Derecho laboral

Abogados de despido improcedente

Si crees que tu despido no está justificado, un abogado laboralista puede revisar la carta y las pruebas, explicarte qué se puede reclamar y comprobar el plazo para actuar.

✓ Explicaciones claras✓ Revisión del caso✓ Abogado colegiado responsable

Cuando necesitas orientación

Cuando el despido necesita una revisión

No basta con que la empresa use una palabra concreta. El contenido de la carta y los hechos del caso determinan el análisis.

Carta

No entiendes el motivo

Te ayudamos a leer qué hechos y normas menciona la empresa y qué información conviene ordenar.

Fechas

Te preocupa el plazo

La fecha de entrega, la de efectos y los documentos posteriores son esenciales para clasificar la consulta.

Respuesta

Quieres reclamar

El abogado estudia la situación y te explica si procede una actuación, una negociación o una defensa.

Un camino sencillo

Del despido a una decisión informada

La rapidez ayuda, pero la decisión debe apoyarse en la carta, los documentos laborales y los hechos reales.

Para preparar la primera conversación

  • Carta de despido y fecha de entrega
  • Contrato y última nómina
  • Antigüedad y puesto
  • Provincia y medio de contacto
01

Nos cuentas cómo fue

Indica qué te entregaron, cuándo y si hubo comunicaciones previas.

02

Ordenamos la relación laboral

Revisamos puesto, antigüedad, salario y circunstancias que tengan relación con la decisión.

03

Analizamos la carta

El profesional comprueba forma, motivo y procedimiento según el caso.

04

Te explicamos las opciones

Conocerás el alcance del encargo, los pasos y los costes antes de aceptarlo.

Entender qué puedes reclamar

Qué puedes reclamar

No basta con que el despido te parezca injusto. Hay que revisar su causa, cómo se comunicó y las circunstancias protegidas que puedan existir, porque la calificación cambia lo que puedes pedir.

La causa y la forma importan

La carta permite identificar qué hechos o causas alega la empresa. El abogado contrasta esa explicación con las pruebas y comprueba los requisitos formales aplicables: no se revisa igual un despido disciplinario que uno por causas objetivas.

La falta de acreditación de la causa o determinados incumplimientos formales pueden llevar a la improcedencia. No cualquier error produce el mismo efecto: hay que examinar el tipo de despido y las reglas concretas.

Improcedente no es lo mismo que nulo

Si el despido es discriminatorio, vulnera derechos fundamentales o entra en alguno de los supuestos de protección previstos legalmente, puede discutirse su nulidad. Esta vía no equivale a reclamar una indemnización por improcedencia.

La nulidad comporta, como regla, readmisión y salarios dejados de percibir. Por eso interesa explicar desde el principio si hay embarazo, permisos, actividad sindical, una reclamación previa u otra circunstancia relevante, sin dar por hecho que cualquiera de ellas resuelva el caso automáticamente.

Readmisión, indemnización y cantidades pendientes

Declarada la improcedencia, la ley regula la opción entre readmisión e indemnización. Con carácter general corresponde a la empresa, con reglas específicas para representantes legales de las personas trabajadoras y delegados sindicales, entre otros supuestos que deben comprobarse.

Para valorar la indemnización se revisan salario, antigüedad y régimen aplicable. El finiquito y los salarios pendientes son conceptos distintos: cobrar una cantidad no sustituye el análisis de qué se ha pagado y qué alcance tiene el documento firmado.

Fuentes oficiales: Estatuto de los Trabajadores: artículos 53, 55 y 56 y Ley reguladora de la jurisdicción social: reclamación por despido.

Dudas frecuentes

Lo importante, explicado sin rodeos.

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un despido?

La acción para impugnar el despido está sujeta, con carácter general, a un plazo de veinte días hábiles desde que se produce. Deben comprobarse la fecha de efectos, los días que cuentan y los trámites aplicables. La presentación de la papeleta de conciliación puede suspender el cómputo en los términos legales; conversar con la empresa o escribir al portal no lo detiene por sí solo. Conviene revisar la carta cuanto antes.

¿Qué pasa si no firmé la carta?

La firma, la entrega y la forma en que se comunicó son datos que deben estudiarse junto con el documento.

¿Puedo negociar con la empresa?

Puede valorarse un acuerdo, pero hay que comprobar qué cantidad se ofrece, qué conceptos incluye y a qué se renuncia. Negociar no significa que el plazo para impugnar quede detenido. Antes de aceptar, revisa con el abogado el documento y cómo debe formalizarse.

¿Qué doy al contactar?

La carta, la fecha, el puesto y la antigüedad permiten una primera clasificación.

Siguiente paso

Cuéntanos qué está pasando y vemos por dónde empezar.

Escríbenos cuando te venga bien. Recogeremos los datos básicos para entender el asunto y, si encaja, te pondremos en contacto con el abogado colegiado que pueda asumirlo.

WhatsApp 24h: puedes dejarnos tu mensaje a cualquier hora. El servicio jurídico lo presta el profesional colegiado responsable del encargo.
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