Definir fines y ámbito
Se comprueba el interés general perseguido y dónde se desarrollará la actividad.
Sociedades, entidades y cumplimiento · Asistencia jurídica
Fines claros y patrimonio bien gestionado
Crear una fundación exige vincular un patrimonio a fines de interés general y organizar su gobierno. El asesoramiento jurídico ayuda a preparar la constitución y a revisar las decisiones del patronato durante su funcionamiento.

Empecemos por lo que te preocupa
Información para decidir
Primero se determina la competencia estatal o autonómica y si existe un régimen especial; no todas las fundaciones se tramitan igual.
Se comprueba el interés general perseguido y dónde se desarrollará la actividad.
Dotación, viabilidad y titularidad del patrimonio deben quedar acreditadas.
Estatutos, patronato y aceptación de cargos se coordinan con las obligaciones aplicables.
Se revisan acuerdos, relaciones con el protectorado y operaciones patrimoniales.
Proyecto
Los bienes se destinan a los fines fundacionales, no a una cuenta privada disponible.
Conviene definir con precisión la actividad de interés general y sus destinatarios, respetando las limitaciones legales. No basta con una finalidad genérica para justificar cualquier operación posterior.
La suficiencia y realidad de la dotación deben justificarse conforme al régimen aplicable. El plan de actividad permite valorar si los recursos sostienen el proyecto, sin prometer aprobación por aportar una cifra.
Responsabilidad
Aceptar un cargo implica deberes que no desaparecen por el carácter no lucrativo de la entidad.
Estatutos, delegaciones, cuentas y planes se organizan para cumplir las obligaciones de gobierno y rendición que correspondan.
Contratar con patronos, fundadores o personas relacionadas requiere analizar conflictos de interés y controles específicos. El interés fundacional debe guiar la decisión.
Protectorado
La naturaleza del activo y su vinculación a los fines determinan los controles.
En el régimen estatal, la disposición o gravamen de bienes de la dotación o directamente vinculados a los fines requiere autorización previa del protectorado. Deben verificarse también las normas autonómicas aplicables.
Determinadas operaciones están sujetas a comunicación u otros requisitos. Conviene preparar valoración, justificación y destino de los recursos antes de comprometer la firma.
Para aprovechar la consulta
Puedes escribirnos aunque te falte algún documento. Explica qué tienes y qué necesitas aclarar.
Proyecto, beneficiarios y ámbito de actividad.
Dotación, bienes y documentación de titularidad.
Estatutos, patronato y acuerdos existentes.
Contrato propuesto y comunicaciones del protectorado.
Un primer paso sencillo
No necesitas conocer el nombre del procedimiento. Explica qué ha pasado, qué te gustaría resolver y si hay alguna fecha próxima.
Recibimos tu consulta y comprobamos la disponibilidad de un abogado que pueda estudiar el asunto. Indica también la localidad relacionada con el caso.
Antes de contratar se confirma la identidad del abogado, el trabajo incluido, los honorarios y los posibles gastos. Podrás aclarar qué cubre cada fase del encargo. Podrás confirmar su colegiación en el Censo General de Letrados de la Abogacía Española.
El servicio jurídico lo presta bajo su responsabilidad el abogado colegiado que acepte el asunto. Una vez formalizado el encargo, acordaréis la documentación necesaria y el siguiente paso.
Preguntas frecuentes
Información general para preparar tu consulta. La valoración de tu caso corresponde al abogado que lo estudie.
No. Su estructura se basa en un patrimonio afectado a fines de interés general y en un órgano de gobierno, no en una base de asociados equivalente.
No. La aportación queda sujeta al régimen y fines fundacionales; no debe tratarse como dinero personal que pueda retirarse a voluntad.
No. Importan la naturaleza del bien, su vinculación, la operación y la legislación competente. Se distingue autorización previa de otros deberes de comunicación.
No. El régimen fiscal exige requisitos propios y debe comprobarse separadamente de la constitución y la inscripción.
Empezamos por escucharte
El portal recibe tu consulta inicial. Confirmaremos si hay un abogado disponible para valorarla. Antes de contratar conocerás al profesional, el alcance y las condiciones del encargo.
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