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Derecho civil · Sentencias civiles extranjeras

Ejecutar una sentencia civil extranjera en España

Elegir el procedimiento según el país y la resolución.

Una sentencia extranjera no se tramita siempre igual en España. Para reclamar su cumplimiento hay que comprobar país, materia, fechas y fuerza ejecutiva, además de localizar al obligado o sus bienes.

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Información para decidir

Cómo puede ayudarte un abogado en España

La revisión se centra en decisiones civiles patrimoniales entre particulares. Divorcio, alimentos, sucesiones y controversias empresariales pueden tener marcos específicos que deben analizarse aparte.

01

Determinar el régimen

Comprobar origen, materia y fechas relevantes.

02

Revisar la resolución

Identificar obligación, ejecutividad y notificación al demandado.

03

Preparar documentos

Solicitar copias y certificados adecuados, con traducción cuando proceda.

04

Plantear el cumplimiento

Valorar reconocimiento, ejecución y medidas sobre bienes dentro del cauce aplicable.

Marco aplicable

No todas las sentencias necesitan el mismo exequátur

La normativa europea y los convenios aplicables tienen prioridad en su ámbito. La Ley de cooperación jurídica internacional cumple una función subsidiaria cuando corresponda.

Resoluciones europeas

En los supuestos cubiertos por el Reglamento 1215/2012, una resolución con fuerza ejecutiva puede ejecutarse sin una declaración previa de ejecutividad. Deben verificarse ámbito, fechas y documentos; no basta que el país esté en Europa.

Otros regímenes

Un convenio o la ley española pueden exigir reconocimiento mediante exequátur. Es necesario comprobar la norma aplicable antes de encargar legalizaciones o utilizar un procedimiento incorrecto.

Preparación

Qué debe acreditar la documentación del tribunal de origen

La copia de una sentencia enviada por correo puede no ser suficiente para iniciar el trámite. Conviene pedir la documentación precisa según el régimen, evitando gastos innecesarios.

Autenticidad y fuerza ejecutiva

Pueden necesitarse copia auténtica, certificados y acreditación de firmeza o ejecutividad según corresponda. Son conceptos diferentes y no deben presumirse por la fecha de la resolución.

Notificación y traducción

La notificación al demandado es relevante, especialmente si no compareció. La traducción y la eventual legalización se revisan conforme al instrumento aplicable; no se exigen siempre de la misma forma.

Límites

Reconocer la decisión no equivale a garantizar el cobro

El procedimiento no permite volver a juzgar libremente el fondo del litigio extranjero. Existen motivos de denegación y reglas de ejecución que deben explicarse a ambas partes.

Posible oposición

Derechos de defensa, incompatibilidad de resoluciones u otros motivos pueden ser relevantes según el régimen. No cualquier desacuerdo con el resultado justifica negar reconocimiento.

Bienes y cantidades

Una vez disponible el título adecuado, se estudian cantidades, pagos previos y medidas patrimoniales en España. Si no hay bienes embargables, una resolución reconocida puede seguir siendo difícil de cobrar.

Para aprovechar la consulta

Qué reunir antes de iniciar el trámite

Puedes escribirnos aunque te falte algún documento. Explica qué tienes y qué necesitas aclarar.

  1. 01

    Sentencia completa

    Identifica país, órgano, fecha y obligación.

  2. 02

    Certificados del tribunal

    Firmeza o fuerza ejecutiva y formularios que correspondan.

  3. 03

    Notificaciones y comparecencia

    Documentación sobre la defensa de la otra parte.

  4. 04

    Pagos y localización

    Cantidades recibidas y datos lícitos del obligado o de bienes en España.

Un primer paso sencillo

Nos cuentas, lo situamos y decides.

No necesitas conocer el nombre del procedimiento. Explica qué ha pasado, qué te gustaría resolver y si hay alguna fecha próxima.

01

Cuéntanos tu situación

Recibimos tu consulta y comprobamos la disponibilidad de un abogado que pueda estudiar el asunto. Indica también la localidad relacionada con el caso.

02

Conoce al profesional y las condiciones

Antes de contratar se confirma la identidad del abogado, el trabajo incluido, los honorarios y los posibles gastos. Podrás aclarar qué cubre cada fase del encargo. Podrás confirmar su colegiación en el Censo General de Letrados de la Abogacía Española.

03

Decide cómo seguir

El servicio jurídico lo presta bajo su responsabilidad el abogado colegiado que acepte el asunto. Una vez formalizado el encargo, acordaréis la documentación necesaria y el siguiente paso.

Preguntas frecuentes

Preguntas sobre sentencias civiles extranjeras

Información general para preparar tu consulta. La valoración de tu caso corresponde al abogado que lo estudie.

¿Todas las sentencias extranjeras necesitan exequátur?

No. Algunos regímenes europeos permiten ejecución sin declaración previa de ejecutividad. Hay que comprobar materia, país, fechas y requisitos.

¿Basta traducir la sentencia?

No necesariamente. Pueden exigirse copias, certificados y otros documentos; la traducción es solo una parte de la preparación cuando procede.

¿El tribunal español repite el juicio?

No es una nueva revisión libre del fondo. El reconocimiento y la ejecución tienen controles y motivos de oposición delimitados por su régimen.

¿Se aplica igual a divorcios y pensiones de alimentos?

No. Esas materias cuentan con reglas específicas y quedan fuera del alcance patrimonial entre particulares de esta página.

Empezamos por escucharte

Cuéntanos de qué país procede la sentencia y qué ordena

El portal recibe tu consulta inicial. Confirmaremos si hay un abogado disponible para valorarla. Antes de contratar conocerás al profesional, el alcance y las condiciones del encargo.

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  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Contar qué duda quieres resolver
  • Indicar si has recibido una comunicación

El servicio jurídico lo presta el abogado colegiado que acepte tu asunto.

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