, el alcance y las condiciones del encargo.
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El servicio jurídico lo presta el abogado colegiado que acepte tu asunto.