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Familia · Medidas judiciales de apoyo

Abogados para medidas judiciales de apoyoApoyar las decisiones, respetando a la persona.

Necesitar ayuda para comprender una operación o gestionar ciertos asuntos no significa perder todos los derechos. Las medidas de apoyo deben ajustarse a necesidades concretas y respetar la voluntad, deseos y preferencias de la persona. Antes de pedir una medida judicial se revisan sus previsiones y los apoyos que ya funcionan.

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Información para orientarte antes de contratar

Información para decidir

Cómo se prepara una propuesta de apoyo

La asistencia jurídica debe facilitar la participación de la persona. El objetivo del encargo es valorar un apoyo necesario y proporcionado, no sustituir todas sus decisiones.

01

Escuchar y concretar

Identificar preferencias, decisiones pendientes y ajustes de comunicación necesarios.

02

Revisar apoyos existentes

Examinar poderes, medidas voluntarias, guarda de hecho y resoluciones anteriores.

03

Preparar la prueba

Relacionar documentación social y sanitaria con las funciones de apoyo propuestas.

04

Delimitar y revisar

Plantear alcance, personas idóneas, controles y revisión de las medidas solicitadas.

Persona

Qué debe explicar una solicitud

Un porcentaje administrativo de discapacidad no define por sí solo el apoyo civil necesario.

Actos concretos

Importa explicar en qué decisiones se necesita ayuda, qué puede hacer la persona por sí misma y qué ajustes permiten su participación. La resolución no puede consistir en una privación genérica de derechos.

Asistencia y representación

La representación es excepcional y exige justificar los actos en que resulte imprescindible. La curatela no convierte automáticamente al curador en sustituto para cualquier asunto personal o económico.

Apoyos existentes

La vía judicial se valora después de revisar lo que ya funciona

Las medidas voluntarias tienen un papel preferente en el sistema de apoyos.

Poderes y previsiones

Debe comprobarse qué decidió la persona, si el instrumento está vigente y si cubre la necesidad actual. Un poder preventivo no debe ignorarse al proponer una medida judicial.

Guarda de hecho

La ayuda informal puede ser suficiente en determinadas circunstancias. La necesidad de una autorización concreta no implica siempre establecer una curatela amplia y permanente.

Tramitación

Participación, documentación y revisión

La LJV regula el expediente de provisión de medidas estables.

Solicitud y comparecencia

Se acompañan documentos sobre la necesidad de apoyo y el dictamen social y sanitario previsto legalmente. La persona debe poder comprender el expediente, participar y ser escuchada con las adaptaciones necesarias.

Oposición y revisión

La oposición a las medidas puede cerrar el expediente voluntario y dar paso al proceso contencioso. Las medidas se revisan periódicamente y ante cambios; no deben presentarse como una decisión inmutable.

Para aprovechar la consulta

Documentos para valorar el apoyo necesario

Puedes escribirnos aunque te falte algún documento. Explica qué tienes y qué necesitas aclarar.

  1. 01

    Previsiones de la persona

    Poderes, escrituras de apoyo y propuestas de personas de confianza.

  2. 02

    Necesidades acreditadas

    Informes sociales y sanitarios pertinentes para las decisiones afectadas.

  3. 03

    Apoyos actuales

    Descripción de ayuda familiar o profesional y de lo que funciona o resulta insuficiente.

  4. 04

    Actos y resoluciones

    Operaciones pendientes y medidas judiciales existentes, si las hay.

Un primer paso sencillo

Nos cuentas, lo situamos y decides.

No necesitas conocer el nombre del procedimiento. Explica qué ha pasado, qué te gustaría resolver y si hay alguna fecha próxima.

01

Cuéntanos tu situación

Recibimos tu consulta y comprobamos la disponibilidad de un abogado que pueda estudiar el asunto. Indica también la localidad relacionada con el caso.

02

Conoce al profesional y las condiciones

Antes de contratar se confirma la identidad del abogado, el trabajo incluido, los honorarios y los posibles gastos. Podrás aclarar qué cubre cada fase del encargo. Podrás confirmar su colegiación en el Censo General de Letrados de la Abogacía Española.

03

Decide cómo seguir

El servicio jurídico lo presta bajo su responsabilidad el abogado colegiado que acepte el asunto. Una vez formalizado el encargo, acordaréis la documentación necesaria y el siguiente paso.

Preguntas frecuentes

Preguntas sobre apoyos judiciales

Información general para preparar tu consulta. La valoración de tu caso corresponde al abogado que lo estudie.

¿Se trata de incapacitar a la persona?

El sistema civil vigente se centra en apoyos para ejercer la capacidad jurídica. La resolución debe respetar derechos y delimitar la asistencia necesaria, con representación solo en supuestos excepcionales.

¿Puede solicitarlo cualquier familiar?

La LJV identifica a las personas legitimadas, incluida la propia persona y determinados familiares. Otras personas pueden poner los hechos en conocimiento del Ministerio Fiscal.

¿Hay que negociar antes de pedir apoyos judiciales?

La LO 1/2025 exceptúa estos procesos del requisito de negociación previa. La participación de la persona y la justificación de las medidas siguen siendo necesarias.

¿Cada cuánto se revisan?

Bajo el Código Civil común, el plazo ordinario máximo es de tres años y puede ampliarse excepcionalmente, de forma motivada, hasta seis. También procede revisar ante cambios que lo requieran.

Empezamos por escucharte

Explícanos qué decisiones necesitan apoyo

El portal recibe tu consulta inicial. Confirmaremos si hay un abogado disponible para valorarla. Antes de contratar conocerás al profesional, el alcance y las condiciones del encargo.

WhatsApp 24h · 620 367 008Puedes dejarnos tu mensaje a cualquier hora.

Si prefieres el correo: info@rubenpolabogados.com

Para empezar, basta con:
  • Explicar brevemente qué ha ocurrido
  • Contar qué duda quieres resolver
  • Indicar si has recibido una comunicación

El servicio jurídico lo presta el abogado colegiado que acepte tu asunto.

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